Marco legal BEITECH
Términos y condiciones
Consulta el texto integral que regula el uso de los productos, dispositivos, aplicaciones, plataformas y servicios de BEITECH.
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CAPÍTULO I
TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE USO
PRIMERA. OBJETO
Los presentes Términos y Condiciones Generales de Uso (en adelante, los "Términos y Condiciones") regulan el acceso, navegación, registro, adquisición, descarga, instalación y utilización de los productos, dispositivos electrónicos, aplicaciones móviles, plataformas digitales, software, firmware, algoritmos, servicios tecnológicos, sitio web, tienda en línea y cualquier otro servicio ofrecido por GROUP BEITECH INTELLIGENCE INTERNATIONAL, S. A. S. DE C.V. (en adelante "BEITECH") , así como los derechos y obligaciones que derivan de la relación jurídica entre BEITECH y los usuarios. La utilización de cualquiera de los servicios ofrecidos por BEITECH implica que el usuario ha leído, comprendido y aceptado íntegramente los presentes Términos y Condiciones, el Aviso de Privacidad, la Política de Cookies y las demás políticas corporativas que formen parte del ecosistema jurídico de la empresa.
SEGUNDA. IDENTIFICACIÓN DEL PRESTADOR DEL
SERVICIO
Pa ra efectos de los presentes Términos y Condiciones, el proveedor del servicio será:
GROUP BEITECH INTELLIGENCE INTERNATIONAL, S. A. S. DE C.V.
• RFC: GBI250806BFA
• Domicilio Fiscal: Ixcateopan 164, Letran Valle, Benito Juárez, 03650 Ciudad de México, C DMX • Correo electrónico oficial: info@beitech.com.mx • Página web oficial: www.beitech.com.mx • Número telefónico: (56) 39264516 • Representante legal: Lic. Heriberto Ríos Colín Toda comunicación oficial únicamente tendrá validez cuando sea emitida por lo s medios de contacto autorizados por BEITECH.
TERCERA. DEFINICIONES
Para efectos de interpretación de los presentes Términos y Condiciones, los términos siguientes tendrán el significado que se les atribuye: Aplicación: Software desarrollado por BEITECH p ara dispositivos móviles o plataformas digitales. Algoritmo: Conjunto de instrucciones matemáticas y lógicas desarrolladas por BEITECH para el procesamiento, interpretación y análisis automatizado de datos. API: Interfaces de programación desarrolladas por BEITECH que permiten la interoperabilidad entre sistemas autorizados.
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Cuenta: Perfil electrónico creado por el usuario para acceder a los servicios. Datos Biométricos: Información fisiológica o biológica obtenida mediante dispositivos electrónicos, incluy endo frecuencia cardiaca, actividad física, sueño y demás métricas recopiladas por los dispositivos BEITECH. Dispositivo: Equipo electrónico desarrollado o comercializado por BEITECH. Firmware: Código de programación incorporado permanentemente en los disp ositivos electrónico s que permite su funcionamiento. Software: S istema formal de un sistema informático, que comprende el conjunto de los componentes lógicos necesarios que hace posible la realización de tareas específicas, en contraposición a los componen tes fí sicos que son llamados hardware, es decir, es el conjunto de instrucciones que le dicen a una computadora, aplicación basada en la web u otros dispositivos qué hacer. Malware: Es un programa informático (software, en inglés) cuya principal caracterís tica es que se ejecuta sin el conocimiento ni autorización del propietario o usuario del equipo infectado y realiza funciones en el sistema que son perjudiciales para el usuario y/o para el sistema. Ransomware: Es un tipo de malware que retiene los datos o el dispositivo confidenciales de una v íctima. Phishing: Técnica que consiste en el envío de un correo electrónico por parte de un ciberdelincuente a un usuario simulando ser una entidad legítima (red social, banco, institución pública, etc.) con el objeti vo de robarle información privada, realizarle un cargo económico o infectar el dispositivo. Troyano: U n tipo de malware que generalmente se oculta como un archivo adjunto de un correo electrónico o un archivo de descarga gratuita y que, luego, se transfier e al dispositivo del usuario. Bots: Es una aplicación de software automatizada que realiza tareas repetitivas en una red. Know - how: En activo intangible de la empresa en el que agrupa los conocimientos que se extienden a toda la compañía y que la han lleva do al éxito. APIs O interfaces de programación : Conjunto de reglas o protocolos que permite a las aplicaciones informáticas comunicarse entre sí para intercambiar datos, características y funcionalidades . SDK: Conjunto de herramientas de creación específic as de plataformas para desarrolladores. Aprendizaje automático: El aprendizaje automático es un subconjunto de la inteligencia artificial que permite que un sistema aprenda y mejore de forma autónoma con redes neuronales y aprendizaje profundo, sin necesid ad de una programación explícita, a través del análisis de grandes cantidades de datos. Taque de denegación de servicio distribuido (DoS o DDoS): Es un ataque de DoS que utiliza múltiples computadoras o máquinas para inundar un recurso específico. Ingenier ía inversa : Es el proceso llevado a cabo con el objetivo de obtener información o un diseño a partir de un producto, con el fin de determinar cuáles son sus componentes y de qué manera interactúan entre sí y cuál fue el proceso de fabricación. Pentesting, o penetration testing: Es una prueba de seguridad que lanza un ciberataque simulado para encontrar vulnerabilidades en un sistema informático. Revisión segura del cód igo fuente: La revisión de código seguro es el examen minucioso del código fuente de una a plicación para descubrir vulnerabilidades de seguridad, fallos
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lógicos, debilidades de codificación y oportunidades para mejorar las prácticas de seguridad. Mensaje De Datos: La información generada, enviada, recibida o archivada por medios electrónicos, ó pticos o cualquier otra tecnología. Direcciones IP: Es el número de identificación único asignado a cada dispositivo conectado a Internet. Sellos De Tiempo: En mecanismo que permite garantizar la integridad de un conjunto de datos, demostrando que existen desde una fecha y hora específicas y que no han sido alterados desde entonces. Además de la fecha y la hora, también se especifica la zona horaria para la hor a universal coordinada. Pasarelas De Pago: Es una herramienta tecnológica que permite procesar pa gos digitales entre clientes y negocios de forma segura. Actúa como intermediario entre el comercio, el cliente y las entidades financieras, validando y autorizando cada transacción en línea. Autenticación Multifactor (Mfa): Es una medida de seguridad que protege a las personas y organizaciones al exigir a los usuarios que proporcionen dos o más factores de autenticación para acceder a una aplicación, cuenta o red privada virtual (VPN). Contracargos: Es la reversión de una transacción de pago solicitada dir ectamente al banco emisor de la tarjeta, sin que el comprador se ponga en contacto con la tienda o servicio donde se realizó la compra. Servicios: Todos los productos digitales, tecnológicos y comerciales proporcionados por
BEITECH.
Usuario: Persona física o moral que accede a cualquiera de los servicios de BEITECH.
CUARTA. CAPACIDAD JURÍDICA
Únicamente podrán utilizar los servicios de BEITECH aquellas personas que cuenten con capacidad legal para celebrar actos jurídicos conforme a la legislación aplicabl e. Los menores de edad únicamente podrán utilizar los servicios bajo la supervisión y consentimiento expreso de quien ejerza la patria potestad o tutela. BEITECH podrá solicitar la documentación que estime necesaria para verificar la identidad y capacidad jurídica del usuario.
QUINTA. ACEPTACIÓN ELECTRÓNICA
La utilización del sitio web, aplicaciones móviles, software, dispositivos electrónicos o cualquiera de los servicios de BEITECH constituye una manifestación expresa de voluntad mediante la cual el usua rio acepta obligarse jurídicamente conforme a los presentes Términos y Condiciones. La aceptación podrá realizarse mediante: • Casilla de aceptación ("Acepto"). • Firma electrónica. • Confirmación digital. • Registro de cuenta. • Descarga de la aplicación. • Instalación del software. • Activación del dispositivo. • Uso continuo de los servicios.
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La aceptación electrónica producirá los mismos efectos jurídicos que una firma autógrafa, de conformidad con el Código de Comercio y demás disposiciones aplicables, por lo cual basta con sola la aceptación se haya realizado por cualquiera de los medios anteriormente citados, es por ello que no será un requisito que se tenga la aceptación de cada una de las formas que se mencionaron de manera conjunta, si no que podrá ser parcial, decir que basta con que solo se haya seleccionado un solo medio de aceptación de los anteriormente señalados.
SEXTA. REGISTRO DE USUARIOS
Para acceder a determinados servicios será necesario crear una cuenta personal. El usuario se obliga a proporcionar información: • Verdadera. • Exacta. • Completa. • Actualizada. BEITECH podrá suspender o cancelar cualquier cuenta cuando detecte información falsa, incompleta, fraudulenta o inconsistente.
SÉPTIMA. OBLIGACIONES DEL USUARIO
El usuario se obli ga a:
I. Utilizar los servicios conforme a la legislación aplicable.
II. No utilizar los servicios con fines ilícitos.
III. No alterar el funcionamiento del software.
IV. No modificar el firmware.
V. No intentar acceder a áreas restringidas.
VI. No vulnera r medidas de seguridad.
VII. No utilizar robots, bots o sistemas automatizados.
VIII. No realizar ingeniería inversa.
IX. No copiar el software.
X. No reproducir algoritmos.
XI. No interferir con los servicios.
XII. Mantener la confidencialidad de sus cred enciales.
XIII. Notificar inmediatamente cualquier acceso no autorizado.
OCTAVA. USOS PROHIBIDOS
Queda estrictamente prohibido: • Descompilar el software. • Desensamblar el firmware. • Copiar bases de datos. • Extraer información mediante scraping. • Come rcializar la aplicación. • Revender licencias. • Eliminar avisos de propiedad intelectual. • Introducir malware.
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• Utilizar ingeniería inversa. • Alterar algoritmos. • Crear software derivado. • Utilizar la plataforma para actividades ilícitas. • Intentar vulnerar la infraestructura tecnológica. Cualquier incumplimiento facultará a BEITECH para cancelar inmediatamente la cuenta del usuario, sin responsabilidad alguna.
NOVENA. DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO
BEITECH realizará esfuerzos razonables para mantener la disponibilidad de sus plataformas; sin embargo, no garantiza que los servicios permanezcan ininterrumpidos, ya que podrán existir mantenimientos programados, actualizaciones, fallas técnicas, ataques cibernéticos, interrupciones de servicios de telecomu nicaciones o causas de fuerza mayor.
DÉCIMA. MODIFICACIONES DE LOS SERVICIOS
BEITECH podrá actualizar, modificar, suspender o descontinuar cualquiera de sus productos, aplicaciones, algoritmos, funciones, firmware o servicios cuando resulte necesario por razones técnicas, comerciales, regulatorias o de seguridad. Cuando dichas modificaciones afecten de manera sustancial los derechos del usuario, BEITECH realizará la notificación correspondiente a través de sus medios oficiales.
DÉCIMA PRIMERA. ACTUALIZACI ÓN DE LOS TÉRMINOS
Y CONDICIONES
BEITECH podrá modificar en cualquier momento los presentes Términos y Condiciones para adecuarlos a reformas legales, cambios regulatorios, mejoras tecnológicas, nuevas funcionalidades o necesidades operativas de la empresa . Las modificaciones entrarán en vigor a partir de su publicación en los medios oficiales de BEITECH o en la fecha que expresamente se indique en el documento actualizado. El uso continuo de los servicios con posterioridad a la entrada en vigor de las modi ficaciones constituirá aceptación expresa de las mismas.
DÉCIMA SEGUNDA. INTEGRACIÓN CONTRACTUAL
Los presentes Términos y Condiciones forman parte integrante del marco jurídico que regula la relación entre BEITECH y sus usuarios, complementándose con los siguientes instrumentos: • Aviso de Privacidad. • Política de Cookies. • Licencia de Uso del Software (EULA). • Política de Propiedad Intelectual. • Política de Garantías. • Política de Devoluciones. • Política de Comercio Electrónico. • Política de Seguri dad de la Información.
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• Política de Cumplimiento Normativo (Compliance). En caso de contradicción entre dichos documentos, prevalecerá el instrumento que regule específicamente la materia de que se trate.
DÉCIMA TERCERA. PRINCIPIOS GENERALES DE
INTERPRET ACIÓN DEL CONTRATO
Los presentes Términos y Condiciones constituyen un acuerdo jurídico integral celebrado entre BEITECH y el usuario, por lo que todas sus disposiciones deberán interpretarse de manera sistemática, armónica e integral, atendiendo a la fina lidad para la cual fueron redactadas, evitando interpretaciones aisladas, parciales o descontextualizadas de cualquiera de sus cláusulas. En consecuencia, las partes acuerdan expresamente que la interpretación y aplicación de los presentes Términos y Condi ciones se sujetará a los siguientes principios:
I. Interpretación Integral.
Todas las cláusulas deberán interpretarse en conjunto y no de manera independiente, considerando que cada una de ellas forma parte de un mismo instrumento jurídico y persigue un ob jetivo común consistente en regular la relación jurídica existente entre BEITECH y el usuario.
II. Principio de Conservación del Contrato.
En caso de existir dos o más interpretaciones posibles respecto de una cláusula, deberá preferirse aquella que permit a conservar la validez, eficacia y cumplimiento del contrato en su totalidad, evitando interpretaciones que conduzcan a su nulidad total o parcial, siempre que ello sea jurídicamente procedente.
III. Interpretación Conforme a la Legislación Aplicable.
Las disposiciones contenidas en los presentes Términos y Condiciones deberán interpretarse de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Civil Federal, el Código de Comercio, la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal del Derecho de Autor, la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y demás disposiciones legales aplicables.
IV. Principio de Buena Fe.
Las partes re conocen que los presentes Términos y Condiciones deberán ejecutarse e interpretarse conforme al principio de buena fe, procurando en todo momento la protección de los derechos e intereses legítimos de ambas partes y evitando cualquier ejercicio abusivo de derechos.
V. Interpretación Tecnológica.
Las referencias contenidas en estos Términos y Condiciones relativas a software, firmware, inteligencia artificial, algoritmos, plataformas digitales, aplicaciones móviles, servicios en la nube, interfaces de progra mación (API), dispositivos electrónicos y demás desarrollos tecnológicos deberán interpretarse conforme a la naturaleza tecnológica de los servicios proporcionados por BEITECH, considerando su constante evolución e innovación.
VI. Separabilidad de Cláusula s.
La declaración de nulidad, invalidez, ineficacia o inaplicabilidad de alguna disposición de los presentes Términos y Condiciones por autoridad competente no afectará la validez de las
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demás cláusulas, las cuales continuarán produciendo todos sus efectos jurídicos, salvo que por su naturaleza resulte imposible su subsistencia.
VII. Interpretación en Caso de Ambigüedad.
En caso de que alguna disposición pudiera admitir diversas interpretaciones razonables, ésta deberá interpretarse atendiendo al objeto del contrato, a la naturaleza de los servicios tecnológicos prestados por BEITECH, a la intención común de las partes y a los principios generales del derecho aplicables, procurando en todo momento preservar el equilibrio contractual y la seguridad jurídica d e ambas partes.
DÉCIMA CUARTA. ORDEN DE PRELACIÓN NORMATIVA
Con la finalidad de otorgar certeza jurídica y evitar contradicciones entre los distintos instrumentos que regulan los servicios ofrecidos por BEITECH, las partes acuerdan expresamente que todos los documentos que integran el marco jurídico corporativo deberán interpretarse de manera complementaria y sistemática. En caso de existir contradicción, inconsistencia, conflicto de interpretación o diferencia entre dos o más documentos, prevalecerá aquel que regule específicamente la materia objeto de controversia, conforme al siguiente orden de prelación: Primer nivel. Contrato de Licencia de Usuario Final (End User License Agreement – EULA), respecto del uso del software, firmware, aplicaciones móviles, plataformas digitales, interfaces de programación (API) y demás desarrollos tecnológicos propiedad de BEITECH. Segundo nivel. Los presentes Términos y Condiciones Generales de Uso, los cuales regulan la relación jurídica principal entre BEITECH y el usuar io. Tercer nivel. El Aviso de Privacidad, exclusivamente respecto del tratamiento de datos personales, datos personales sensibles, datos biométricos, transferencias nacionales o internacionales, ejercicio de derechos ARCO y demás aspectos relacionados con la protección de datos personales. Cuarto nivel. Las políticas corporativas específicas emitidas por BEITECH, incluyendo de manera enunciativa mas no limitativa: • Política de Cookies. • Política de Garantías. • Política de Devoluciones y Reembolsos. • Pol ítica de Propiedad Intelectual. • Política de Seguridad de la Información. • Política de Ciberseguridad. • Política de Cumplimiento Normativo (Compliance). • Política de Uso Aceptable. • Política de Comercio Electrónico. • Cualquier otra política corporati va vigente. Quinto nivel. Los manuales de usuario, guías técnicas, instructivos, documentación de instalación, especificaciones técnicas, preguntas frecuentes, documentación para desarrolladores y demás documentación de carácter operativo emitida por BEITE CH. Cuando exista una disposición especial aplicable a un servicio, producto, dispositivo o aplicación determinada, ésta prevalecerá exclusivamente respecto de dicho servicio o producto sobre cualquier disposición general que pudiera resultar incompatible.
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En todo caso, la interpretación de los documentos antes mencionados deberá realizarse de forma complementaria, procurando que ninguno de ellos deje sin efectos a los demás, salvo cuando exista una contradicción expresa e insalvable. Las actualizaciones, m odificaciones o sustituciones de cualquiera de los documentos que integran el presente marco jurídico surtirán efectos a partir de la fecha de su publicación por BEITECH en sus medios oficiales, sin que ello implique la novación de la relación jurídica exi stente entre las partes, conservándose la vigencia de las disposiciones que no hayan sido modificadas. Asimismo, en caso de que cualquier disposición contenida en alguno de los documentos que integran el marco jurídico corporativo resulte contraria a una n orma imperativa o de orden público, prevalecerá la legislación aplicable, subsistiendo la validez y eficacia de las demás disposiciones en todo aquello que no resulte afectado.
DÉCIMA QUINTA. PRINCIPIO DE EVOLUCIÓN
TECNOLÓGICA, INNOVACIÓN Y MEJORA CONTINU A
Las partes reconocen expresamente que los productos, dispositivos electrónicos, aplicaciones móviles, plataformas digitales, software, firmware, algoritmos, modelos de inteligencia artificial, interfaces de programación de aplicaciones (API), servicios e n la nube y demás desarrollos tecnológicos comercializados, licenciados o puestos a disposición por BEITECH constituyen tecnologías en constante evolución, sujetas a procesos permanentes de investigación, innovación, desarrollo, actualización, optimización y mejora. En virtud de lo anterior, el usuario reconoce y acepta que BEITECH podrá implementar, de manera continua y cuando así lo considere necesario, modificaciones, mejoras o actualizaciones respecto de cualquiera de sus productos o servicios, sin que ello constituya incumplimiento contractual, siempre que dichas modificaciones no vulneren derechos irrenunciables reconocidos por la legislación aplicable. Para tal efecto, las partes acuerdan lo siguiente:
I. Actualizaciones Tecnológicas
BEITECH podrá des arrollar e implementar actualizaciones relacionadas con el software, firmware, aplicaciones móviles, plataformas digitales, inteligencia artificial, algoritmos, servicios en la nube, infraestructura tecnológica y demás componentes de sus productos, con la finalidad de: • Mejorar el desempeño de los dispositivos. • Incrementar la seguridad informática. • Corregir errores o vulnerabilidades. • Incorporar nuevas funcionalidades. • Optimizar el rendimiento. • Adaptarse a cambios tecnológicos. • Cumplir con nuev as disposiciones legales o regulatorias. • Mantener la compatibilidad con sistemas operativos, dispositivos o servicios de terceros.
II. Modificación de Funcionalidades
BEITECH podrá incorporar, modificar, sustituir, suspender o retirar determinadas funcio nes, herramientas, características o servicios tecnológicos cuando existan razones
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técnicas, comerciales, operativas, regulatorias, de seguridad informática o de protección de los usuarios. Siempre que sea razonablemente posible y la naturaleza del cambio lo permita, BEITECH procurará informar dichas modificaciones a través de sus medios oficiales.
III. Inteligencia Artificial y Algoritmos
El usuario reconoce que los servicios de BEITECH podrán utilizar sistemas automatizados, algoritmos, modelos matemático s, aprendizaje automático, inteligencia artificial y demás tecnologías destinadas al procesamiento, interpretación, organización o análisis de información. Los resultados generados mediante dichos sistemas constituyen únicamente estimaciones, recomendacion es técnicas o análisis automatizados y no representan decisiones definitivas, diagnósticos médicos, opiniones profesionales ni garantías de resultado. BEITECH podrá actualizar, entrenar, modificar, optimizar, sustituir o descontinuar dichos algoritmos y mo delos tecnológicos con la finalidad de mejorar su precisión, desempeño, eficiencia, seguridad o funcionalidad.
IV. Compatibilidad Tecnológica
El usuario reconoce que las actualizaciones de sistemas operativos, plataformas digitales, navegadores, dispositiv os móviles, infraestructura de telecomunicaciones, servicios en la nube o proveedores tecnológicos externos pueden afectar la compatibilidad o funcionamiento de determinados productos o servicios de BEITECH. En consecuencia, BEITECH no garantiza la compati bilidad permanente de sus productos con tecnologías de terceros cuya evolución no se encuentre bajo su control.
V. Servicios de Terceros
Cuando el funcionamiento de los productos o servicios dependa parcial o totalmente de servicios proporcionados por terc eros, incluyendo servicios de internet, plataformas de almacenamiento en la nube, servicios de geolocalización, servicios de mapas, proveedores de autenticación, sistemas operativos, tiendas de aplicaciones, proveedores de inteligencia artificial, proveedo res de mensajería o cualquier otro servicio tecnológico externo, BEITECH no será responsable por modificaciones, interrupciones, restricciones, incompatibilidades, fallas o descontinuaciones atribuibles exclusivamente a dichos terceros.
VI. Actualizaciones Obligatorias
Cuando una actualización resulte necesaria para garantizar la seguridad informática, la integridad de la información, la protección de datos personales, la estabilidad del sistema, la continuidad operativa o el cumplimiento de obligaciones le gales, BEITECH podrá establecer que dicha actualización tenga carácter obligatorio para continuar utilizando determinados servicios o funcionalidades. En estos casos, el usuario reconoce que la negativa a instalar o aceptar dichas actualizaciones podrá oca sionar la suspensión parcial o total de determinadas funciones, sin que ello genere responsabilidad alguna para BEITECH.
VII. Conservación de la Relación Contractual
Las actualizaciones, modificaciones, mejoras o sustituciones tecnológicas implementadas po r BEITECH no implicarán la celebración de un nuevo contrato, ni constituirán novación de las obligaciones previamente aceptadas por el usuario, subsistiendo plenamente la relación jurídica existente entre las partes en todo aquello que no haya sido expresa mente modificado.
VIII. Innovación Continua
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El usuario reconoce que el desarrollo tecnológico constituye un elemento esencial del modelo de negocio de BEITECH, por lo que la empresa podrá incorporar nuevas tecnologías, metodologías, procesos automatizados, sistemas inteligentes, herramientas digitales, dispositivos electrónicos o soluciones tecnológicas que sustituyan o complementen las previamente existentes, con el propósito de mejorar la calidad, seguridad, eficiencia y competitividad de sus productos y servicios.
IX. Reserva de Derechos Tecnológicos
Todas las actualizaciones, mejoras, desarrollos, modificaciones, versiones, ampliaciones, adaptaciones, algoritmos, modelos de inteligencia artificial, firmware, software, APIs, bases de datos, herramientas d igitales, documentación técnica, diseños, funcionalidades y demás desarrollos tecnológicos implementados por BEITECH continuarán siendo de su exclusiva propiedad o de sus respectivos licenciantes, sin que el usuario adquiera derecho de propiedad, copropied ad, explotación o licencia distinta de aquella expresamente otorgada en los presentes Términos y Condiciones y en el Contrato de Licencia de Usuario Final
(EULA).
X. Interpretación Conforme a la Innovación Tecnológica
Las partes acuerdan que las disposicio nes contenidas en los presentes Términos y Condiciones deberán interpretarse considerando la naturaleza dinámica y evolutiva de la industria tecnológica, privilegiando aquellas interpretaciones que permitan a BEITECH desarrollar, innovar, actualizar y perf eccionar continuamente sus productos y servicios, siempre dentro del marco de la legislación aplicable, de los principios de buena fe contractual y del respeto a los derechos de los usuarios.
CAPÍTULO II
AVISO DE PRIVACIDAD INTEGRAL
PRIMERA. IDENTIDAD Y DOMICILIO DEL RESPONSABLE
DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 6, apartado A, fracción II y 16, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 1, 2, 3, 8, 15, 16, 3 6 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP); su Reglamento; así como los Lineamientos del Aviso de Privacidad, GROUP BEITECH INTELLIGENCE INTERNATIONAL, S. A. S. DE C.V. (e n lo sucesivo, "BEITECH"), en su carácter de Responsable del tratamiento de datos personales, pone a disposición de los usuarios, clientes, distribuidores, proveedores, socios comerciales, desarrolladores, visitantes y cualquier otra persona física cuyos d atos personales sean recabados por la empresa, el presente Aviso de Privacidad Integral. BEITECH reconoce que la protección de los datos personales constituye un derecho fundamental de sus titulares, por lo que asume el compromiso de tratar dicha informaci ón bajo los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad, previstos en la legislación mexicana aplicable, así como mediante la adopción de medidas administrativas, técnicas, físicas y o rganizacionales razonables para garantizar su confidencialidad, integridad, disponibilidad y seguridad.
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Para efectos del presente Aviso de Privacidad, los datos del Responsable son los siguientes: Denominación o Razón Social:
GROUP BEITECH INTELLIGENCE I NTERNATIONAL, S. A. S. DE C.V.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC): GBI250806BFA Domicilio para oír y recibir notificaciones, así como para el ejercicio de derechos relacionados con el tratamiento de datos personales: Ixcateopan 164, Letran Valle, Be nito Juárez, 03650 Ciudad de México, Ciudad de México. Correo electrónico oficial para asuntos relacionados con privacidad y protección de datos personales: info@beitech.com.mx Teléfono de contacto: (56) 39264516 Sitio web oficial: https://www.beitech.com.mx Toda comunicación relacionada con el tratamiento de datos personales, ejercicio de derechos ARCO, revocación del consentimiento, solicitudes de información, aclaraciones, quejas, denuncias o cualquier asunto r elacionado con el presente Aviso de Privacidad deberá dirigirse exclusivamente a los medios oficiales anteriormente señalados. Asimismo, BEITECH podrá designar un Departamento de Protección de Datos Personales o un Oficial de Privacidad, encargado de atend er las solicitudes relacionadas con el ejercicio de los derechos reconocidos por la legislación aplicable. En caso de existir dicha designación, los datos de contacto correspondientes serán publicados en el sitio web oficial de la empresa y formarán parte integrante del presente Aviso de Privacidad. El presente Aviso de Privacidad será aplicable a todos los productos, dispositivos electrónicos, aplicaciones móviles, plataformas digitales, software, firmware, servicios tecnológicos, sitios web, comercio elec trónico, programas de atención al cliente, servicios de soporte técnico, campañas comerciales y demás actividades desarrolladas por BEITECH que impliquen el tratamiento de datos personales. La utilización de cualquiera de los servicios ofrecidos por BEITEC H implica que el titular reconoce haber tenido acceso al presente Aviso de Privacidad y que ha sido informado respecto de la identidad del Responsable, de las finalidades del tratamiento de sus datos personales y de los mecanismos disponibles para ejercer los derechos que le confiere la legislación aplicable. Finalmente, BEITECH manifiesta que el tratamiento de los datos personales se realizará observando en todo momento las disposiciones contenidas en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Pos esión de los Particulares, su Reglamento, los Lineamientos del Aviso de Privacidad y cualquier otra disposición legal o administrativa que resulte aplicable, comprometiéndose a mantener un programa permanente de cumplimiento normativo en materia de privaci dad, seguridad de la información y protección de datos personales.. El presente Aviso de Privacidad será aplicable a todos los productos, dispositivos electrónicos, aplicaciones móviles, plataformas digitales, software, firmware, servicios tecnológicos, si tios web, comercio electrónico, programas de atención al cliente, servicios de soporte técnico, campañas comerciales y demás actividades desarrolladas por BEITECH que impliquen el tratamiento de datos personales. La utilización de cualquiera de los servici os ofrecidos por BEITECH implica que el usuario reconoce haber tenido acceso al presente Aviso de Privacidad y que ha sido informado respecto de la identidad del Responsable, de las finalidades del tratamiento de sus datos
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personales y de los mecanismos di sponibles para ejercer los derechos que le confiere la legislación aplicable. Finalmente, BEITECH manifiesta que el tratamiento de los datos personales se realizará observando en todo momento las disposiciones contenidas en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, su Reglamento, los Lineamientos del Aviso de Privacidad y cualquier otra disposición legal o administrativa que resulte aplicable, comprometiéndose a mantener un programa permanente de cumplimiento normativ o en materia de privacidad, seguridad de la información y pr otección de datos personales.
SEGUNDA. VINCULACIÓN CON EL TRATAMIENTO DE
DATOS BIOMÉTRICOS, INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y
ALGORITMOS
El presente Aviso de Privacidad forma parte integral del marco ju rídico aplicable a los productos, servicios, aplicaciones, plataformas, dispositivos y soluciones tecnológ icas proporcionadas por BEITECH. Cuando, con motivo de la prestación de los servicios, BEITECH realice operaciones de recopilación, almacenamiento, co nsulta, análisis, procesamiento, generación de resultados o cualquier otra forma de tratamiento de datos biométricos, datos personales sensibles o información susceptible de ser procesada mediante sistemas automatizados, algoritmos o herramientas de Inteli gencia Artificial, dicho tratamiento se sujetará a las finalidades, bases jurídicas, mecanismos de consentimiento, medidas de seguridad, transferencias, plazos de conservación y demás condiciones establecidas en el presente Aviso de Privacidad y en los doc umentos específicos que resulten aplicables. Las disposiciones contenidas en los Términos y Condiciones, Política de Privacidad, Capítulo de Protección de Datos Personales Sensibles, Capítulo de Uso de Inteligencia Artificial y Algoritmos, EULA y demás pol íticas aplicables, deberán interpretarse de manera sistemática y complementaria con el presente Aviso de Privacidad. En caso de existir una disposición relativa al tratamiento de datos personales que resulte incompatible con el presente Aviso de Privacidad , prevalecerá aquella que otorgue al titular mayor protección cuando así lo exija la legislación aplicable y, en todo caso, las disposiciones de carácter obligatorio previstas en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particula res y su normativa aplicable. La aceptación de los Términos y Condiciones o de la Licencia de Uso no sustituirá aquellos consentimientos específicos que, conforme a la legislación aplicable, deban recabarse para determinadas categorías de datos personales o finalidades. Cuando el tratamiento de datos biométricos requiera consentimiento expreso o alguna formalidad específica, BEITECH implementará mecanismos destinados a obtener y conservar evidencia de la manifestación de voluntad correspondiente .
CAPÍTULO VI
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LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
PRIMERA. ALCANCE DE LOS SERVICIOS
BEITECH pone a disposición de los usuarios dispositivos electrónicos, aplicaciones móviles, plataformas digitales, software, firmware, algoritmos, interfaces de programación (API), servic ios tecnológicos, soluciones basadas en inteligencia artificial y demás herramientas tecnológicas cuya finalidad consiste en facilitar la recopilación, procesamiento, visualización, análisis y administración de información relacionada con el funcionamiento de sus productos y servicios. El usuario reconoce que dichos servicios constituyen herramientas tecnológicas de apoyo y que su utilización no garantiza la obtención de un resultado específico, determinado o esperado.
SEGUNDA. AUSENCIA DE GARANTÍA DE RESU LTADOS
BEITECH no garantiza que el uso de sus dispositivos, aplicaciones, plataformas, algoritmos o servicios produzca resultados específicos, deportivos, físicos, comerciales, médicos, financieros o de cualquier otra naturaleza. El usuario reconoce que lo s resultados derivados del uso de los productos y servicios de BEITECH dependen de múltiples factores ajenos al control de la empresa, incluyendo de manera enunciativa mas no limitativa: • La forma en que el usuario utilice el dispositivo. • La configurac ión realizada por el usuario. • La calidad de la conexión a internet. • La compatibilidad con equipos de terceros. • El estado físico o de salud del usuario. • La correcta instalación del dispositivo. • La actualización del software. • La precisión d e la información proporcionada por el propio usuario. • Factores ambientales. • Interferencias electromagnéticas. • Servicios prestados por terceros. En consecuencia, BEITECH no asume responsabilidad por la falta de obtención de los resultados esperado s por el usuario.
TERCERA. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
TECNOLÓGICA
BEITECH realiza esfuerzos razonables para mantener la disponibilidad, estabilidad, seguridad y funcionamiento continuo de sus productos y servicios; sin embargo, el usuario reconoce que ningún sistema tecnológico puede garantizar un funcionamiento ininterrumpido o completamente libre de errores. Por lo anterior, BEITECH no será responsable por interrupciones, retrasos, fallas temporales, errores de procesamiento, pérdida de conectividad, indisponibilidad del
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servicio o disminución del rendimiento ocasionados por circunstancias ajenas a su control razonable.
CUARTA. SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS
Los productos y servicios de BEITECH pueden depender parcial o totalmente del funcionamiento de plataformas, sistemas operativos, servicios en la nube, redes de telecomunicaciones, proveedores de internet, servicios de geolocalización, tiendas de aplicaciones, proveedores de inteligencia artificial u otros servicios proporcionados por terceros. E n consecuencia, BEITECH no será responsable por daños, pérdidas, interrupciones, incompatibilidades, restricciones, modificaciones o fallas originadas exclusivamente por dichos terceros.
QUINTA. DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS
BEITECH no garantiza que sus plataformas, aplicaciones o servicios se encuentren disponibles de forma permanente, continua o ininterrumpida. La empresa podrá suspender temporalmente el servicio por motivos relacionados con: • Mantenimiento preventivo. • Mantenimiento correctivo. • Actualizaciones tecnológicas. • Medidas de seguridad informática. • Cumplimiento de obligaciones legales. • Ataques cibernéticos. • Caso fortuito. • Fuerza mayor. • Órdenes emitidas por autoridad competente. Estas suspensiones no constituirán incump limiento contractual ni generarán derecho a indemnización cuando sean razonables y necesarias.
SEXTA. LIMITACIÓN POR PÉRDIDA DE INFORMACIÓN
BEITECH implementa medidas razonables de seguridad para proteger la información tratada a través de sus plataformas ; sin embargo, el usuario reconoce que ningún sistema informático ofrece seguridad absoluta. En consecuencia, BEITECH no será responsable por la pérdida, alteración, corrupción, destrucción o acceso no autorizado a la información cuando tales eventos deriv en de: • Fallas en los equipos del usuario. • Virus informáticos. • Malware. • Ataques cibernéticos. • Acciones de terceros. • Errores del usuario. • Fallas en redes de telecomunicaciones. • Servicios externos.
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• Caso fortuito o fuerza mayor.
SÉP TIMA. LIMITACIÓN DE DAÑOS
Salvo disposición expresa e irrenunciable prevista por la legislación aplicable, BEITECH no será responsable por daños indirectos, incidentales, especiales, consecuenciales o accesorios derivados del uso o imposibilidad de uso de sus productos o servicios. En particular, no responderá por: • Lucro cesante. • Pérdida de ingresos. • Pérdida de oportunidades de negocio. • Daño reputacional. • Interrupción de actividades. • Pérdida de productividad. • Pérdida de información. • D años derivados de decisiones tomadas por el usuario con base en la información proporcionada por los dispositivos o plataformas. La presente limitación no será aplicable cuando la legislación expresamente prohíba excluir o limitar la responsabilidad corre spondiente.
OCTAVA. LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD
ECONÓMICA
En los casos en que legalmente proceda la responsabilidad de BEITECH, y siempre que dicha limitación sea válida conforme a la legislación aplicable, la responsabilidad total acumulada de la em presa por cualquier reclamación derivada de un mismo hecho no excederá el monto efectivamente pagado por el usuario respecto del producto o servicio específico que origine la reclamación durante los tres meses anteriores al evento que dio origen a la misma . La presente limitación no será aplicable en aquellos supuestos en que la ley prohíba expresamente restringir la responsabilidad del proveedor.
NOVENA. OBLIGACIÓN DE MITIGAR LOS DAÑOS
El usuario se obliga a adoptar todas las medidas razonables a su alcan ce para evitar o disminuir cualquier daño que pudiera derivarse del uso de los productos o servicios de
BEITECH.
La omisión de adoptar dichas medidas podrá ser considerada para efectos de determinar la responsabilidad de las partes, conforme a la legislaci ón aplicable.
DÉCIMA. INDEMNIZACIÓN A FAVOR DE BEITECH
El usuario se obliga a sacar en paz y a salvo a BEITECH, sus accionistas, consejeros, directivos, representantes legales, empleados, desarrolladores, proveedores, distribuidores, afiliadas y demás per sonas relacionadas, respecto de cualquier reclamación, procedimiento, sanción, multa, daño, perjuicio, gasto, honorario o responsabilidad que derive de:
I. El uso ilícito o indebido de los productos o servicios.
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II. El incumplimiento de los presentes Térmi nos y Condiciones.
III. La violación de derechos de terceros.
IV. El uso no autorizado de software, firmware, API o tecnologías propiedad de BEITECH.
V. Información falsa proporcionada por el usuario.
VI. Cualquier conducta dolosa, culposa o negligente imp utable al usuario.
DÉCIMA PRIMERA. EXONERACIÓN POR DECISIONES
DEL USUARIO
Toda decisión adoptada por el usuario con base en la información, estadísticas, métricas, recomendaciones, algoritmos, inteligencia artificial, reportes o análisis generados por los productos y servicios de BEITECH será de su exclusiva responsabilidad. BEITECH no será responsable por las consecuencias derivadas de decisiones tomadas exclusivamente por el usuario con fundamento en dicha información.
DÉCIMA SEGUNDA. EXCLUSIONES LEGALE S
Ninguna disposición contenida en el presente Capítulo tendrá por objeto excluir, limitar o restringir responsabilidades cuya renuncia se encuentre prohibida por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Protección al Con sumidor, el Código Civil Federal, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares o cualquier otra disposición de orden público aplicable. En consecuencia, las limitaciones de responsabilidad previstas en este Capítulo debe rán interpretarse únicamente dentro de los límites permitidos por la legislación vigente.
DÉCIMA TERCERA. SUPERVIVENCIA
Las disposiciones contenidas en el presente Capítulo permanecerán vigentes aun cuando la relación contractual entre BEITECH y el usuari o haya concluido, respecto de cualquier reclamación derivada de hechos ocurridos durante la vigencia de los servicios, en la medida permitida por la legislación aplicable.
CAPÍTULO VII
EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD
MÉDICA
PRIMERA. NATURALEZA TECNOLÓGICA D E LOS
PRODUCTOS Y SERVICIOS
Los dispositivos electrónicos, aplicaciones móviles, plataformas digitales, software, firmware, algoritmos, interfaces de programación (API), sistemas automatizados, inteligencia artificial y demás productos o servicios desarrol lados, comerciali zados o licenciados por BEITECH, constituyen herramientas tecnológicas destinadas al monitoreo,
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recopilación, organización, visualización y análisis de información relacionada con la actividad física, el bienestar, el rendimiento deportivo y demás métricas generadas por los dispositivos. En ningún caso dichos productos o servicios deberán interpretarse como dispositivos médicos, equipos de diagnóstico clínico, instrumentos terapéuticos, servicios de telemedicina, servicios hospitalarios o c ualquier otro servicio destinado al diagnóstico, prevención, tratamiento, control o cura de enfermedades.
SEGUNDA. AUSENCIA DE DIAGNÓSTICO MÉDICO
Toda la información generada por los dispositivos, aplicaciones, plataformas, algoritmos o sistemas automatiz ados de BEITECH tiene carácter exclusivamente informativo, estadístico, tecnológico y orientativo. En consecuencia, los reportes, gráficas, métricas, alertas, recomendaciones, análisis automatizados, indicadores o cualquier otra información proporcionada p or los productos o servicios de BEITECH: • No constituyen un diagnóstico médico. • No constituyen una valoración clínica. • No sustituyen estudios de laboratorio. • No sustituyen estudios especializados. • No sustituyen la valoración realizada por un p rofesional de la salud. • No constituyen prescripción médica. • No constituyen opinión profesional. • No generan expediente clínico. • No crean una relación médico - paciente. El usuario reconoce expresamente que cualquier decisión relacionada con su es tado de salud deberá ser tomada exclusivamente con el apoyo de un profesional de la salud legalmente autorizado.
TERCERA. AUSENCIA DE GARANTÍA SOBRE EL ESTADO
DE SALUD
BEITECH no garantiza que la información generada por sus dispositivos refleje con absol uta precisión el estado físico, fisiológico, metabólico, cardiovascular o cualquier otra condición médica del usuario. Las mediciones realizadas por los dispositivos pueden verse influenciadas por múltiples factores, entre ellos: • La correcta colocación d el dispositivo. • El estado de carga de la batería. • Interferencias electromagnéticas. • Movimiento corporal. • Condiciones ambientales. • Estado físico del usuario. • Características fisiológicas individuales. • Actualizaciones del software o firm ware. • Compatibilidad con otros dispositivos.
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• Calidad de la conexión. • Limitaciones propias de la tecnología utilizada. Por tal motivo, el usuario reconoce que los datos obtenidos constituyen estimaciones tecnológicas y no resultados clínicos certi ficados.
CUARTA. CONSULTA OBLIGATORIA CON
PROFESIONALES DE LA SALUD
BEITECH recomienda que cualquier persona que presente síntomas, padecimientos, enfermedades, lesiones, molestias físicas o cualquier alteración relacionada con su salud consulte oportunam ente a un médico o al profesional de la salud competente. El usuario reconoce que ninguna recomendación, métrica, alerta o análisis generado por los productos de BEITECH sustituye la consulta médica, la exploración física, los estudios clínicos o cualquier otro procedimiento diagnóstico realizado por personal sanitario autorizado.
QUINTA. ACTIVIDAD FÍSICA BAJO RESPONSABILIDAD
DEL USUARIO
El usuario reconoce que toda actividad física implica riesgos inherentes que pueden variar según su edad, condición físi ca, antecedentes médicos, enfermedades preexistentes, lesiones, medicamentos, intensidad del ejercicio y demás circunstancias personales. En consecuencia, cualquier entrenamiento, rutina, programa de ejercicio o actividad física realizada con apoyo en la i nformación generada por los productos o servicios de BEITECH será ejecutada bajo la exclusiva responsabilidad del usuario. BEITECH no será responsable por lesiones, accidentes, descompensaciones, enfermedades, incapacidades, agravamiento de padecimientos p reexistentes o cualquier otra afectación física derivada de la realización de actividades deportivas o recreativas.
SEXTA. INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y ALGORITMOS
Los productos y servicios de BEITECH podrán incorporar tecnologías basadas en inteligencia arti ficial, aprendizaje automático, algoritmos matemáticos, modelos predictivos y sistemas automatizados de análisis de información. El usuario reconoce que dichas tecnologías funcionan mediante modelos estadísticos y probabilísticos que generan estimaciones b asadas en los datos disponibles, por lo que sus resultados: • No constituyen una opinión médica. • No sustituyen criterios clínicos. • No garantizan exactitud absoluta. • No garantizan resultados específicos. • Pueden variar conforme evolucionen los al goritmos y modelos utilizados. BEITECH podrá actualizar, modificar o sustituir dichos algoritmos con el propósito de mejorar su precisión y funcionamiento, sin que ello implique reconocimiento de error o responsabilidad.
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SÉPTIMA. USO DE DATOS BIOMÉTRICOS
Los dispositivos de BEITECH podrán recopilar información biométrica relacionada con frecuencia cardiaca, actividad física, sueño, movimiento corporal y otras métricas fisiológicas. El usuario reconoce que dichos datos tienen una finalidad tecnológica y de análisis de rendimiento, y que no deberán utilizarse como base exclusiva para adoptar decisiones relacionadas con tratamientos médicos, suspensión de medicamentos, modificaciones terapéuticas o cualquier otra determinación clínica.
OCTAVA. EXCLUSIÓN DE R ESPONSABILIDAD POR
DECISIONES MÉDICAS
BEITECH no será responsable por cualquier decisión adoptada por el usuario, familiares, entrenadores, médicos, instituciones deportivas o terceros cuando dicha decisión haya sido tomada exclusivamente con base en la in formación proporcionada por los productos o servicios de BEITECH. Toda decisión relacionada con la salud deberá sustentarse en la valoración integral realizada por un profesional competente.
NOVENA. EMERGENCIAS MÉDICAS
Los dispositivos, aplicaciones y pla taformas de BEITECH no constituyen sistemas de atención médica de emergencia. En caso de presentar síntomas graves, pérdida del estado de conciencia, dolor intenso, dificultad respiratoria, alteraciones cardiovasculares, traumatismos, accidentes o cualquie r situación que represente un riesgo para la salud o la vida, el usuario deberá acudir inmediatamente a los servicios médicos de emergencia o a la institución de salud correspondiente. BEITECH no garantiza la emisión, recepción o transmisión inmediata de a lertas médicas, notificaciones o comunicaciones de emergencia. Las herramientas de BEITECH no deberán utilizarse como único mecanismo para determinar la existencia o inexistencia de una emergencia médica. Ante una situación que razonablemente pueda represe ntar un riesgo para la vida, integridad o salud de una persona, E l usuario deberá acudir inmediatamente a los servicios de emergencia o atención médica correspondientes. La existencia de una alerta tecnológica no constituye una confirmación de una emergenc ia médica, así como la ausencia de una alerta no garantiza que no exista una condición médica
DÉCIMA. AUSENCIA DE RESPONSABILIDAD
PROFESIONAL
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El uso de los productos y servicios de BEITECH no genera relación profesional de carácter médico, psicológico, nu tricional, fisioterapéutico, deportivo o de cualquier otra especialidad entre BEITECH y el usuario. En consecuencia, BEITECH, sus accionistas, directivos, empleados, desarrolladores, distribuidores, proveedores y colaboradores no asumirán responsabilidad p rofesional derivada del uso de los productos o servicios.
DÉCIMA PRIMERA. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
MÉDICA
Dentro de los límites permitidos por la legislación aplicable, BEITECH no será responsable por daños, perjuicios, lesiones, incapacidades, secue las, complicaciones médicas, pérdidas económicas, fallecimientos o cualquier otra consecuencia derivada de:
I. La interpretación que el usuario realice de la información proporcionada por los
dispositivos o aplicaciones.
II. La omisión de acudir oportuname nte a un profesional de la salud.
III. La realización de actividades físicas incompatibles con la condición médica del usuario.
IV. El uso inadecuado de los dispositivos.
V. La confianza exclusiva en los resultados generados por algoritmos o sistemas
autom atizados.
VI. El incumplimiento de las recomendaciones de uso emitidas por BEITECH.
Lo anterior será aplicable siempre que dicha limitación no contravenga disposiciones de orden público o derechos irrenunciables reconocidos por la legislación mexicana.
DÉ CIMA SEGUNDA. REGULACIÓN
BEITECH manifiesta que el diseño, desarrollo y comercialización de sus productos y servicios se realiza conforme a la normativa que resulte aplicable a su naturaleza tecnológica. La empresa no ostenta ni representa que sus disposit ivos o aplicaciones constituyan productos sanitarios, equipos médicos o dispositivos médicos, salvo que expresamente se indique lo contrario y cuenten con las autorizaciones regulatorias correspondientes. En caso de que un producto específico requiera auto rización o registro ante una autoridad competente, BEITECH informará expresamente dicha circunstancia en la documentación técnica y comercial correspondiente.
DÉCIMA TERCERA. SUPERVIVENCIA
Las disposiciones contenidas en el presente Capítulo permanecerán vigentes aun cuando el usuario deje de utilizar los productos o servicios de BEITECH, respecto de cualquier reclamación derivada de hechos ocurridos durante la vigencia de la relación contractual, en la medida permiti da por la legislación aplicable.
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DÉCIM A CUARTA. RESPONSABILIDAD DEL
PROFESIONAL DE LA SALUD.
Cuando el usuario utilice los resultados proporcionados por BEITECH para fines médicos, será responsabilidad del profesional de la salud correspondiente interpretar dichos resultados dentro del context o clínico integral del paciente. BEITECH no sustituye el criterio, conocimiento, experiencia o responsabilidad profesional de médicos, especialistas, hospitales, clínicas u otros prestadores de servicios de salud.
DÉCIMA QUINTA. LIMITACIONES DE LAS MEDICI ONES.
Las mediciones y resultados pueden verse afectados por factores técnicos, ambientales o propios del usuario, incluyendo:
a) Colocación incorrecta del dispositivo;
b) Movimiento;
c) Interferencia externa;
d) Calidad de los sensores;
e) Características fisiológicas individuales;
f) Condiciones ambientales;
g) Batería insuficiente;
h) Falta de conectividad;
i) Fallas de dispositivos de terceros;
j) Configuración incorrecta; o
k) Cualquier otra circunstancia que afecte la adquisición o procesamiento de in formación.
Por lo anterior, BEITECH no garantiza que toda medición sea absolutamente exacta, continua o libre de variaciones.
DÉCIMA SEXTA. PUBLICIDAD Y REPRESENTACIONES
MÉDICAS.
El usuario se obliga a no presentar, publicitar, comercializar o comunicar l os servicios de BEITECH como si constituyeran servicios médicos, diagnósticos o terapéuticos cuando dicha afirmación no corresponda a las funcionalidades y autorizaciones aplicables. Cualquier utilización comercial de los resultados deberá respetar la natu raleza real y las limitaciones técnicas del servicio.
CAPÍTULO VIII
PROTECCIÓN DE DATOS BIOMÉTRICOS Y
DATOS PERSONALES SENSIBLES
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PRIMERA. OBJETO
El presente Capítulo tiene por objeto establecer las condiciones bajo las cuales BEITECH, recaba, utiliza, a lmacena, organiza, procesa, transmite, protege, conserva y, en su caso, elimina los datos personales sensibles y los datos biométricos de los usuarios, garantizando en todo momento el respeto a su derecho fundamental a la privacidad y a la protección de su s datos personales, conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, su Reglamento, los Lineamientos del Aviso de Privacidad y demás disposiciones jurídic as aplicables. BEITECH reconoce que los datos biométricos y demás datos personales sensibles requieren un nivel reforzado de protección debido a la naturaleza de la información que contienen y al riesgo que podría representar un tratamiento indebido para l os derechos y libertades de sus titulares.
SEGUNDA. CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES
TRATADOS
Para la prestación de sus servicios tecnológicos, BEITECH podrá recabar datos personales de identificación, contacto, patrimoniales y financieros, así como datos p ersonales sensibles y biométricos, cuando ello resulte estrictamente necesario para el funcionamiento de sus dispositivos, aplicaciones o plataformas. Entre los datos personales sensibles y biométricos que podrán ser tratados se encuentran, de manera enunc iativa mas no limitativa: • Frecuencia cardiaca. • Variabilidad de la frecuencia cardiaca. • Ritmo cardiaco. • Saturación de oxígeno (cuando el dispositivo cuente con dicha funcionalidad). • Temperatura corporal o cutánea (cuando aplique). • Datos rel acionados con el sueño. • Patrones de descanso. • Actividad física. • Movimiento corporal. • Conteo de pasos. • Distancia recorrida. • Calorías estimadas. • Datos fisiológicos generados por sensores. • Información obtenida mediante sensores incorpo rados al dispositivo. • Información derivada del uso de inteligencia artificial o algoritmos desarrollados por
BEITECH.
El tratamiento de estos datos se limitará exclusivamente a las finalidades autorizadas por el titular y previstas en el presente Aviso de Privacidad.
TERCERA. FINALIDADES DEL TRATAMIENTO
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Los datos biométricos y demás datos personales sensibles serán tratados únicamente para las siguientes finalidades primarias:
I. Permitir el funcionamiento técnico de los dispositivos.
II. Generar estad ísticas de actividad física.
III. Mostrar métricas relacionadas con el rendimiento del usuario.
IV. Sincronizar la información entre el dispositivo y la plataforma.
V. Proporcionar reportes y gráficas personalizadas.
VI. Generar recomendaciones automatizad as de carácter tecnológico.
VII. Mejorar la experiencia del usuario.
VIII. Corregir errores del software.
IX. Desarrollar nuevas funcionalidades.
X. Realizar mantenimiento preventivo y correctivo.
XI. Garantizar la seguridad informática del servicio.
XII. Cumplir obligaciones legales y regulatorias.
BEITECH no utilizará los datos biométricos para finalidades distintas a aquellas expresamente autorizadas por el titular, salvo que exista obligación legal o mandato emitido por autoridad competente.
CUARTA. CO NSENTIMIENTO EXPRESO PARA EL
TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES SENSIBLES
De conformidad con los artículos 8, 9 y demás aplicables de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, el tratamiento de datos personales sensible s requerirá el consentimiento expreso del titular. Dicho consentimiento podrá obtenerse mediante: • Firma autógrafa. • Firma electrónica. • Casillas de aceptación ("check box"). • Aceptación electrónica dentro de la aplicación. • Consentimiento digital verificable. • Cualquier otro mecanismo que permita acreditar de manera fehaciente la voluntad del titular. El usuario reconoce que el otorgamiento de dicho consentimiento constituye una condición necesaria para que determinadas funcionalidades de los p roductos o servicios de BEITECH puedan operar correctamente, las cuales no necesariamente deben de cumplirse todas las ya mencionadas, si no con que haya una cuanto mucho es más que suficiente para tener su consentimiento expreso del titular (usuario).
QU INTA. PRINCIPIO DE MINIMIZACIÓN DE DATOS
BEITECH únicamente recabará los datos personales estrictamente necesarios para cumplir con las finalidades legítimas, concretas y previamente informadas al titular. En ningún caso se solicitarán datos personales sen sibles que no guarden relación directa con la prestación de los servicios tecnológicos ofrecidos.
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Asimismo, BEITECH procurará limitar el volumen de información tratada al mínimo indispensable para el adecuado funcionamiento de sus plataformas y dispositivo s.
SEXTA. MEDIDAS REFORZADAS DE SEGURIDAD
Considerando la naturaleza de los datos biométricos y personales sensibles tratados, BEITECH implementará medidas de seguridad administrativas, técnicas, físicas y organizacionales proporcionales al riesgo, incluy endo, entre otras: • Cifrado de la información durante su transmisión y almacenamiento. • Control de accesos basado en perfiles. • Autenticación de usuarios. • Registro de accesos y actividades. • Segmentación de bases de datos. • Monitoreo de inciden tes de seguridad. • Procedimientos de respaldo y recuperación de información. • Evaluaciones periódicas de vulnerabilidades. • Capacitación del personal autorizado. • Políticas internas de confidencialidad. • Gestión de incidentes de seguridad. • Act ualizaciones permanentes de seguridad informática. Estas medidas serán revisadas y actualizadas periódicamente para mantener un nivel adecuado de protección frente a riesgos tecnológicos.
SÉPTIMA. CONFIDENCIALIDAD
Toda persona que intervenga en cualquier fase del tratamiento de datos personales estará obligada a guardar absoluta confidencialidad respecto de la información a la que tenga acceso. Dicha obligación subsistirá aun cuando concluya la relación laboral, contractual, profesional o comercial con BE ITECH. Asimismo, los proveedores, distribuidores, desarrolladores, consultores y demás terceros que tengan acceso a datos personales deberán asumir obligaciones de confidencialidad equivalentes mediante la celebración de los instrumentos jurídicos correspo ndientes.
OCTAVA. CONSERVACIÓN Y ELIMINACIÓN DE LOS
DATOS
Los datos personales serán conservados únicamente durante el tiempo necesario para cumplir las finalidades descritas en el presente Aviso de Privacidad, atender obligaciones legales, resolver contr oversias o ejercer acciones legales. Una vez concluido el periodo de conservación aplicable, los datos serán eliminados, anonimizados, bloqueados o suprimidos mediante procedimientos seguros que impidan su recuperación no autorizada, salvo cuando una dispo sición legal obligue a su conservación.
NOVENA. TRANSFERENCIA DE DATOS
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BEITECH únicamente transferirá datos personales sensibles cuando:
I. Exista consentimiento expreso del titular.
II. Sea necesario para la ejecución de un contrato celebrado en interés del titular.
III. Exista obligación legal.
IV. Lo requiera autoridad competente.
V. Resulten aplicables las excepciones previstas en la Ley Federal de Protección de Datos
Personales en Posesión de los Particulares. Cuando intervengan proveedores tecnológic os o servicios de computación en la nube, BEITECH procurará que éstos implementen medidas de seguridad equivalentes a las exigidas por la legislación mexicana y celebrará los instrumentos jurídicos necesarios para garantizar la protección de la información .
DÉCIMA. DECISIONES AUTOMATIZADAS E
INTELIGENCIA ARTIFICIAL
Los productos y servicios de BEITECH podrán utilizar inteligencia artificial, algoritmos, modelos estadísticos, aprendizaje automático y sistemas automatizados para analizar la información propo rcionada por los dispositivos. El usuario reconoce que dichas tecnologías generan estimaciones, tendencias o recomendaciones automatizadas con fines exclusivamente tecnológicos, informativos y estadísticos. En ningún caso estas herramientas sustituirán la valoración realizada por un profesional de la salud ni producirán decisiones jurídicas, médicas o administrativas que generen efectos vinculantes para el usuario.
DÉCIMA PRIMERA. DATOS PERSONALES DE MENORES
DE EDAD
BEITECH no recabará intencionalmente dat os personales sensibles de menores de edad sin el consentimiento previo, expreso y verificable de quien ejerza la patria potestad, tutela o representación legal. Cuando BEITECH tenga conocimiento de que se han obtenido datos personales de un menor sin cump lir los requisitos legales correspondientes, adoptará las medidas razonables para suspender su tratamiento y proceder conforme a la legislación aplicable.
DÉCIMA SEGUNDA. EJERCICIO DE DERECHOS ARCO
El titular podrá ejercer en cualquier momento sus derecho s de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO), así como solicitar la limitación del uso, la revocación del consentimiento o la portabilidad de sus datos cuando resulte legalmente procedente, conforme al procedimiento previsto en el presente Av iso de Privacidad. BEITECH atenderá dichas solicitudes dentro de los plazos establecidos por la legislación aplicable.
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DÉCIMA TERCERA. NOTIFICACIÓN DE INCIDENTES DE
SEGURIDAD
Cuando ocurra una vulneración de seguridad que afecte de forma significativa los derechos patrimoniales o morales de los titulares, BEITECH notificará dicha circunstancia en el menor tiempo razonablemente posible, informando: • La naturaleza del incidente. • Los datos comprometidos. • Las medidas correctivas implementadas. • Las re comendaciones para disminuir riesgos. • Los medios de contacto para recibir información adicional.
DÉCIMA CUARTA. RESPONSABILIDAD DEL USUARIO
El usuario reconoce que también es responsable de proteger la confidencialidad de sus credenciales de acceso, d ispositivos móviles, contraseñas y demás mecanismos de autenticación utilizados para acceder a los servicios de BEITECH. La empresa no será responsable por accesos no autorizados derivados de negligencia del propio usuario, sin perjuicio de las obligacione s legales que correspondan a BEITECH.
DÉCIMA QUINTA. CUMPLIMIENTO NORMATIVO
BEITECH manifiesta que el tratamiento de datos personales sensibles y biométricos se llevará a cabo observando los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, fin alidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad, así como las medidas de seguridad previstas por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables. Asimismo, BEITECH podrá revisar y actualizar periódicamente sus procesos internos de protección de datos personales, con el propósito de fortalecer su programa de cumplimiento normativo, atender reformas legales, adoptar mejores prácticas internacionales y mejorar continua mente sus mecan ismos de seguridad y privacidad.
DÉCIMA SEXTA. VINCULACIÓN CON EL AVISO DE
PRIVACIDAD Y DEMÁS INSTRUMENTOS
CONTRACTUALES
El presente Capítulo deberá interpretarse y aplicarse conjuntamente con el Capítulo II. Aviso de Privacidad, constituye ndo ambos instrumentos parte del marco integral de protección de datos personales de BEITECH. El tratamiento de datos personales sensibles y, cuando corresponda, de datos biométricos, deberá realizarse exclusivamente para las finalidades previamente inform adas al titular y bajo las condiciones establecidas en el Aviso de Privacidad correspondiente. El presente Capítulo desarrolla las medidas, obligaciones, restricciones y mecanismos de protección aplicables específicamente a los datos personales sensibles y biométricos,
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mientras que el Aviso de Privacidad constituye el instrumento mediante el cual BEITECH informa al titular, entre otros aspectos, sobre:
I. La identidad y domicilio del responsable.
II. Los datos personales objeto de tratamiento.
III. Las fina lidades del tratamiento.
IV. Las opciones y mecanismos para limitar el uso o divulgación de los datos.
V. Los mecanismos para ejercer los derechos ARCO.
VI. Los procedimientos para revocar el consentimiento cuando legalmente proceda.
VII. Las transferencia s que, en su caso, se realicen.
VIII. Las modificaciones al Aviso de Privacidad.
IX. Los medios de contacto relacionados con el tratamiento.
En consecuencia, ninguna disposición de los Términos y Condiciones, EULA, Política de Cookies, Capítulo de Intelige ncia Artificial, Capítulo de Algoritmos o cualquier otro documento contractual deberá interpretarse como una autorización para tratar datos personales para finalidades distintas de aquellas informadas y jurídicamente permitidas. Cuando exista una diferenci a entre la finalidad descrita en un documento contractual y la finalidad informada en el Aviso de Privacidad, respecto del tratamiento de datos personales, deberá atenderse a la legislación aplicable y a la información efectivamente proporcionada al titula r. El tratamiento de datos biométricos mediante algoritmos, sistemas automatizados o herramientas de Inteligencia Artificial no modificará la naturaleza jurídica de los datos personales ni eximirá a BEITECH del cumplimiento de las obligaciones que legalmen te correspondan. Asimismo, el hecho de que los datos sean procesados de manera automatizada no implicará, por sí mismo, una autorización para utilizarlos con fines adicionales, comerciales, publicitarios, de entrenamiento de modelos, perfilamiento o cualqu ier otra finalidad distinta de la previamente informada y jurídicamente permitida. Cuando se pretenda utilizar información personal para una finalidad adicional que requiera consentimiento, BEITECH deberá obtenerlo mediante el mecanismo correspondiente ant es de realizar dicho tratamiento. Las obligaciones de confidencialidad, seguridad, minimización, conservación, eliminación, control de acceso y tratamiento lícito previstas en este Capítulo serán complementarias a las obligaciones establecidas en el Aviso de Privacidad.
DÉCIMA SÉPTIMA . EXACTITUD Y ORIGEN DE LOS
DATOS.
E l usuario será responsable de proporcionar información verdadera, completa y actualizada cuando ésta sea introducida directamente por él. Cuando la información provenga de dispositivos, sens ores, aplicaciones, sistemas de terceros o fuentes externas, BEITECH procesará la información recibida técnicamente conforme a las características del servicio, sin garantizar que la información de origen sea materialmente correcta cuando dicha circunstanc ia no se encuentre bajo su control.
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DÉCIMA OCTAVA . ALGORITMOS Y CÁLCULO DE
PARÁMETROS.
E l usuario reconoce que los resultados generados por BEITECH podrán derivar de algoritmos, modelos matemáticos, reglas de procesamiento, sensores, dispositivos y paráme tros tecnológicos. Los resultados constituyen estimaciones, mediciones o cálculos derivados de la información disponible y de las características técnicas del sistema. La información generada por BEITECH no deberá interpretarse, por sí misma, como una afir mación absoluta o definitiva sobre el estado de salud de una persona.
CAPÍTULO IX
CIBERSEGURIDAD Y USO PERMITIDO
PRIMERA. OBJETO
El presente Capítulo tiene por objeto establecer las condiciones de uso seguro de los dispositivos electrónicos, aplicaciones móviles, plataformas digitales, software, firmware, algoritmos, servicios en la nube, interfaces de programación (API), bases de datos, redes de comunicación y demás infraestructura tecnológica propiedad o administrada por BEITECH, así como regular las ob ligaciones de los usuarios en materia de ciberseguridad, integridad de la información, uso permitido de los servicios y protección de la infraestructura tecnológica. El usuario reconoce que la seguridad informática constituye un elemento esencial para la c ontinuidad operativa de BEITECH y se obliga a utilizar los servicios de forma responsable, lícita y conforme a los presentes Términos y Condiciones.
SEGUNDA. PRINCIPIOS DE SEGURIDAD DE LA
INFORMACIÓN
BEITECH implementará medidas administrativas, técnicas, físicas y organizacionales razonables para proteger la confidencialidad, integridad, disponibilidad, autenticidad y resiliencia de sus sistemas de información, procurando mantener un nivel adecuado de seguridad conforme a la naturaleza de los datos tratad os y a los riesgos tecnológicos identificados. Las medidas de seguridad serán revisadas y actualizadas periódicamente con el propósito de prevenir accesos no autorizados, pérdida de información, alteración de datos, uso indebido de los sistemas, ciberataqu es y demás amenazas que puedan comprometer la seguridad de la infraestructura tecnológica.
TERCERA. USO AUTORIZADO DE LOS SERVICIOS
El usuario únicamente podrá utilizar los productos y servicios de BEITECH para los fines expresamente autorizados por la em presa y conforme a la legislación aplicable.
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El acceso otorgado al usuario constituye una licencia de uso limitada, personal, revocable, no exclusiva e intransferible, la cual no implica transmisión alguna de derechos de propiedad intelectual sobre el soft ware, firmware, algoritmos, plataformas digitales, bases de datos o cualquier otro activo tecnológico de BEITECH. El usuario se compromete a utilizar los servicios respetando los principios de buena fe, legalidad, seguridad informática y uso responsable de los recursos tecnológicos.
CUARTA. USOS PROHIBIDOS
Queda estrictamente prohibido realizar cualquiera de las siguientes conductas:
I. Acceder sin autorización a sistemas, servidores, bases de datos o infraestructura
tecnológica de BEITECH.
II. Intentar vu lnerar los mecanismos de autenticación o seguridad implementados por la
empresa.
III. Introducir virus informáticos, malware, ransomware, spyware, troyanos, bots o
cualquier otro código malicioso.
IV. Ejecutar ataques de denegación de servicio (DoS o DDoS) , fuerza bruta, explotación de
vulnerabilidades o cualquier otro ataque informático.
V. Interferir, alterar, modificar, inutilizar o afectar el funcionamiento normal de los sistemas.
VI. Obtener, copiar, extraer o reproducir bases de datos o información me diante técnicas
automatizadas, incluyendo scraping, minería de datos o procesos similares.
VII. Descompilar, desensamblar, modificar, alterar o realizar ingeniería inversa del software,
firmware, algoritmos, inteligencia artificial, API o cualquier otro co mponente tecnológico.
VIII. Eludir, desactivar o manipular mecanismos de protección tecnológica, licenciamiento
o autenticación.
IX. Compartir credenciales de acceso con terceros no autorizados.
X. Utilizar los servicios para actividades ilícitas, fraudule ntas o contrarias al orden público.
XI. Suplantar la identidad de otra persona o utilizar información falsa para registrarse.
XII. Utilizar herramientas automatizadas para generar tráfico artificial o alterar métricas del
sistema.
XIII. Comercializar, subl icenciar, arrendar o explotar los servicios sin autorización expresa
y por escrito de BEITECH. El incumplimiento de cualquiera de estas prohibiciones facultará a BEITECH para suspender o cancelar inmediatamente el acceso del usuario, sin perjuicio de ejerc er las acciones legales correspondientes.
QUINTA. SEGURIDAD DE LAS CREDENCIALES
El usuario será el único responsable de la confidencialidad, resguardo y uso de sus nombres de usuario, contraseñas, códigos de autenticación, llaves de acceso, certificados d igitales y cualquier otro mecanismo de autenticación utilizado para acceder a los servicios de
BEITECH.
El usuario deberá: • Crear contraseñas robustas. • No compartir sus credenciales con terceros. • Cambiar periódicamente sus contraseñas.
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• Notificar inmediatamente cualquier acceso no autorizado. • Mantener actualizados sus dispositivos y sistemas operativos. Toda actividad realizada mediante las credenciales del usuario se presumirá efectuada por éste, salvo prueba en contrario.
SEXTA. ACTUALIZACIO NES DE SEGURIDAD
Con la finalidad de preservar la seguridad de los sistemas y proteger la información de los usuarios, BEITECH podrá implementar actualizaciones de software, firmware, algoritmos, inteligencia artificial, plataformas digitales y demás compo nentes tecnológicos. Cuando dichas actualizaciones sean indispensables para corregir vulnerabilidades críticas o garantizar la continuidad del servicio, su instalación podrá tener carácter obligatorio para continuar utilizando determinadas funcionalidades. La negativa injustificada del usuario a instalar dichas actualizaciones podrá ocasionar la suspensión parcial o total del servicio, sin responsabilidad para BEITECH.
SÉPTIMA. MONITOREO Y DETECCIÓN DE INCIDENTES
Con fines de seguridad informática, prevenc ión de fraudes, protección de la infraestructura tecnológica y cumplimiento normativo, BEITECH podrá monitorear razonablemente la operación de sus sistemas, registrar eventos de seguridad, conservar bitácoras de acceso, analizar tráfico de red y detectar a ctividades inusuales o potencialmente maliciosas. Dicho monitoreo se realizará respetando la legislación aplicable en materia de protección de datos personales y privacidad.
OCTAVA. GESTIÓN DE INCIDENTES DE
CIBERSEGURIDAD
En caso de detectarse un incident e que comprometa la seguridad de los sistemas, la información o los servicios, BEITECH podrá adoptar, entre otras, las siguientes medidas:
I. Suspender temporalmente cuentas de usuario.
II. Bloquear accesos sospechosos.
III. Aislar sistemas comprometidos.
IV. Revocar credenciales de acceso.
V. Restablecer configuraciones de seguridad.
VI. Realizar investigaciones técnicas.
VII. Notificar a los usuarios cuando proceda conforme a la legislación aplicable.
VIII. Presentar denuncias o colaborar con las autorida des competentes.
Estas acciones tendrán como finalidad contener el incidente, reducir sus efectos y restablecer la seguridad de los sistemas.
NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL USUARIO SOBRE SUS
DISPOSITIVOS
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El usuario será responsable de mantener en condiciones adecuadas de seguridad los equipos, dispositivos móviles, computadoras, redes y sistemas desde los cuales acceda a los servicios de BEITECH. En consecuencia, deberá procurar: • Contar con software antivirus actualizado. • Mantener sus sistemas operativos con los parches de seguridad correspondientes. • Utilizar redes confiables. • Evitar el acceso desde equipos comprometidos. • Implementar mecanismos de autenticación adecuados. BEITECH no será responsable por vulneraciones de seguridad originadas excl usivamente en los dispositivos o sistemas del usuario.
DÉCIMA. SERVICIOS DE TERCEROS
Cuando los servicios de BEITECH interactúen con plataformas, servicios en la nube, proveedores de internet, pasarelas de pago, sistemas operativos, proveedores de autenti cación, herramientas de inteligencia artificial o cualquier otra infraestructura administrada por terceros, BEITECH no será responsable por fallas, interrupciones, vulnerabilidades, modificaciones o incidentes de seguridad atribuibles exclusivamente a dich os terceros. No obstante, BEITECH procurará seleccionar proveedores que implementen estándares razonables de seguridad de la información.
DÉCIMA PRIMERA. COOPERACIÓN CON AUTORIDADES
Cuando exista requerimiento emitido por autoridad competente o cuando res ulte necesario para prevenir, investigar o perseguir conductas ilícitas, BEITECH podrá colaborar con las autoridades competentes en los términos permitidos por la legislación aplicable, proporcionando la información estrictamente necesaria y observando en todo momento las obligaciones en materia de protección de datos personales.
DÉCIMA SEGUNDA. RESERVA DE DERECHOS
BEITECH se reserva el derecho de restringir, suspender o cancelar de manera temporal o definitiva el acceso a cualquiera de sus productos o ser vicios cuando detecte conductas que comprometan la seguridad informática, vulneren la integridad de sus sistemas, incumplan los presentes Términos y Condiciones o representen un riesgo para otros usuarios, para la empresa o para terceros. La adopción de es tas medidas preventivas no generará derecho a indemnización alguna cuando se encuentren justificadas por razones de seguridad, cumplimiento normativo o protección de la infraestructura tecnológica.
DÉCIMA TERCERA. CUMPLIMIENTO DE ESTÁNDARES
DE SEGURIDAD
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B EITECH procurará que sus procesos internos de seguridad de la información se alineen con estándares y mejores prácticas reconocidas internacionalmente, incluyendo, cuando resulte aplicable, marcos de referencia como ISO/IEC 27001, ISO/IEC 27701, ISO/IEC 27 017, ISO/IEC 27018, el NIST Cybersecurity Framework y demás lineamientos técnicos equivalentes, sin que ello implique una certificación o garantía específica, salvo que la empresa lo comunique expresamente.
DÉCIMA CUARTA. INDEMNIZACIÓN POR INCIDENTES
IMPU TABLES AL USUARIO
El usuario será responsable de los daños y perjuicios que ocasione a BEITECH como consecuencia de actos dolosos, fraudulentos, negligentes o realizados en contravención a los presentes Términos y Condiciones, obligándose a indemnizar y sa car en paz y a salvo a BEITECH, sus accionistas, administradores, empleados, representantes, afiliadas, proveedores y desarrolladores respecto de cualquier reclamación, procedimiento, sanción, multa, gasto, honorario o responsabilidad derivada de dichos ac tos.
DÉCIMA QUINTA. SUPERVIVENCIA
Las obligaciones previstas en el presente Capítulo continuarán siendo exigibles aun después de la terminación de la relación contractual entre el usuario y BEITECH, en todo aquello relacionado con la protección de la info rmación, la confidencialidad, la propiedad intelectual, la seguridad informática, la responsabilidad por incidentes y el cumplimiento de obligaciones legales derivadas del uso de los servicios.
CAPÍTULO X
POLÍTICA DE GESTIÓN DE
VULNERABILIDADES Y DIVULGAC IÓN
RESPONSABLE
PRIMERA. OBJETO
La presente Política de Gestión de Vulnerabilidades y Divulgación Responsable tiene por objeto establecer el procedimiento mediante el cual BEITECH prevendrá, identificará, evaluará, atenderá, documentará, mitigará y corr egirá vulnerabilidades de seguridad que puedan afectar sus dispositivos electrónicos, aplicaciones móviles, plataformas digitales, software, firmware, algoritmos, interfaces de programación (API), infraestructura tecnológica, servicios en la nube, bases de datos y cualquier otro activo digital propiedad o administrado por la empresa. Asimismo, esta Política regula el mecanismo de comunicación con investigadores de seguridad, usuarios, clientes, proveedores y terceros que identifiquen vulnerabilidades,
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promo viendo una divulgación responsable, coordinada y ética, con el propósito de fortalecer la seguridad de los productos y servicios de BEITECH y reducir los riesgos para los usuarios.
SEGUNDA. ALCANCE
La presente Política será aplicable a:
I. Sitios web admi nistrados por BEITECH.
II. Aplicaciones móviles.
III. Software.
IV. Firmware.
V. Plataformas digitales.
VI. APIs.
VII. Infraestructura tecnológica.
VIII. Servicios en la nube.
IX. Bases de datos.
X. Dispositivos electrónicos desarrollados o comercializados por BEITECH.
XI. Servicios tecnológicos prestados por la empresa.
XII. Cualquier otro activo digital cuya administración corresponda a BEITECH.
TERCERA. DEFINICIONES
Para efectos de esta Política se entenderá por: Vulnerabilidad: Cualquier debilidad, err or de configuración, defecto de programación, falla de seguridad o condición técnica que pueda ser explotada para comprometer la confidencialidad, integridad, disponibilidad o autenticidad de la información o de los sistemas de BEITECH. Investigador de Seg uridad: Persona física o moral que, actuando de buena fe, detecta y reporta una posible vulnerabilidad sin perseguir un beneficio ilícito ni afectar la operación de los sistemas. Divulgación Responsable: Procedimiento mediante el cual una vulnerabilidad es comunicada confidencialmente a BEITECH para permitir su análisis y corrección antes de cualquier divulgación pública. Incidente de Seguridad: Evento que comprometa o pueda comprometer la seguridad de la información, los sistemas, los servicios o los activ os tecnológicos de BEITECH.
CUARTA. PRINCIPIOS RECTORES
La gestión de vulnerabilidades se regirá por los siguientes principios:
I. Confidencialidad.
II. Buena fe.
III. Cooperación.
IV. Proporcionalidad.
V. Gestión oportuna del riesgo.
VI. Mejora continua.
VII. Seguridad por diseño.
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V III. Privacidad desde el diseño.
IX. Cumplimiento normativo.
X. Protección de los usuarios.
QUINTA. CANAL OFICIAL PARA EL REPORTE DE
VULNERABILIDADES
Toda vulnerabilidad deberá ser reportada exclusivamente a través de los medi os oficiales designados por BEITECH. Correo electrónico oficial: info@beitech.com.mx El reporte deberá contener, cuando sea posible: • Descripción clara de la vulnerabilidad. • Sistemas afectados. • Evidencia técnica. • Pasos para reproducir la vulnerabil idad. • Nivel estimado de impacto. • Información de contacto del reportante. BEITECH podrá solicitar información adicional cuando sea necesaria para validar el reporte.
SEXTA. COMPROMISOS DE BEITECH
BEITECH se compromete a:
I. Acusar de recibido el report e en un plazo razonable.
II. Analizar técnicamente la vulnerabilidad.
III. Clasificar el nivel de riesgo conforme a su impacto y probabilidad de explotación.
IV. Implementar medidas de contención cuando resulte necesario.
V. Desarrollar las correcciones co rrespondientes.
VI. Mantener comunicación razonable con el reportante.
VII. Proteger la identidad del investigador cuando éste solicite confidencialidad.
VIII. Documentar el incidente para fortalecer sus procesos internos de seguridad.
IX. Incorporar las l ecciones aprendidas a su programa de mejora continua.
SÉPTIMA. OBLIGACIONES DEL INVESTIGADOR DE
SEGURIDAD
Toda persona que reporte una vulnerabilidad deberá actuar de buena fe y se obliga a:
I. No explotar la vulnerabilidad con fines ilícitos.
II. No acce der, modificar, destruir, copiar o divulgar información de terceros.
III. No afectar la disponibilidad de los sistemas.
IV. No instalar software malicioso.
V. No utilizar técnicas que ocasionen daños a la infraestructura tecnológica.
VI. Mantener absoluta confidencialidad respecto de la vulnerabilidad hasta que BEITECH
autorice su divulgación pública.
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VII. Abstenerse de realizar actos de extorsión, amenazas o solicitudes económicas como
condición para revelar la vulnerabilidad.
VIII. Cumplir con la legislac ión aplicable.
OCTAVA. DIVULGACIÓN RESPONSABLE
Con la finalidad de proteger la seguridad de los usuarios y de la infraestructura tecnológica, las partes acuerdan que ninguna vulnerabilidad podrá hacerse pública antes de que:
I. BEITECH haya implementado l as medidas correctivas necesarias; o
II. Haya transcurrido un plazo razonable previamente acordado entre las partes para la
atención del incidente. La divulgación anticipada que ponga en riesgo a los usuarios, facilite ataques informáticos o comprometa la seguridad de los sistemas podrá dar lugar al ejercicio de las acciones legales que correspondan.
NOVENA. ACTIVIDADES AUTORIZADAS
BEITECH autoriza exclusivamente actividades de investigación de seguridad que: • Se realicen de buena fe. • No afecten la cont inuidad operativa. • No comprometan información de terceros. • No ocasionen daños. • Se limiten a verificar la existencia de la vulnerabilidad. • Sean reportadas inmediatamente conforme a esta Política.
DÉCIMA. ACTIVIDADES PROHIBIDAS
Queda estrictamente p rohibido:
I. Extraer bases de datos.
II. Acceder a información personal de terceros.
III. Modificar registros.
IV. Alterar evidencia digital.
V. Ejecutar ataques de denegación de servicio.
VI. Utilizar malware.
VII. Obtener beneficios económicos mediante l a explotación de la vulnerabilidad.
VIII. Comercializar la información obtenida.
IX. Publicar detalles técnicos antes de la autorización de BEITECH.
X. Vulnerar sistemas de terceros utilizando la infraestructura de BEITECH.
DÉCIMA PRIMERA. GESTIÓN INTERNA DE
VULNERABILIDADES
BEITECH implementará un programa permanente de gestión de vulnerabilidades que comprenderá, entre otras actividades: • Identificación de activos tecnológicos.
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• Monitoreo continuo. • Evaluaciones periódicas de seguridad. • Escaneo de v ulnerabilidades. • Pentesting, o penetration testing . • R evisión segura del código fuente . • Gestión de parches de seguridad. • Evaluación de proveedores tecnológicos. • Análisis de riesgos. • Auditorías internas. • Capacitación del personal. • Simulacros de respuesta a incidentes.
DÉCIMA SEGUNDA. CONSERVACIÓN DE EVIDENCIA
DIGITAL
Toda evidencia relacionada con vulnerabilidades o incidentes de seguridad será preservada mediante mecanismos que garanticen su autenticidad, integridad, disponibilidad, trazabil idad y valor probatorio. Cuando resulte procedente, BEITECH podrá implementar mecanismos de conservación de mensajes de datos y sellado de tiempo conforme a la NOM - 151 - SCFI - 2016, o la disposición que la sustituya, con la finalidad de fortalecer la validez jurídica de la evidencia digital y facilitar su utilización en procedimientos administrativos, judiciales o arbitrales.
DÉCIMA TERCERA. RESPONSABILIDAD
La presente Política no autoriza el acceso irrestricto a los sistemas de BEITECH ni constituye licencia para realizar pruebas de intrusión sin autorización. Toda actividad realizada fuera de los límites establecidos en esta Política podrá dar lugar a la suspensión de accesos, reclamaciones civiles, denuncias penales, procedimientos administrativos o cualqui er otra acción legal que corresponda.
DÉCIMA CUARTA. CUMPLIMIENTO NORMATIVO
La presente Política será interpretada y aplicada conforme a: • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. • Código Civil Federal. • Código de Comercio. • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. • Ley Federal del Derecho de Autor. • Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. • Ley Federal de Protección al Consumidor. • Código Penal Federal. • Demás legislación mexicana ap licable en materia de seguridad informática, protección de datos y delitos informáticos.
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Asimismo, BEITECH procurará alinear su programa de gestión de vulnerabilidades con estándares internacionales reconocidos, tales como ISO/IEC 27001, ISO/IEC 27002, ISO /IEC 27035, ISO/IEC 29147 (Vulnerability Disclosure), ISO/IEC 30111 (Vulnerability Handling Processes) y el NIST Cybersecurity Framework, en la medida en que resulten aplicables a la naturaleza de sus operaciones.
DÉCIMA QUINTA. ACTUALIZACIÓN DE LA POLÍTI CA
BEITECH podrá modificar, actualizar o sustituir la presente Política cuando resulte necesario por razones tecnológicas, regulatorias, operativas o de seguridad informática. Las modificaciones serán publicadas en los medios oficiales de la empresa y surt irán efectos a partir de la fecha que en ellas se indique.
DÉCIMA SEXTA. SUPERVIVENCIA
Las obligaciones de confidencialidad, protección de información, preservación de evidencia, divulgación responsable y responsabilidad derivadas de la presente Política continuarán vigentes aun después de concluida la relación jurídica entre las partes, en la medida permitida por la legislación aplicable.
CAPÍTULO XI
POLÍTICA DE DEVOLUCIONES,
CANCELACIONES Y REEMBOLSOS
PRIMERA. OBJETO
El presente Capítulo tiene por obje to regular las condiciones, requisitos, procedimientos y efectos aplicables a las solicitudes de devolución, cancelación, sustitución, cambio y reembolso de los productos, dispositivos electrónicos, software, firmware, aplicaciones móviles, licencias digit ales y demás bienes o servicios comercializados por BEITECH, garantizando el equilibrio entre los derechos de los consumidores y la protección jurídica y patrimonial de la empresa, conforme a la legislación aplicable. Las disposiciones contenidas en este C apítulo se interpretarán de conformidad con la Ley Federal de Protección al Consumidor, el Código de Comercio, el Código Civil Federal, la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, la Ley Federal del Derecho de Autor, la Ley Federal de Protecció n de Datos Personales en Posesión de los Particulares y demás disposiciones legales aplicables.
SEGUNDA. ÁMBITO DE APLICACIÓN
La presente Política será aplicable a:
I. Dispositivos electrónicos.
II. Accesorios.
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III. Software.
IV. Firmware.
V. Aplicaciones móviles.
VI. Licencias digitales.
VII. Servicios tecnológicos.
VIII. Suscripciones.
IX. Servicios en la nube.
X. Productos comercializados a través del sitio web oficial, distribuidores autorizados o
canales comerciales autorizados por BEITECH.
TERCERA. PRINCIPIO GENERAL
Toda solicitud de devolución será analizada individualmente por BEITECH conforme a las condiciones de contratación, la naturaleza del producto o servicio adquirido, el resultado de la inspección técnica correspondiente y la legislación ap licable. La aceptación de una devolución no constituirá reconocimiento de responsabilidad por parte de BEITECH respecto de defectos, daños o incumplimientos distintos de aquellos expresamente acreditados.
CUARTA. PLAZO PARA SOLICITAR DEVOLUCIONES
El consu midor deberá presentar su solicitud de devolución dentro del plazo señalado en la garantía correspondiente o, en su defecto, dentro del plazo legal aplicable. Las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo podrán ser rechazadas, salvo disposición legal e n contrario.
QUINTA. REQUISITOS PARA SOLICITAR UNA
DEVOLUCIÓN
Para iniciar el procedimiento de devolución será necesario:
I. Presentar comprobante de compra.
II. Acreditar la identidad del solicitante.
III. Indicar el número de pedido, factura o referenci a correspondiente.
IV. Describir detalladamente el motivo de la devolución.
V. Entregar el producto para su revisión técnica cuando resulte procedente.
VI. Permitir a BEITECH realizar las pruebas necesarias para verificar el estado del producto.
SEXTA. CO NDICIONES DEL PRODUCTO
Salvo disposición legal distinta, únicamente procederán devoluciones respecto de productos que: • Se encuentren completos. • Conserven sus componentes esenciales. • No presenten daños ocasionados por el usuario. • No hayan sido modif icados. • No presenten alteraciones físicas.
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• No hayan sido abiertos o manipulados indebidamente. • No hayan sido intervenidos por terceros no autorizados. Cuando el producto sea devuelto incompleto o presente daños atribuibles al usuario, BEITECH podrá n egar la devolución o aplicar las deducciones legalmente procedentes.
SÉPTIMA. PRODUCTOS NO SUSCEPTIBLES DE
DEVOLUCIÓN
Salvo que exista defecto de fabricación o disposición legal expresa, no procederá la devolución de:
I. Software descargable.
II. Licencia s digitales ya activadas.
III. Firmware instalado.
IV. Contenido digital consumido.
V. Suscripciones utilizadas total o parcialmente.
VI. Productos personalizados.
VII. Productos fabricados conforme a especificaciones del cliente.
VIII. Productos cuyo sell o de seguridad haya sido removido cuando ello comprometa su
integridad o seguridad.
IX. Productos manipulados mediante ingeniería inversa.
X. Productos alterados por terceros no autorizados.
OCTAVA. INSPECCIÓN TÉCNICA
Toda devolución estará sujeta a una i nspección técnica realizada por personal autorizado de BEITECH. Dicha inspección tendrá por objeto verificar: • El estado físico del producto. • El funcionamiento del hardware. • El funcionamiento del software. • El estado del firmware. • La existencia de modificaciones no autorizadas. • Manipulación indebida. • Daños ocasionados por el usuario. • Evidencia de humedad. • Daños eléctricos. • Alteraciones del número de serie. • Uso indebido. El dictamen técnico emitido por BEITECH será incorporado al expedien te correspondiente y servirá como elemento para resolver la procedencia de la solicitud, sin perjuicio de los derechos que correspondan al consumidor conforme a la legislación aplicable.
NOVENA. CANCELACIÓN DE PEDIDOS
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Las órdenes de compra únicamente podr án cancelarse antes de que el producto haya sido enviado o el servicio haya comenzado a prestarse. Una vez iniciado el proceso de envío, activación, instalación o prestación del servicio, la cancelación estará sujeta a las condiciones específicas del produ cto adquirido y a la legislación aplicable.
DÉCIMA. REEMBOLSOS
Cuando proceda un reembolso conforme a la legislación aplicable o a la presente Política, BEITECH podrá efectuarlo mediante:
I. Reversión al medio de pago originalmente utilizado.
II. Transfer encia bancaria.
III. Nota de crédito.
IV. Sustitución del producto.
V. Cualquier otro mecanismo aceptado por las partes y permitido por la ley.
El reembolso comprenderá únicamente los conceptos legalmente procedentes y no implicará el reconocimiento de dañ os adicionales, salvo resolución emitida por autoridad competente.
DÉCIMA PRIMERA. GASTOS DE ENVÍO
Los gastos de transporte derivados de una devolución serán cubiertos por la parte responsable del motivo que origine la devolución (es decir el usuario), co nforme al dictamen técnico correspondiente y a la legislación aplicable. Cuando la devolución proceda por un defecto imputable a BEITECH, la empresa asumirá los gastos razonables de envío, retiro o sustitución del producto.
DÉCIMA SEGUNDA. CONTRACARGOS Y PREVENCIÓN DE
FRAUDES
Cuando el usuario inicie un procedimiento de contracargo ante una institución financiera, BEITECH podrá suspender temporalmente el procesamiento de cualquier devolución o reembolso hasta que exista una resolución definitiva emitida po r la institución correspondiente. BEITECH podrá conservar y presentar toda la evidencia documental, electrónica y digital necesaria para acreditar la existencia de la operación, incluyendo órdenes de compra, comprobantes de pago, registros de acceso, direc ciones IP, bitácoras del sistema, evidencia de entrega, mensajes de datos y demás elementos permitidos por la legislación aplicable. La presentación de reclamaciones falsas, información inexacta o solicitudes fraudulentas facultará a BEITECH para ejercer l as acciones legales correspondientes.
DÉCIMA TERCERA. CONSERVACIÓN DE EVIDENCIA
DIGITAL
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Con la finalidad de acreditar las operaciones realizadas, BEITECH podrá conservar registros electrónicos relacionados con: • Pedidos. • Facturación. • Pagos. • Confirm aciones electrónicas. • Comunicaciones. • Entregas. • Activaciones. • Licencias. • Reportes técnicos. • Solicitudes de devolución. Cuando resulte procedente, dichos registros podrán conservarse mediante mecanismos compatibles con la NOM - 151 - SCFI - 2016, o la disposición que la sustituya, fortaleciendo su autenticidad e integridad como medios de prueba.
DÉCIMA CUARTA. PREVENCIÓN DEL ABUSO DEL
DERECHO
BEITECH podrá rechazar solicitudes de devolución cuando existan elementos objetivos que permitan acreditar un uso abusivo o fraudulento de la presente Política, incluyendo, entre otros: • Devoluciones reiteradas sin causa justificada. • Manipulación del producto. • Alteración de evidencia. • Uso temporal del producto con fines distintos a su adquisición legítima. • Presentación de documentación falsa. • Simulación de defectos. Lo anterior se aplicará sin perjuicio de los derechos irrenunciables reconocidos a los consumidores por la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Toda la inform ación proporcionada durante el procedimiento de devolución será tratada conforme al Aviso de Privacidad de BEITECH y a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, utilizándose exclusivamente para gestionar la solicitud , prevenir fraudes, cumplir obligaciones legales y ejercer los derechos de la empresa.
DÉCIMA SEXTA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las controversias derivadas de la interpretación o aplicación de la presente Política procurarán resolverse, en primera instan cia, mediante negociación directa entre las partes. Sin perjuicio del derecho del consumidor de acudir ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) o a las autoridades jurisdiccionales competentes, las partes podrán
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acordar mecanismos alternativos de solución de controversias, tales como mediación, conciliación o arbitraje, cuando legalmente procedan.
DÉCIMA SÉPTIMA. ACTUALIZACIÓN DE LA POLÍTICA
BEITECH podrá modificar la presente Política cuando resulte necesario por cambios legislativos, regulat orios, tecnológicos, comerciales o de operación. Las modificaciones serán publicadas en los medios oficiales de la empresa y entrarán en vigor en la fecha que en ellas se indique. Las modificaciones no afectarán los derechos adquiridos por los consumidores respecto de operaciones celebradas con anterioridad, salvo cuando una disposición legal permita su aplicación inmediata.
DÉCIMA OCTAVA. SUPERVIVENCIA
Las disposiciones relativas a devoluciones, reembolsos, conservación de evidencia, prevención de fraude, confidencialidad, protección de datos personales y responsabilidad continuarán siendo aplicables aun después de concluida la relación contractual, en la medida necesaria para atender reclamaciones, auditorías, procedimientos administrativos o judiciales y el cumplimiento de obligaciones legales.
CAPÍTULO XII
COMERCIO ELECTRÓNICO Y PAGOS
PRIMERA. OBJETO
El presente Capítulo tiene por objeto regular las condiciones aplicables a la contratación electrónica, compraventa de productos, adquisición de licencias de software, contratación de servicios digitales, suscripciones, procesamiento de pagos, facturación electrónica, conservación de evidencia digital y demás operaciones comerciales realizadas a través de los sitios web, aplicaciones móviles, plataformas di gitales, sistemas electrónicos y demás medios tecnológicos administrados por BEITECH. Las disposiciones contenidas en este Capítulo se interpretarán de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código de Comercio, el Códi go Civil Federal, la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley de Firma Electrónica Avanzada, el Código Fiscal de la Federación, la NOM - 151 - SCFI - 2016 o la disposición q ue la sustituya, así como las demás disposiciones legales aplicables.
SEGUNDA. VALIDEZ JURÍDICA DE LA CONTRATACIÓN
ELECTRÓNICA
Las partes reconocen que toda contratación realizada mediante plataformas digitales, aplicaciones móviles, sitios web, correos e lectrónicos, mensajes de datos, interfaces
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electrónicas, dispositivos tecnológicos o cualquier otro medio electrónico autorizado por BEITECH tendrá plena validez y eficacia jurídica. En consecuencia, el usuario reconoce que los actos realizados mediante me dios electrónicos producirán los mismos efectos legales que aquellos celebrados por escrito con firma autógrafa, siempre que se cumplan los requisitos previstos por la legislación aplicable.
TERCERA. CONSENTIMIENTO ELECTRÓNICO
El usuario manifiesta su con sentimiento expreso para obligarse jurídicamente cuando:
I. Seleccione la opción "Acepto", "Comprar", "Continuar", "Confirmar", "Suscribirme" o
cualquier otra equivalente.
II. Active una casilla de aceptación.
III. Continúe utilizando los servicios después de haber sido informado de los presentes
Términos y Condiciones, cuando legalmente proceda.
IV. Utilice mecanismos de autenticación electrónica implementados por BEITECH.
V. Emplee certificados digitales, firmas electrónicas o cualquier mecanismo de ident ificación
electrónica permitido por la legislación aplicable. Las partes reconocen que dichos mecanismos constituyen manifestaciones válidas del consentimiento.
CUARTA. MENSAJES DE DATOS
Toda información generada, enviada, recibida, almacenada o conservad a mediante sistemas electrónicos tendrá el carácter de mensaje de datos, conforme al Código de Comercio. Los mensajes de datos constituirán prueba plena de las operaciones realizadas cuando conserven su integridad, autenticidad, disponibilidad y trazabilid ad, conforme a la legislación aplicable.
QUINTA. CONSERVACIÓN DE EVIDENCIA DIGITAL
BEITECH podrá conservar evidencia electrónica relacionada con las operaciones realizadas por los usuarios, incluyendo: • Órdenes de compra. • Facturas. • Comprobantes de pa go. • Confirmaciones electrónicas. • Registros de acceso. • Direcciones IP. • Bitácoras del sistema. • Registros de autenticación. • Sellos de tiempo. • Confirmaciones de aceptación. • Historial de navegación relacionado con la contratación. • Comunicacion es electrónicas. • Registros de activación de licencias. • Confirmaciones de entrega.
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Cuando resulte procedente, dicha información podrá conservarse utilizando mecanismos compatibles con la NOM - 151 - SCFI - 2016 o la disposición que la sustituya, con el objeto de fortalecer su autenticidad, integridad y valor probatorio.
SEXTA. PROCESAMIENTO DE PAGOS
Los pagos podrán realizarse mediante los medios autorizados por BEITECH, incluyendo: • Tarjetas bancarias. • Transferencias electrónicas. • Pasarelas de pago. • P lataformas financieras autorizadas. • Instituciones de pago electrónico. • Cualquier otro mecanismo habilitado por BEITECH. El procesamiento de los pagos podrá ser realizado por proveedores especializados independientes. BEITECH no almacena información fin anciera del usuario distinta de aquella estrictamente necesaria para cumplir obligaciones legales, fiscales o contractuales, salvo cuando el usuario otorgue autorización expresa y ello sea técnicamente indispensable.
SÉPTIMA. PASARELAS DE PAGO
El usuario reconoce que determinadas operaciones podrán ser procesadas por instituciones financieras o proveedores especializados independientes. En consecuencia:
I. Las instituciones financieras serán responsables del procesamiento de las transacciones
bajo sus prop ios términos y condiciones.
II. BEITECH no será responsable por interrupciones, rechazos, bloqueos, validaciones
adicionales o fallas atribuibles exclusivamente a dichas entidades.
III. Toda controversia relacionada con la operación bancaria deberá atender se inicialmente
ante la institución correspondiente, sin perjuicio de los derechos que asistan al usuario frente a BEITECH cuando resulte legalmente procedente.
OCTAVA. VALIDACIÓN DE IDENTIDAD
Con la finalidad de prevenir fraudes, suplantación de identida d, operaciones irregulares o accesos no autorizados, BEITECH podrá solicitar mecanismos adicionales de validación de identidad antes de autorizar determinadas operaciones. Entre dichos mecanismos podrán incluirse: • Confirmación por correo electrónico. • C ódigos de verificación. • Autenticación multifactor (MFA). • Confirmación telefónica. • Documentación oficial. • Validaciones biométricas cuando exista consentimiento expreso y se cumpla con la legislación aplicable.
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La negativa injustificada a proporciona r la información estrictamente necesaria podrá impedir la conclusión de la operación.
NOVENA. FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
Cuando el usuario solicite la expedición de un comprobante fiscal digital, deberá proporcionar información fiscal correcta, completa y ac tualizada. BEITECH emitirá los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) conforme a la legislación fiscal vigente. El usuario será responsable de verificar la exactitud de los datos proporcionados para la emisión del comprobante correspondiente.
DÉCIMA. PREVENCIÓN DE FRAUDES
BEITECH podrá implementar mecanismos automatizados y manuales para prevenir operaciones fraudulentas, incluyendo: • Verificación de identidad. • Análisis de riesgo. • Validación de pagos. • Revisión de direcciones IP. • Detec ción de operaciones inusuales. • Monitoreo de patrones de compra. • Validación de dispositivos. • Sistemas automatizados de prevención de fraude. Cuando existan indicios razonables de fraude, BEITECH podrá suspender temporalmente la operación mientras conc luye el proceso de verificación correspondiente.
DÉCIMA PRIMERA. CONTRACARGOS
Cuando el usuario solicite un contracargo ante una institución financiera respecto de una operación realizada con BEITECH, la empresa podrá presentar toda la evidencia documenta l y electrónica necesaria para acreditar la existencia de la operación. En caso de que el contracargo resulte improcedente y sea atribuible a una actuación dolosa o fraudulenta del usuario, BEITECH podrá ejercer las acciones legales correspondientes para l a recuperación de los montos adeudados y la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.
DÉCIMA SEGUNDA. LICENCIAS DIGITALES Y
ACTIVACIÓN
Las licencias de software, firmware, aplicaciones móviles, servicios digitales o suscripciones se considerarán e ntregadas una vez que el usuario reciba el mecanismo de activación correspondiente o tenga acceso efectivo al servicio contratado. La activación de una licencia implicará la aceptación del Contrato de Licencia de Usuario Final (EULA) y de los presentes Tér minos y Condiciones.
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DÉCIMA TERCERA. DISPONIBILIDAD DE PRODUCTOS
La publicación de productos o servicios en los medios electrónicos de BEITECH constituye una invitación para contratar y estará sujeta a disponibilidad, validación de inventario, confirmació n del pago y aceptación de la operación por parte de la empresa. BEITECH podrá rechazar una operación cuando existan errores evidentes de captura, disponibilidad, precio, configuración, fraude, incumplimiento legal o cualquier circunstancia objetiva que im pida válidamente la celebración del contrato, informando oportunamente al usuario y, en su caso, restituyendo las cantidades que legalmente correspondan.
DÉCIMA CUARTA. ERRORES EN PRECIOS O
INFORMACIÓN
Si por causas técnicas, humanas o de sistemas se publ ican precios, promociones, descuentos o especificaciones manifiestamente erróneos, BEITECH podrá dejar sin efectos la operación antes de la entrega del producto o de la activación del servicio, notificando al usuario y ofreciéndole, cuando resulte proceden te, la posibilidad de confirmar la compra bajo las condiciones correctas o solicitar el reembolso correspondiente. Esta facultad no podrá ejercerse de manera arbitraria ni para desconocer promociones válidamente publicadas conforme a la legislación aplicab le.
DÉCIMA QUINTA. SUSPENSIÓN DE OPERACIONES
BEITECH podrá suspender temporalmente el procesamiento de pagos o la ejecución de operaciones cuando existan causas justificadas, entre ellas:
I. Riesgos de fraude.
II. Incumplimiento de obligaciones contractua les.
III. Requerimientos emitidos por autoridad competente.
IV. Fallas de seguridad informática.
V. Mantenimiento de los sistemas.
VI. Caso fortuito o fuerza mayor.
La suspensión se limitará al tiempo estrictamente necesario para atender la causa que la mo tivó.
DÉCIMA SEXTA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Toda la información obtenida durante los procesos de contratación y pago será tratada conforme al Aviso de Privacidad de BEITECH y a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Par ticulares, aplicando medidas técnicas, administrativas y físicas razonables para proteger su confidencialidad, integridad y disponibilidad.
DÉCIMA SÉPTIMA. CUMPLIMIENTO NORMATIVO
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BEITECH desarrollará sus operaciones de comercio electrónico observando las disposiciones legales aplicables en materia de contratación electrónica, protección al consumidor, protección de datos personales, comercio electrónico, propiedad intelectual, obligaciones fiscales, prevención de fraude y seguridad de la información. La em presa procurará mantener controles internos y mecanismos de revisión continua que permitan fortalecer la transparencia, la seguridad y la confiabilidad de las operaciones electrónicas.
DÉCIMA OCTAVA. SUPERVIVENCIA
Las obligaciones relacionadas con la cont ratación electrónica, conservación de evidencia digital, pagos, facturación, prevención de fraude, protección de datos personales, confidencialidad y resolución de controversias continuarán siendo exigibles aun después de concluida la relación contractual, en la medida necesaria para el cumplimiento de obligaciones legales, fiscales, administrativas o judiciales.
CAPÍTULO XIII
CUMPLIMIENTO NORMATIVO
(COMPLIANCE)
PRIMERA. OBJETO
El presente Capítulo tiene por objeto establecer el Sistema Integral de Cumpli miento Normativo (Compliance) de BEITECH, con la finalidad de garantizar que todas sus actividades comerciales, tecnológicas, administrativas, financieras y operativas se desarrollen con estricto apego a la legislación aplicable, a los principios de ética empresarial, gobierno corporativo, protección de datos personales, propiedad intelectual, ciberseguridad y mejores prácticas nacionales e internacionales. El Programa de Compliance constituye un mecanismo permanente de prevención, detección, mitigación y g estión de riesgos legales, regulatorios, operativos, tecnológicos, reputacionales y patrimoniales, buscando proteger los intereses de BEITECH, de sus clientes, usuarios, inversionistas, colaboradores y terceros relacionados.
SEGUNDA. PRINCIPIOS RECTORES D EL PROGRAMA DE
COMPLIANCE
Todas las actividades desarrolladas por BEITECH se regirán por los siguientes principios:
I. Legalidad.
II. Integridad.
III. Transparencia.
IV. Buena fe.
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V. Ética empresarial.
VI. Responsabilidad corporativa.
VII. Prevención de ri esgos.
VIII. Protección de datos personales.
IX. Seguridad de la información.
X. Respeto a los derechos de propiedad intelectual.
XI. Competencia económica leal.
XII. Rendición de cuentas.
XIII. Mejora continua.
XIV. Diligencia debida.
XV. Cero tolerancia a la corrupción y al fraude.
TERCERA. MARCO NORMATIVO APLICABLE
BEITECH desarrollará sus actividades observando, entre otras, las siguientes disposiciones: • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. • Código Civil Federal. • Código de Comerc io. • Código Fiscal de la Federación. • Ley Federal de Protección al Consumidor. • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su Reglamento. • Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. • Ley Federal del Derec ho de Autor. • Ley de Firma Electrónica Avanzada. • Ley General de Sociedades Mercantiles. • Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, cuando resulte aplicable. • Normas Oficiales Mexicanas aplicabl es. • Demás legislación federal, estatal y municipal aplicable a la naturaleza de sus operaciones. Asimismo, BEITECH procurará alinear sus procesos internos con estándares internacionales de cumplimiento y gestión de riesgos, tales como ISO 37301 (Complian ce Management Systems), ISO 37001 (Antisoborno), ISO 31000 (Gestión de Riesgos), ISO/IEC 27001 (Seguridad de la Información) e ISO/IEC 27701 (Gestión de la Privacidad), sin que ello implique una certificación, salvo manifestación expresa de la empresa.
CU ARTA. PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO
BEITECH implementará un Programa Integral de Cumplimiento que comprenderá, entre otros, los siguientes componentes:
I. Identificación y evaluación de riesgos.
II. Políticas corporativas.
III. Código de Ética y Conducta.
IV. C ontroles internos.
V. Auditorías.
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VI. Capacitación continua.
VII. Gestión documental.
VIII. Protección de datos personales.
IX. Seguridad de la información.
X. Prevención de fraude.
XI. Prevención de conflictos de interés.
XII. Prevención de corrupción y s oborno.
XIII. Gestión de proveedores.
XIV. Atención de denuncias.
XV. Monitoreo permanente.
XVI. Mejora continua.
QUINTA. CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA
Todos los accionistas, administradores, directivos, colaboradores, empleados, prestadores de servicios, di stribuidores, representantes, proveedores y demás personas que actúen en nombre de BEITECH deberán observar el Código de Ética y Conducta de la empresa. Entre otras obligaciones deberán: • Actuar con honestidad e integridad. • Evitar conflictos de interés. • Proteger la información confidencial. • Respetar la propiedad intelectual. • Cumplir la legislación vigente. • Utilizar adecuadamente los activos de la empresa. • Reportar irregularidades. • Abstenerse de realizar actos de corrupción.
SEXTA. GESTIÓN DE RIESGOS
BEITECH implementará una metodología permanente para identificar, evaluar, clasificar, controlar y mitigar riesgos relacionados con: • Riesgos legales. • Riesgos regulatorios. • Riesgos tecnológicos. • Riesgos de ciberseguridad. • Riesgos financie ros. • Riesgos operativos. • Riesgos reputacionales. • Riesgos derivados del tratamiento de datos personales. • Riesgos contractuales. • Riesgos asociados a proveedores y terceros. La empresa podrá elaborar matrices de riesgos, planes de acción, indicadore s de cumplimiento y mecanismos de seguimiento para fortalecer su sistema de control interno.
SÉPTIMA. ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO
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BEITECH mantiene una política de cero tolerancia respecto de cualquier acto de corrupción, soborno, cohecho, tráfico de infl uencias, extorsión, fraude o cualquier conducta ilícita que pueda afectar la integridad de la empresa. Queda prohibido ofrecer, prometer, autorizar, solicitar o recibir, directa o indirectamente, beneficios indebidos con el propósito de obtener ventajas co merciales, administrativas o de cualquier otra naturaleza. Todo colaborador deberá rechazar cualquier conducta que contravenga estos principios y reportarla inmediatamente por los canales internos establecidos.
OCTAVA. CONFLICTOS DE INTERÉS
Toda persona q ue actúe en representación de BEITECH deberá evitar situaciones que puedan comprometer su imparcialidad o generar un beneficio personal indebido. Cuando exista un conflicto de interés real, potencial o aparente, deberá informarse oportunamente al área comp etente para que adopte las medidas correspondientes. La omisión de revelar un conflicto de interés podrá constituir una falta grave y dar lugar a las acciones legales o disciplinarias procedentes.
NOVENA. DEBIDA DILIGENCIA DE PROVEEDORES Y
TERCEROS
BEITEC H podrá implementar procesos de evaluación y debida diligencia respecto de proveedores, distribuidores, desarrolladores, consultores, aliados estratégicos y demás terceros con quienes mantenga relaciones comerciales, considerando, entre otros aspectos: • S olvencia legal. • Cumplimiento fiscal. • Reputación comercial. • Cumplimiento en materia de protección de datos personales. • Medidas de seguridad de la información. • Cumplimiento de obligaciones laborales. • Riesgos de corrupción. • Conflictos de interés . • Cumplimiento en materia de propiedad intelectual. La empresa podrá abstenerse de contratar o mantener relaciones comerciales con terceros que representen riesgos significativos para su cumplimiento normativo o reputación.
DÉCIMA. CANAL DE DENUNCIAS
BEI TECH implementará un mecanismo confidencial para que colaboradores, clientes, proveedores y terceros puedan reportar, de buena fe, cualquier conducta presuntamente contraria a la ley, a los presentes Términos y Condiciones o al Código de Ética. Las denunci as podrán presentarse de forma identificada o, cuando resulte procedente, de manera anónima, y serán atendidas con objetividad, confidencialidad y respeto al debido proceso. Queda prohibida cualquier forma de represalia contra quien presente una denuncia d e buena fe.
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DÉCIMA PRIMERA. AUDITORÍAS Y MONITOREO
BEITECH podrá realizar auditorías internas o externas con la finalidad de verificar el cumplimiento de las políticas corporativas, la legislación aplicable y los controles internos. Las auditorías podrán comprender, entre otros aspectos: • Protección de datos personales. • Seguridad de la información. • Cumplimiento contractual. • Gestión documental. • Procesos tecnológicos. • Controles financieros. • Cumplimiento regulatorio. Los resultados servirán para implementar acciones correctivas y fortalecer el Programa de Compliance.
DÉCIMA SEGUNDA. CAPACITACIÓN
BEITECH promoverá programas permanentes de capacitación dirigidos a sus colaboradores sobre: • Ética empresarial. • Protección de datos personales. • Seg uridad de la información. • Ciberseguridad. • Propiedad intelectual. • Prevención de fraude. • Prevención de corrupción. • Cumplimiento regulatorio. • Uso responsable de tecnologías emergentes, incluida la inteligencia artificial. La capacitación podrá imp artirse de manera presencial, virtual o mediante plataformas de aprendizaje.
DÉCIMA TERCERA. CONSERVACIÓN DE EVIDENCIA Y
DOCUMENTACIÓN
BEITECH conservará la documentación relacionada con su Programa de Compliance, incluyendo políticas internas, registros de capacitación, auditorías, investigaciones, denuncias, controles y demás evidencia necesaria para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones legales. Cuando resulte procedente, la conservación de mensajes de datos y evidencia digital podrá realizarse mediante mecanismos compatibles con la NOM - 151 - SCFI - 2016, fortaleciendo su autenticidad, integridad y valor probatorio.
DÉCIMA CUARTA. RÉGIMEN DISCIPLINARIO
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El incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Capítulo podrá dar lugar a la aplic ación de medidas correctivas, disciplinarias, contractuales o legales, según la naturaleza y gravedad de la conducta. Lo anterior se aplicará sin perjuicio de las acciones civiles, mercantiles, administrativas o penales que correspondan conforme a la legis lación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. ACTUALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE
COMPLIANCE
BEITECH podrá revisar, modificar y actualizar su Programa de Cumplimiento cuando:
I. Existan reformas legales o regulatorias.
II. Se detecten nuevos riesgos.
III. Cambien los modelo s de negocio o la tecnología utilizada.
IV. Se emitan nuevos estándares nacionales o internacionales.
V. Se identifiquen oportunidades de mejora derivadas de auditorías, investigaciones o
incidentes. Las actualizaciones serán difundidas por los medios inte rnos o electrónicos que determine la empresa y serán obligatorias a partir de la fecha de su entrada en vigor.
DÉCIMA SEXTA. RESPONSABILIDAD INDIVIDUAL
Cada colaborador, proveedor, distribuidor, consultor o tercero que actúe en nombre de BEITECH será resp onsable de cumplir las obligaciones derivadas del presente Capítulo y de la legislación aplicable. Ninguna instrucción emitida por un superior jerárquico justificará la realización de actos ilícitos o contrarios a las políticas de cumplimiento de la empres a.
DÉCIMA SÉPTIMA. SUPERVIVENCIA
Las obligaciones relacionadas con confidencialidad, protección de datos personales, propiedad intelectual, conservación de documentación, cooperación con autoridades, investigaciones internas, responsabilidad por incumplim iento y demás obligaciones derivadas del presente Capítulo continuarán siendo exigibles aun después de terminada la relación jurídica entre las partes, en la medida permitida por la legislación aplicable.
CAPÍTULO XIV
CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE
INFOR MACIÓN Y SECRETOS
INDUSTRIALES
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PRIMERA. OBJETO
El presente Capítulo tiene por objeto establecer las obligaciones de confidencialidad, reserva, protección, custodia, uso restringido y no divulgación de toda la información técnica, comercial, financiera, ju rídica, tecnológica, estratégica y de negocios propiedad de BEITECH, a la que los usuarios, clientes, distribuidores, proveedores, desarrolladores, colaboradores, consultores, inversionistas, aliados comerciales o cualquier tercero tengan acceso con motivo de la utilización de los productos o servicios ofrecidos por la empresa. Las disposiciones contenidas en este Capítulo constituyen un Acuerdo de Confidencialidad incorporado a los presentes Términos y Condiciones, siendo obligatorias para toda persona que acceda, utilice o tenga conocimiento de información confidencial de BEITECH.
SEGUNDA. DEFINICIÓN DE INFORMACIÓN
CONFIDENCIAL
Para efectos del presente Capítulo, se entenderá por Información Confidencial toda aquella información, independientemente del me dio en que se encuentre contenida, ya sea escrita, verbal, digital, electrónica, audiovisual, gráfica o cualquier otra forma de almacenamiento, que no sea de dominio público y que tenga valor económico, comercial, tecnológico, operativo o estratégico para BEITECH. De manera enunciativa, mas no limitativa, tendrá el carácter de Información Confidencial:
I. Código fuente.
II. Código objeto.
III. Software.
IV. Firmware.
V. Aplicaciones móviles.
VI. Plataformas digitales.
VII. Algoritmos.
VIII. Modelos de Intel igencia Artificial.
IX. Modelos de Aprendizaje automático .
X. Arquitectura de sistemas.
XI. APIs e integraciones tecnológicas.
XII. Bases de datos.
XIII. Especificaciones técnicas.
XIV. Manuales internos.
XV. Procesos de fabricación.
XVI. Diseños industria les.
XVII. Planos.
XVIII. Diagramas.
XIX. Prototipos.
XX. Estrategias comerciales.
XXI. Estudios de mercado.
XXII. Modelos de negocio.
XXIII. Información financiera.
XXIV. Información fiscal.
XXV. Estados financieros.
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XXVI. Presupuestos.
XXVII. Proyeccione s económicas.
XXVIII. Estrategias de comercialización.
XXIX. Listas de clientes.
XXX. Listas de proveedores.
XXXI. Contratos.
XXXII. Licencias.
XXXIII. Información jurídica.
XXXIV. Políticas internas.
XXXV. Procesos de investigación y desarrollo.
XXXVI. Se cretos industriales.
XXXVII. Métodos de autenticación.
XXXVIII. Protocolos de seguridad.
XXXIX. Información derivada del monitoreo tecnológico.
XL. Información relacionada con incidentes de ciberseguridad.
XLI. Toda aquella información identificada como co nfidencial o cuya naturaleza permita
razonablemente concluir que posee dicho carácter.
TERCERA. SECRETOS INDUSTRIALES
Las partes reconocen que parte de la Información Confidencial constituye Secretos Industriales, protegidos por la Ley Federal de Protecci ón a la Propiedad Industrial. En consecuencia, el usuario reconoce que toda información relacionada con el funcionamiento interno de los dispositivos, algoritmos, software, firmware, procesos de desarrollo, metodologías, configuraciones, arquitectura tecno lógica, documentación técnica y demás conocimientos desarrollados por BEITECH constituyen activos estratégicos cuya divulgación o utilización no autorizada puede ocasionar daños patrimoniales de difícil reparación.
CUARTA. OBLIGACIÓN GENERAL DE
CONFIDENCI ALIDAD
Toda persona que tenga acceso a Información Confidencial de BEITECH se obliga a:
I. Guardar absoluta confidencialidad.
II. Utilizar la información únicamente para los fines autorizados.
III. Abstenerse de divulgarla a terceros.
IV. No reproducirla.
V. No copiarla.
VI. No comercializarla.
VII. No transferirla.
VIII. No publicarla.
IX. No modificarla.
X. No explotarla directa o indirectamente.
XI. Implementar medidas razonables para evitar su acceso por personas no autorizadas.
Estas obligaciones subsi stirán aun cuando concluya la relación jurídica entre las partes.
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QUINTA. USO LIMITADO DE LA INFORMACIÓN
El acceso a Información Confidencial no implica transmisión, cesión, licencia, autorización o reconocimiento alguno respecto de derechos de propiedad intelectual o industrial. El usuario únicamente podrá utilizar la información para los fines estrictamente necesarios derivados de la relación jurídica existente con BEITECH. Queda prohibido cualquier uso distinto sin autorización previa, expresa y por esc rito de
BEITECH.
SEXTA. PROHIBICIÓN DE INGENIERÍA INVERSA
Salvo autorización expresa y por escrito de BEITECH o cuando la legislación aplicable lo permita de manera irrenunciable, queda estrictamente prohibido:
I. Descompilar.
II. Desensamblar.
III. Anali zar.
IV. Modificar.
V. Alterar.
VI. Descifrar.
VII. Realizar ingeniería inversa.
VIII. Obtener el código fuente.
IX. Extraer algoritmos.
X. Identificar procesos internos.
XI. Replicar funcionalidades.
XII. Desarrollar productos derivados utilizando informa ción obtenida de los productos o
servicios de BEITECH.
SÉPTIMA. PROHIBICIÓN DE OBTENCIÓN ILÍCITA DE
INFORMACIÓN
El usuario se abstendrá de obtener Información Confidencial mediante: • Ingeniería social. • Phishing. • Malware. • Accesos no autorizados. • Ataques informáticos. • Vulneración de sistemas. • Obtención fraudulenta de credenciales. • Interceptación de comunicaciones. • Espionaje industrial. • Cualquier otro medio ilícito. La realización de cualquiera de estas conductas dará lugar al eje rcicio de las acciones civiles, mercantiles, administrativas y penales correspondientes.
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OCTAVA. INFORMACIÓN DE TERCEROS
Cuando BEITECH tenga acceso a información confidencial perteneciente a clientes, proveedores, aliados estratégicos o terceros, el usua rio deberá otorgarle el mismo nivel de protección previsto en el presente Capítulo. El acceso a dicha información únicamente podrá realizarse cuando resulte estrictamente necesario para la prestación de los servicios contratados.
NOVENA. EXCEPCIONES A LA CONFIDENCIALIDAD
Las obligaciones previstas en este Capítulo no serán aplicables cuando:
I. La información sea de dominio público sin que ello derive de un incumplimiento del
usuario.
II. La información haya sido obtenida legítimamente de un tercero facult ado para divulgarla.
III. Exista obligación legal o resolución emitida por autoridad competente que ordene su
entrega.
IV. La divulgación sea previamente autorizada por escrito por BEITECH.
En los supuestos previstos en las fracciones III y IV, únicamente podrá divulgarse la información estrictamente necesaria para cumplir la obligación correspondiente.
DÉCIMA. MEDIDAS DE SEGURIDAD
Toda persona que tenga acceso a Información Confidencial deberá implementar medidas razonables para protegerla, incluyendo: • Controles de acceso. • Contraseñas robustas. • Autenticación multifactor. • Cifrado de la información. • Resguardo seguro de dispositivos. • Eliminación segura de documentos. • Restricción de copias. • Protección contra accesos no autorizados.
DÉC IMA PRIMERA. NOTIFICACIÓN DE INCIDENTES
El usuario deberá informar inmediatamente a BEITECH cualquier pérdida, robo, acceso no autorizado, divulgación, incidente de seguridad o uso indebido relacionado con Información Confidencial. La omisión de reportar o portunamente un incidente podrá generar responsabilidad conforme a la legislación aplicable.
DÉCIMA SEGUNDA. DEVOLUCIÓN Y DESTRUCCIÓN DE
INFORMACIÓN
Cuando concluya la relación jurídica entre las partes o cuando BEITECH así lo solicite, el usuario deberá devolver o destruir toda la Información Confidencial que obre en su poder,
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incluyendo copias físicas, electrónicas, respaldos, dispositivos de almacenamiento y cualquier otro soporte que la contenga, salvo cuando una disposición legal obligue a su conserva ción. BEITECH podrá solicitar evidencia razonable de la destrucción o devolución realizada.
DÉCIMA TERCERA. INDEMNIZACIÓN POR
INCUMPLIMIENTO
La divulgación, utilización, reproducción o explotación no autorizada de Información Confidencial facultará a BEIT ECH para exigir la reparación integral de los daños y perjuicios ocasionados, incluyendo daño emergente, lucro cesante cuando legalmente proceda, gastos de investigación, honorarios legales y cualquier otra afectación patrimonial derivada del incumplimient o. Asimismo, BEITECH podrá solicitar las medidas cautelares, provisionales o definitivas previstas por la legislación aplicable para impedir la continuación del acto ilícito y proteger sus derechos.
DÉCIMA CUARTA. MEDIDAS CAUTELARES Y ACCIONES
LEGALES
Sin perjuicio de cualquier otra acción legal, BEITECH podrá solicitar ante las autoridades competentes:
I. Medidas cautelares.
II. Suspensión inmediata del uso de la información.
III. Aseguramiento de dispositivos o soportes.
IV. Retiro de información divulga da.
V. Reparación de daños y perjuicios.
VI. Pago de indemnizaciones.
VII. Acciones por violación a secretos industriales.
VIII. Acciones por infracción a derechos de autor o propiedad industrial.
IX. Denuncias penales cuando los hechos pudieran constituir delito.
DÉCIMA QUINTA. PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL
Nada de lo previsto en el presente Capítulo podrá interpretarse como una cesión, licencia o transmisión de derechos de propiedad intelectual o industrial. Todos los derechos sobre el software, firmware, algoritmos, inteligencia artificial, diseños, bases de datos, documentación técnica, desarrollos tecnológicos, marcas, nombres comerciales, avisos comerciales, secretos industriales y demás activos intangibles continuarán siendo propiedad exclus iva de BEITECH o de sus legítimos titulares.
DÉCIMA SEXTA. VIGENCIA Y SUPERVIVENCIA
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Las obligaciones de confidencialidad previstas en este Capítulo permanecerán vigentes durante toda la relación jurídica entre las partes y continuarán obligando al usuario por un plazo de diez (10) años posteriores a su terminación o, tratándose de secretos industriales, por todo el tiempo en que la información conserve dicho carácter conforme a la legislación aplicable.
DÉCIMA SÉPTIMA. INTERPRETACIÓN
El presente Capítulo deberá interpretarse de manera armónica con el Aviso de Privacidad, el Contrato de Licencia de Usuario Final (EULA), las políticas internas de seguridad de la información, la política de protección de datos personales y los demás documentos corporativos de BEITECH. En caso de duda interpretativa, prevalecerá aquella interpretación que otorgue la mayor protección jurídica a la Información Confidencial, a los secretos industriales y a los derechos de propiedad intelectual de BEITECH, siempre dentro de los lím ites permitido s por la legislación aplicable.
CAPÍTULO XV
CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR
PRIMERA. OBJETO
El presente Capítulo tiene por objeto establecer las condiciones bajo las cuales BEITECH podrá suspender temporalmente, retrasar, modificar o interrum pir la prestación de determinados productos o servicios cuando su cumplimiento resulte afectado por acontecimientos extraordinarios, imprevisibles o inevitables que se encuentren fuera de su control razonable. Las disposiciones contenidas en este Capítulo serán aplicables sin perjuicio de los derechos que correspondan a los consumidores y usuarios conforme a la legislación mexicana.
SEGUNDA. DEFINICIÓN DE CASO FORTUITO Y FUERZA
MAYOR
Para efectos de los presentes Términos y Condiciones, se entenderá por Ca so Fortuito o Fuerza Mayor cualquier acontecimiento ajeno al control razonable de BEITECH que impida, dificulte sustancialmente o retrase temporalmente el cumplimiento de una obligación, siempre que dicho acontecimiento no sea razonablemente atribuible a l a empresa y que sus efectos no puedan evitarse o superarse mediante medidas razonables. De manera enunciativa y no limitativa, podrán considerarse acontecimientos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor:
I. Desastres naturales.
II. Terremotos.
III. Inundaciones.
I V. Huracanes.
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V. Incendios de gran magnitud.
VI. Tormentas severas.
VII. Epidemias o pandemias.
VIII. Guerras, conflictos armados o actos de terrorismo.
IX. Disturbios sociales de carácter generalizado.
X. Actos de autoridad que impidan o restrinjan legalm ente la operación.
XI. Emergencias nacionales.
XII. Interrupciones generalizadas de servicios públicos.
XIII. Fallas generalizadas de telecomunicaciones.
XIV. Interrupciones masivas de servicios de Internet.
XV. Ataques cibernéticos de terceros cuando, pes e a las medidas de seguridad
razonablemente implementadas, sus efectos resulten inevitables o no puedan ser razonablemente contenidos.
XVI. Fallas generalizadas de infraestructura tecnológica de terceros.
XVII. Interrupciones de servicios esenciales de pro veedores tecnológicos.
XVIII. Fallas generalizadas de servicios de computación en la nube.
XIX. Embargos, restricciones comerciales o acontecimientos que impidan la importación o
suministro de componentes esenciales.
XX. Escasez extraordinaria de materias primas o componentes tecnológicos derivada de
acontecimientos externos.
XXI. Cualquier otro acontecimiento de naturaleza extraordinaria que reúna las
características jurídicas de Caso Fortuito o Fuerza Mayor.
TERCERA. CONTINUIDAD DE LOS SERVICIOS
TECNOLÓG ICOS
Cuando un acontecimiento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor afecte los servicios tecnológicos de BEITECH, la empresa podrá suspender temporalmente determinadas funcionalidades, plataformas, aplicaciones, servicios en la nube, sistemas de comunicación o m ecanismos de procesamiento de información mientras subsista la causa que origine la interrupción. BEITECH procurará restablecer los servicios afectados en cuanto resulte técnica y razonablemente posible.
CUARTA. CIBERATAQUES Y EVENTOS DE SEGURIDAD
Los ata ques informáticos, vulnerabilidades explotadas por terceros, ransomware, ataques de denegación de servicio, intrusiones, campañas de malware u otros incidentes de ciberseguridad podrán considerarse Caso Fortuito o Fuerza Mayor únicamente cuando:
I. Sean at ribuibles a terceros.
II. Sean extraordinarios o imprevisibles en sus circunstancias concretas.
III. Los efectos no hayan podido evitarse o mitigarse razonablemente.
IV. BEITECH haya actuado diligentemente para contener y solucionar el incidente.
QUINTA. FALLAS DE TERCEROS
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Cuando el cumplimiento de una obligación dependa de servicios proporcionados por terceros, incluyendo proveedores de Internet, telecomunicaciones, servicios de nube, centros de datos, pasarelas de pago, servicios de mensajería, sistemas operativos, proveedores de infraestructura o plataformas tecnológicas, BEITECH no será responsable por interrupciones exclusivamente atribuibles a dichos terceros cuando éstas constituyan un acontecimiento que razonablemente escape a su control.
SEXTA. CA DENA DE SUMINISTRO Y COMPONENTES
TECNOLÓGICOS
Cuando BEITECH no pueda fabricar, importar, adquirir, sustituir o entregar determinados productos debido a interrupciones extraordinarias de la cadena de suministro, restricciones gubernamentales, conflictos in ternacionales, escasez extraordinaria de componentes o circunstancias equivalentes fuera de su control razonable, podrá existir una suspensión o retraso temporal en el cumplimiento de las obligaciones afectadas. BEITECH deberá informar al usuario cuando di cha situación tenga una afectación material sobre la operación contratada y ofrecer, cuando legalmente corresponda, las alternativas disponibles.
SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE PAGO
La existencia de Caso Fortuito o Fuerza Mayor no extinguirá automáticamente las obligaciones de pago que ya se encuentren vencidas y que correspondan a productos o servicios efectivamente entregados o prestados. Tratándose de servicios que no puedan ser prestados durante un periodo determinado como consecuencia directa de un aconteci miento de fuerza mayor, se aplicarán las reglas contractuales y legales correspondientes respecto de las cantidades pagadas anticipadamente.
OCTAVA. NOTIFICACIÓN
Cuando un acontecimiento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor produzca una afectación material en la prestación de los servicios, BEITECH podrá comunicar al usuario:
I. La naturaleza general del acontecimiento.
II. Los servicios afectados.
III. La duración estimada de la interrupción, cuando sea posible determinarla.
IV. Las medidas implementadas.
V. L as alternativas disponibles.
VI. La fecha estimada de restablecimiento.
La información proporcionada estará sujeta a la disponibilidad y certeza de los datos existentes al momento de la comunicación.
NOVENA. SUSPENSIÓN TEMPORAL
Mientras subsista el acontec imiento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, las obligaciones directamente afectadas podrán suspenderse temporalmente durante el periodo estrictamente necesario para superar sus efectos.
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La suspensión deberá limitarse a las obligaciones realmente afectadas y n o podrá extenderse de manera injustificada a obligaciones que puedan cumplirse de manera independiente.
DÉCIMA. IMPOSIBILIDAD PROLONGADA
Cuando el acontecimiento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor se prolongue durante un periodo que haga materialmente imposi ble continuar con la relación contractual, las partes podrán negociar: • Reprogramación del servicio. • Sustitución del producto. • Suspensión temporal. • Modificación de condiciones. • Terminación contractual. • Reembolso de cantidades que legalmente corr espondan. Lo anterior se determinará conforme al contrato específico celebrado, la naturaleza de la operación y la legislación aplicable.
DÉCIMA PRIMERA. EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD
Dentro de los límites permitidos por la legislación aplicable, BEITECH n o será responsable por daños, pérdidas o retrasos que sean consecuencia directa de un Caso Fortuito o Fuerza Mayor debidamente acreditado. Esta exclusión no será aplicable cuando:
I. El acontecimiento haya sido provocado por BEITECH.
II. Exista dolo o negl igencia atribuible a la empresa.
III. BEITECH haya incumplido obligaciones legales de carácter imperativo.
IV. La empresa no haya adoptado medidas razonables de mitigación cuando éstas
estuvieran a su alcance.
V. La legislación aplicable establezca expresa mente una responsabilidad que no pueda
excluirse o limitarse.
DÉCIMA SEGUNDA. PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES DURANTE CONTINGENCIAS
La existencia de un Caso Fortuito o Fuerza Mayor no suspenderá las obligaciones de BEITECH en materia de protección de datos personales cuando razonablemente puedan cumplirse. La empresa procurará mantener medidas de seguridad adecuadas para proteger la información personal, biométrica, sensible, financiera y confidencial aun durante situaciones de contingencia. En caso de una vulneración de seguridad, BEITECH actuará conforme al procedimiento establecido en sus políticas de ciberseguridad y protección de datos personales.
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DÉCIMA TERCERA. PLANES DE CONTINUIDAD Y
RECUPERACIÓN
BEITECH podrá implementar y mantener planes de: • Con tinuidad del negocio. • Recuperación ante desastres. • Respaldo de información. • Recuperación de infraestructura. • Continuidad de servicios tecnológicos. • Gestión de crisis. • Comunicación de incidentes. La implementación de estos mecanismos tendrá como finalidad reducir la probabilidad y duración de las interrupciones, sin constituir una garantía absoluta de continuidad ininterrumpida.
DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO Y OBLIGACIONES DE
TERCEROS
BEITECH no asumirá obligaciones adicionales respecto de incump limientos ocasionados exclusivamente por terceros cuando éstos sean consecuencia de un acontecimiento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor. No obstante, BEITECH realizará esfuerzos razonables para exigir a sus proveedores el cumplimiento de sus obligaciones y b uscar alternativas técnicamente viables cuando ello resulte posible.
DÉCIMA QUINTA. NO RENUNCIA DE DERECHOS
La invocación de Caso Fortuito o Fuerza Mayor no constituirá una renuncia de BEITECH a ningún derecho contractual o legal. Asimismo, ninguna tolera ncia, prórroga o medida extraordinaria adoptada durante una contingencia será interpretada como modificación permanente del contrato o renuncia a derechos futuros.
DÉCIMA SEXTA. CARGA DE ACREDITACIÓN
Cuando BEITECH invoque la presente cláusula frente a un a controversia, deberá proporcionar los elementos razonablemente disponibles para acreditar:
I. La existencia del acontecimiento.
II. Su impacto en la obligación afectada.
III. La relación causal entre el acontecimiento y el incumplimiento.
IV. Las medidas de mitigación implementadas.
V. La duración o alcance de la afectación.
DÉCIMA SÉPTIMA. INTERPRETACIÓN RESTRICTIVA
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La presente cláusula deberá interpretarse de manera restrictiva y únicamente respecto de las obligaciones directamente afectadas por el aco ntecimiento extraordinario. En ningún caso podrá utilizarse como mecanismo para: • Evitar obligaciones deliberadamente. • Justificar incumplimientos preexistentes. • Eludir obligaciones legales. • Desconocer derechos irrenunciables del consumidor. • Exclui r responsabilidad derivada de dolo o negligencia propia.
DÉCIMA OCTAVA. SUPERVIVENCIA
Las obligaciones que, por su naturaleza, deban permanecer vigentes después de una contingencia continuarán siendo exigibles, incluyendo aquellas relacionadas con: • Conf idencialidad. • Protección de datos personales. • Propiedad intelectual. • Pagos pendientes. • Conservación de evidencia. • Responsabilidad por actos anteriores a la contingencia. • Cumplimiento de obligaciones legales.
CAPÍTULO XVI
JURISDICCIÓN, LEY APLI CABLE Y
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
PRIMERA. LEGISLACIÓN APLICABLE
La relación jurídica entre BEITECH y sus clientes, usuarios, consumidores, proveedores y demás terceros se regirá e interpretará conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, atendie ndo a la naturaleza de la relación jurídica de que se trate. De manera enunciativa y no limitativa, serán aplicables las disposiciones vigentes de:
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
II. El Código Civil Federal.
III. El Código de Comercio.
IV. La Ley Federal de Protección al Consumidor.
V. La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y las
disposiciones reglamentarias aplicables.
VI. La Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
VII. La Ley Federal del Derecho de Autor.
VIII. La Ley de Firma Electrónica Avanzada, cuando resulte aplicable.
IX. El Código Fiscal de la Federación y demás disposiciones fiscales aplicables.
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X. Las Normas Oficiales Mexicanas que resulten aplicables a los produc tos o servicios
comercializados por BEITECH.
XI. Las demás disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que resulten
aplicables de acuerdo con la naturaleza de la operación.
SEGUNDA. INTERPRETACIÓN CONFORME A LA
LEGISLACIÓN MEXICANA
Los present es Términos y Condiciones, así como las políticas, contratos, licencias, avisos y demás documentos que formen parte de la relación jurídica con BEITECH, deberán interpretarse de manera:
I. Sistemática.
II. Integral.
III. Conforme a la legislación aplicable .
IV. Atendiendo a la naturaleza y finalidad del documento.
V. Procurando preservar la validez y eficacia jurídica de sus disposiciones.
Ninguna disposición deberá interpretarse de manera aislada cuando dicha interpretación genere contradicción con otras c láusulas o con disposiciones legales de aplicación obligatoria.
TERCERA. ORDEN DE PRELACIÓN CONTRACTUAL
En caso de contradicción, inconsistencia o conflicto entre los distintos documentos que regulen la relación jurídica con BEITECH, se aplicará el siguie nte orden de prelación, salvo que un contrato específico establezca expresamente uno diferente:
I. Contrato individual celebrado entre BEITECH y el cliente, cuando exista.
II. Contrato de Licencia de Usuario Final (EULA), respecto de las materias específic amente
relacionadas con el software, aplicación, firmware o servicios digitales licenciados.
III. Términos y Condiciones Generales.
IV. Aviso de Privacidad.
V. Política de Cookies.
VI. Política de Garantías.
VII. Política de Devoluciones.
VIII. Políticas d e Ciberseguridad y Uso Permitido.
IX. Manuales, instructivos y documentación técnica.
En materia de protección de datos personales, el Aviso de Privacidad y las disposiciones legales aplicables prevalecerán respecto del tratamiento de datos personales. En materia de derechos irrenunciables de los consumidores, prevalecerán las disposiciones de orden público establecidas en la legislación aplicable.
CUARTA. CONSERVACIÓN DE LA VALIDEZ
CONTRACTUAL
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Si alguna disposición de los presentes Términos y Condiciones fuera declarada inválida, ilegal, nula, inaplicable o ineficaz por autoridad competente, dicha circunstancia no afectará la validez de las demás disposiciones. La disposición afectada deberá interpretarse, en la medida legalmente posible, de manera que con serve la finalidad económica y jurídica originalmente perseguida por las partes. Cuando ello no sea posible, se tendrá por no puesta únicamente la disposición afectada, manteniéndose vigentes las demás cláusulas.
QUINTA. NEGOCIACIÓN PREVIA
Antes de inicia r cualquier procedimiento formal, las partes procurarán resolver de buena fe cualquier controversia derivada de la interpretación, ejecución, cumplimiento, incumplimiento, terminación o rescisión de la relación jurídica. La parte que considere que existe u na controversia podrá notificarlo a la otra, exponiendo de manera clara:
I. Los hechos que originan la controversia.
II. Las obligaciones que considere incumplidas.
III. La documentación que sustente su posición.
IV. La solución que propone.
Las partes pro curarán alcanzar una solución dentro de un plazo razonable, atendiendo a la naturaleza y complejidad del asunto.
SEXTA. MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE
CONTROVERSIAS
Cuando legalmente resulte procedente, las partes podrán acudir a mecanismos altern ativos de solución de controversias, incluyendo:
I. Negociación.
II. Mediación.
III. Conciliación.
IV. Arbitraje, cuando exista acuerdo válido para someter la controversia a dicho mecanismo.
V. Procedimientos administrativos ante las autoridades competente s.
La utilización de mecanismos alternativos no implicará renuncia a los derechos que legalmente correspondan a ninguna de las partes.
SÉPTIMA. PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DEL
CONSUMIDOR
Nada de lo establecido en el presente Capítulo tendrá por objeto limi tar, excluir o renunciar a los derechos que la Ley Federal de Protección al Consumidor u otras disposiciones de orden público reconozcan a los consumidores. Cuando una controversia corresponda a la competencia de la Procuraduría Federal del Consumidor (PRO FECO), el consumidor conservará el derecho de acudir ante dicha autoridad en los términos establecidos por la legislación aplicable.
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BEITECH podrá participar en los procedimientos de conciliación o solución de controversias que legalmente correspondan.
OC TAVA. JURISDICCIÓN
Salvo disposición legal imperativa que establezca una jurisdicción distinta, las controversias de naturaleza civil o mercantil que no puedan resolverse mediante negociación o mecanismos alternativos de solución de controversias se somete rán a los tribunales competentes de los Estados Unidos Mexicanos, atendiendo a las reglas de competencia territorial y material previstas por la legislación aplicable. Cuando legalmente sea válido pactar una jurisdicción territorial específica, las partes podrán someterse expresamente a los tribunales competentes del lugar que se determine en el contrato particular correspondiente.
NOVENA. LIMITACIONES DERIVADAS DE LA
COMPETENCIA LEGAL
La elección de jurisdicción prevista en este Capítulo no tendrá como fi nalidad impedir que una persona ejerza derechos ante una autoridad que legalmente resulte competente. En consecuencia, cualquier disposición de este Capítulo deberá entenderse subordinada a las normas de competencia, protección al consumidor, protección de datos personales y demás disposiciones de orden público que resulten aplicables.
DÉCIMA. CONTROVERSIAS EN MATERIA DE PROPIEDAD
INTELECTUAL
Las controversias relacionadas con: • Software. • Código fuente. • Firmware. • Algoritmos. • Inteligencia Artificia l. • Marcas. • Patentes. • Diseños industriales. • Derechos de autor. • Secretos industriales. • Know - how. • Bases de datos. • Propiedad industrial. serán atendidas conforme a la legislación mexicana aplicable y ante las autoridades administrativas o juris diccionales que legalmente resulten competentes. BEITECH podrá ejercer las acciones legales necesarias para prevenir o detener cualquier uso, reproducción, explotación, divulgación o apropiación no autorizada de sus activos de propiedad intelectual.
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DÉCIM A PRIMERA. CONTROVERSIAS EN MATERIA DE
DATOS PERSONALES
Las controversias relacionadas con el tratamiento de datos personales serán atendidas conforme a la legislación mexicana aplicable en materia de protección de datos personales. El titular de los datos conservará los derechos y mecanismos de defensa reconocidos por la legislación aplicable, incluyendo aquellos relacionados con el ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como los demás derechos que legalmente corre spondan.
DÉCIMA SEGUNDA. CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA Y
JURISDICCIÓN
Las partes reconocen que la celebración de contratos mediante medios electrónicos no modifica la legislación aplicable ni las reglas de competencia jurisdiccional. Los contratos electrónicos , mensajes de datos, registros de aceptación, firmas electrónicas, comprobantes, registros de autenticación y demás evidencia digital podrán ser utilizados para acreditar la existencia, contenido y aceptación de la relación jurídica, conforme al marco lega l aplicable.
DÉCIMA TERCERA. EVIDENCIA DIGITAL
En caso de controversia, BEITECH podrá presentar como elementos probatorios, en la medida permitida por la legislación aplicable:
I. Contratos electrónicos.
II. Registros de aceptación.
III. Correos electróni cos.
IV. Mensajes de datos.
V. Registros de autenticación.
VI. Bitácoras de sistemas.
VII. Registros de acceso.
VIII. Comprobantes de pago.
IX. Facturas electrónicas.
X. Registros de entrega.
XI. Registros de activación de software o licencias.
XII. Comuni caciones entre las partes.
XIII. Evidencia conservada mediante mecanismos de preservación de mensajes de datos.
XIV. Cualquier otro elemento permitido por la legislación aplicable.
DÉCIMA CUARTA. NOTIFICACIONES PARA EFECTOS
JURÍDICOS
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Para efectos de comun icaciones relacionadas con controversias, incumplimientos, reclamaciones o ejercicio de derechos contractuales, las partes podrán utilizar los medios de contacto proporcionados durante el proceso de contratación. Las comunicaciones electrónicas podrán prod ucir efectos jurídicos cuando permitan acreditar razonablemente su envío, recepción, integridad y contenido, conforme a la legislación aplicable. El usuario será responsable de mantener actualizados sus datos de contacto.
DÉCIMA QUINTA. PROTECCIÓN PATRIMO NIAL DE
BEITECH
La existencia de una controversia no autorizará al usuario a:
I. Utilizar indebidamente la propiedad intelectual de BEITECH.
II. Acceder sin autorización a sus sistemas.
III. Extraer información confidencial.
IV. Interferir con sus operacio nes.
V. Alterar sus plataformas.
VI. Realizar ataques informáticos.
VII. Divulgar secretos industriales.
VIII. Utilizar información confidencial para perjudicar a la empresa.
El ejercicio de cualquier derecho de reclamación deberá realizarse por los medios legales correspondientes y no mediante actos que puedan constituir incumplimientos contractuales o ilícitos.
DÉCIMA SEXTA. NO RENUNCIA
La falta de ejercicio inmediato de cualquier derecho por parte de BEITECH no constituirá renuncia al mismo. Cualquier r enuncia deberá constar expresamente por escrito y únicamente tendrá efectos respecto del acto específico para el cual haya sido otorgada.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES A LOS TÉRMINOS
Y CONDICIONES
BEITECH podrá modificar, actualizar o complementar los pr esentes Términos y Condiciones cuando resulte necesario por:
I. Reformas legislativas.
II. Cambios regulatorios.
III. Modificaciones tecnológicas.
IV. Nuevos productos o servicios.
V. Cambios en el modelo de negocio.
VI. Implementación de nuevas medidas de seguridad.
VII. Recomendaciones derivadas de auditorías o evaluaciones de cumplimiento.
VIII. Cualquier otra circunstancia que justifique razonablemente su actualización.
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Las modificaciones serán publicadas por los medios oficiales de BEITECH y señalarán, cuando corresponda, su fecha de entrada en vigor. Las modificaciones no afectarán derechos adquiridos ni obligaciones previamente perfeccionadas cuando ello se encuentre prohibido por la legislación aplicable.
DÉCIMA OCTAVA. DOMICILIO CONTRACTUAL
Para ef ectos de comunicaciones administrativas y contractuales, las partes reconocerán como domicilios aquellos que hayan proporcionado durante el proceso de contratación o que posteriormente hayan comunicado por los medios autorizados. El cambio de domicilio deb erá notificarse oportunamente. Mientras no exista una notificación formal de cambio, se considerarán válidas las comunicaciones realizadas a los medios previamente registrados, en la medida permitida por la legislación aplicable.
DÉCIMA NOVENA. SUPERVIVEN CIA
Las disposiciones relativas a: • Propiedad intelectual. • Secretos industriales. • Confidencialidad. • Protección de datos personales. • Responsabilidad. • Limitaciones de responsabilidad. • Pagos pendientes. • Conservación de evidencia. • Jurisdicción . • Solución de controversias. continuarán vigentes después de la terminación de la relación contractual cuando, por su naturaleza, deban producir efectos posteriores.
VIGÉSIMA. INTERPRETACIÓN FINAL
Los presentes Términos y Condiciones constituyen un marc o jurídico integral para regular la relación entre BEITECH y sus usuarios, sin perjuicio de los contratos específicos, licencias, políticas y demás documentos que resulten aplicables a cada producto o servicio. En caso de duda interpretativa, las disposici ones deberán analizarse conjuntamente y conforme a la legislación aplicable, procurando preservar la validez de la relación contractual y respetando en todo momento las disposiciones de orden público y los derechos que legalmente correspondan a los consumi dores y usuarios.
CAPÍTULO XVII
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BLINDAJE PATRIMONIAL Y PROTECCIÓN
DE LOS ACTIVOS DE BEITECH
PRIMERA. OBJETO Y FINALIDAD
El presente Capítulo tiene por objeto establecer las medidas contractuales destinadas a proteger el patrimonio, activos tangibles e in tangibles, información, recursos tecnológicos, derechos de propiedad intelectual, infraestructura, relaciones comerciales y demás intereses legítimos de BEITECH. Las disposiciones de este Capítulo tienen como finalidad establecer una adecuada asignación de riesgos entre BEITECH y sus usuarios, clientes, proveedores y terceros, prevenir usos indebidos de los productos y servicios, limitar las contingencias económicas razonablemente previsibles y establecer mecanismos de reparación frente a daños ocasionados por conductas imputables al usuario o a terceros. El presente Capítulo deberá interpretarse conjuntamente con los capítulos relativos a Limitación de Responsabilidad, Propiedad Intelectual, Confidencialidad, Ciberseguridad, Protección de Datos Personales, Garantías, Devoluciones, Comercio Electrónico, Cumplimiento Normativo y Fuerza Mayor.
SEGUNDA. PRINCIPIO DE ASIGNACIÓN DE RIESGOS
Cada usuario, cliente o tercero será responsable de los riesgos derivados del uso que realice de los productos, dispositivos, software, aplicaciones, plataformas y servicios proporcionados por BEITECH. BEITECH únicamente asumirá las responsabilidades que expresamente le correspondan conforme a:
I. El contrato celebrado.
II. Los presentes Términos y Condiciones.
III. Las garantía s aplicables.
IV. La legislación vigente.
V. La naturaleza específica del producto o servicio contratado.
Ninguna disposición podrá interpretarse como una transferencia al usuario de responsabilidades que legalmente correspondan a BEITECH.
TERCERA. PROTEC CIÓN DEL PATRIMONIO
EMPRESARIAL
El usuario reconoce que los productos, sistemas, plataformas y servicios de BEITECH constituyen activos empresariales desarrollados mediante inversión económica, tecnológica, intelectual y humana. En consecuencia, queda proh ibido realizar cualquier conducta que tenga por objeto o efecto:
I. Dañar los activos de BEITECH.
II. Disminuir deliberadamente su valor.
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III. Interferir con sus operaciones.
IV. Utilizar indebidamente sus recursos.
V. Apropiarse de información o tecnologí a.
VI. Obtener beneficios económicos mediante activos de BEITECH sin autorización.
VII. Facilitar a terceros el acceso no autorizado a los sistemas.
VIII. Utilizar los productos para actividades ilícitas.
IX. Generar deliberadamente daños en su reputación mediante información falsa o
manipulada.
CUARTA. PROTECCIÓN DE ACTIVOS INTANGIBLES
Todos los activos intangibles desarrollados, adquiridos o utilizados legítimamente por BEITECH permanecerán bajo la titularidad o derechos de explotación que correspondan a la empresa o a sus respectivos titulares. Se consideran activos intangibles, entre otros: • Marcas. • Nombres comerciales. • Logotipos. • Software. • Código fuente. • Código objeto. • Firmware. • Algoritmos. • Modelos matemáticos. • Modelos de Inteligenci a Artificial. • Bases de datos. • APIs. • SDK. • Interfaces. • Diseños. • Documentación técnica. • Secretos industriales. • Know - how. • Metodologías. • Manuales. • Contenido digital. El acceso a cualquiera de dichos activos no implica transmisión de propie dad ni autorización para su explotación fuera de los derechos expresamente concedidos.
QUINTA. AUSENCIA DE CESIÓN DE DERECHOS
La adquisición de un producto, dispositivo, licencia, suscripción o servicio de BEITECH no implica, salvo pacto expreso en contra rio:
I. Cesión del código fuente.
II. Transferencia de algoritmos.
III. Cesión de firmware.
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IV. Transferencia de secretos industriales.
V. Cesión de modelos de Inteligencia Artificial.
VI. Cesión de bases de datos.
VII. Cesión de marcas.
VIII. Cesión de pa tentes o diseños.
IX. Transferencia de know - how.
X. Autorización para desarrollar productos derivados.
XI. Autorización para realizar ingeniería inversa.
Los derechos concedidos al usuario serán únicamente aquellos expresamente establecidos en el contrato o licencia correspondiente.
SEXTA. PROHIBICIÓN DE INGENIERÍA INVERSA
Salvo que una disposición legal imperativa establezca lo contrario, queda prohibido realizar, facilitar o permitir:
I. Ingeniería inversa.
II. Descompilación.
III. Desensamblado.
IV. Ext racción del código fuente.
V. Análisis destinado a descubrir secretos industriales.
VI. Extracción de algoritmos.
VII. Replicación no autorizada de funcionalidades protegidas.
VIII. Modificación no autorizada del firmware.
IX. Extracción masiva de informac ión mediante herramientas automatizadas.
La presente disposición se aplicará dentro de los límites establecidos por la legislación mexicana y sin restringir excepciones legales expresamente reconocidas.
SÉPTIMA. PROTECCIÓN CONTRA USOS INDEBIDOS
El usuario será responsable de utilizar los productos y servicios de BEITECH conforme a: • Las instrucciones de uso. • Los manuales. • Las especificaciones técnicas. • Los Términos y Condiciones. • El EULA. • Las políticas de seguridad. • La legislación aplicable. B EITECH no será responsable de consecuencias derivadas de usos manifiestamente contrarios a dichas instrucciones cuando tales consecuencias sean atribuibles directamente al usuario.
OCTAVA. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS
OCASIONADOS POR EL USUARIO
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Cuando el usu ario, cliente, proveedor o tercero ocasione daños a BEITECH mediante una conducta dolosa, negligente, ilícita o contraria a sus obligaciones contractuales, deberá responder conforme a la legislación aplicable. Lo anterior podrá comprender, cuando legalment e proceda:
I. Daño emergente.
II. Lucro cesante.
III. Gastos razonables de recuperación.
IV. Costos de reparación.
V. Costos de sustitución.
VI. Gastos legales razonables.
VII. Pérdidas directamente ocasionadas.
VIII. Cualquier otro concepto cuya recuperac ión resulte legalmente procedente.
NOVENA. INDEMNIZACIÓN A FAVOR DE BEITECH
El usuario se obliga a sacar en paz y a salvo e indemnizar a BEITECH, sus accionistas, administradores, directivos, empleados, representantes y proveedores, frente a reclamaciones de terceros que sean consecuencia directa de:
I. Uso ilícito de los productos o servicios.
II. Incumplimiento de los presentes Términos y Condiciones.
III. Violación de derechos de terceros.
IV. Infracción de propiedad intelectual.
V. Divulgación no autor izada de Información Confidencial.
VI. Manipulación indebida de los dispositivos.
VII. Acceso no autorizado a los sistemas.
VIII. Uso fraudulento de las plataformas.
IX. Conductas contrarias a la legislación aplicable.
X. Información falsa proporcionada po r el usuario.
XI. Uso de los productos para fines distintos de los autorizados.
La obligación de indemnización estará limitada a los daños que sean legalmente atribuibles al usuario y no comprenderá responsabilidades ocasionadas exclusivamente por actos u omisiones imputables a BEITECH.
DÉCIMA. LIMITACIÓN ECONÓMICA DE
RESPONSABILIDAD
Cuando legalmente sea permitido, la responsabilidad contractual acumulada de BEITECH derivada de una operación determinada se limitará al monto efectivamente pagado por el usu ario a BEITECH respecto del producto o servicio específico que haya originado directamente la reclamación. Esta limitación no será aplicable cuando una disposición legal imperativa prohíba limitar dicha responsabilidad, ni respecto de:
I. Conductas dolosas de BEITECH.
II. Responsabilidades que legalmente no puedan excluirse.
III. Derechos irrenunciables de los consumidores.
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IV. Cualquier otro supuesto que la legislación aplicable determine expresamente.
DÉCIMA PRIMERA. EXCLUSIÓN DE DAÑOS INDIRECTOS
En la m áxima medida permitida por la legislación aplicable, BEITECH no será responsable por daños indirectos, incidentales, especiales, consecuenciales o punitivos derivados del uso de sus productos o servicios. Lo anterior podrá incluir, cuando legalmente proced a: • Pérdida de oportunidades comerciales. • Pérdida de ingresos. • Pérdida de información. • Interrupción de actividades. • Pérdida de productividad. • Daños consecuenciales. • Pérdida de beneficios esperados. Esta disposición no tendrá por objeto excluir derechos o responsabilidades que legalmente resulten irrenunciables.
DÉCIMA SEGUNDA. EXCLUSIÓN POR ACTOS DE
TERCEROS
BEITECH no será responsable por daños ocasionados exclusivamente por terceros cuando dichos daños resulten ajenos a su control razonable. Entre otros supuestos podrán considerarse:
I. Fallas de proveedores tecnológicos.
II. Interrupciones de telecomunicaciones.
III. Fallas de servicios de Internet.
IV. Fallas de plataformas de terceros.
V. Ataques informáticos externos.
VI. Fraudes cometido s por terceros.
VII. Interrupciones de servicios financieros.
VIII. Fallas de infraestructura externa.
Lo anterior estará sujeto a las disposiciones del Capítulo XV relativo al tema de Caso Fortuito y Fuerza Mayor.
DÉCIMA TERCERA. PROTECCIÓN FRENTE A
RECL AMACIONES DE TERCEROS
Cuando un tercero formule una reclamación relacionada con el uso de un producto o servicio por parte del usuario, éste deberá informar oportunamente a BEITECH cuando la naturaleza de la reclamación pueda afectar los derechos o interes es de la empresa. El usuario deberá abstenerse de realizar declaraciones en nombre de BEITECH o reconocer responsabilidad de la empresa sin autorización previa.
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DÉCIMA CUARTA. PROTECCIÓN FRENTE A FRAUDES
BEITECH podrá implementar mecanismos para detectar, prevenir y combatir: • Fraude. • Suplantación de identidad. • Robo de cuentas. • Uso de medios de pago no autorizados. • Contracargos fraudulentos. • Manipulación de dispositivos. • Creación masiva de cuentas. • Extracción automatizada de información. • A ccesos no autorizados. Cuando existan elementos objetivos que indiquen una conducta fraudulenta, BEITECH podrá suspender temporalmente la cuenta u operación correspondiente, realizar verificaciones adicionales y adoptar las medidas legales procedentes.
DÉ CIMA QUINTA. SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN
BEITECH podrá suspender, restringir o cancelar una cuenta, licencia o acceso cuando exista:
I. Incumplimiento contractual.
II. Uso ilícito.
III. Fraude.
IV. Riesgo de seguridad.
V. Ataques contra los sistemas.
VI. Mani pulación no autorizada.
VII. Ingeniería inversa prohibida.
VIII. Violación de propiedad intelectual.
IX. Incumplimiento de obligaciones de pago.
X. Requerimiento de autoridad competente.
La suspensión o cancelación deberá realizarse de conformidad con los procedimientos contractuales y legales aplicables.
DÉCIMA SEXTA. PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN
El usuario reconoce que la información técnica, comercial, financiera y estratégica de BEITECH constituye un activo patrimonial susceptible de protección jurídic a. Por lo tanto, cualquier acceso autorizado a dicha información no deberá interpretarse como autorización para: • Copiarla. • Divulgarla. • Comercializarla. • Transferirla. • Explotarla. • Utilizarla para competir. • Facilitar su acceso a terceros.
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DÉCIM A SÉPTIMA. MEDIDAS CAUTELARES
Cuando exista riesgo de daño irreparable a los activos, sistemas, información, propiedad intelectual o secretos industriales de BEITECH, la empresa podrá solicitar ante las autoridades competentes las medidas cautelares, provi sionales o precautorias que legalmente procedan. Lo anterior será independiente de cualquier reclamación por daños y perjuicios.
DÉCIMA OCTAVA. CONSERVACIÓN DE EVIDENCIA
BEITECH podrá conservar evidencia relacionada con incidentes que afecten su patrimoni o, incluyendo: • Registros de acceso. • Bitácoras. • Correos electrónicos. • Mensajes de datos. • Registros de autenticación. • Evidencia de transacciones. • Registros de actividad. • Fotografías. • Reportes técnicos. • Registros de seguridad. Cuando resul te procedente, BEITECH podrá utilizar mecanismos de conservación y preservación de mensajes de datos conforme a la NOM - 151 - SCFI - 2016 o disposición que la sustituya.
DÉCIMA NOVENA. NO RENUNCIA A DERECHOS
La falta de ejercicio inmediato de cualquier derecho por parte de BEITECH no constituirá renuncia al mismo. Cualquier tolerancia, prórroga o excepción otorgada a un usuario será considerada una medida particular y no constituirá modificación general de los presentes Términos y Condiciones.
VIGÉSIMA. PROTEC CIÓN DEL PATRIMONIO FRENTE A
ACTOS ILÍCITOS
Ninguna disposición de los presentes Términos y Condiciones autoriza al usuario a utilizar los productos, servicios, software, infraestructura o información de BEITECH para cometer actos ilícitos. En caso de dete ctar conductas que pudieran constituir un delito o infracción administrativa, BEITECH podrá:
I. Suspender el acceso correspondiente.
II. Preservar evidencia.
III. Realizar investigaciones internas.
IV. Notificar a las autoridades cuando exista obligación l egal para ello.
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V. Ejercer las acciones legales correspondientes.
VIGÉSIMA PRIMERA. NO EXCLUSIÓN DE
RESPONSABILIDADES LEGALES
El presente Capítulo no podrá interpretarse como una renuncia anticipada de BEITECH a obligaciones que legalmente le correspondan , ni como una autorización para incumplir disposiciones de orden público. Las limitaciones y exclusiones previstas en este Capítulo serán aplicables únicamente en la medida máxima permitida por la legislación mexicana.
VIGÉSIMA SEGUNDA. RELACIÓN CON OTROS
CAPÍTULOS
El presente Capítulo deberá interpretarse conjuntamente con:
I. Capítulo V. Propiedad Intelectual.
II. Capítulo VI. Limitación de Responsabilidad.
III. Capítulo VIII. Protección de Datos Biométricos y Datos Personales Sensibles.
IV. Capítulo IX. Ciberseguridad y Uso Permitido.
V. Capítulo XIII. Cumplimiento Normativo.
VI. Capítulo XIV. Confidencialidad.
VII. Capítulo XV. Caso Fortuito y Fuerza Mayor.
VIII. Capítulo XVI. Jurisdicción, Ley Aplicable y Solución de Controversias.
En caso de contradic ción, se aplicarán las reglas de prelación establecidas en el Capítulo XVI y, en todo caso, prevalecerán las disposiciones legales de orden público y de carácter irrenunciable.
VIGÉSIMA TERCERA. SUPERVIVENCIA
Las disposiciones relacionadas con: • Propieda d intelectual. • Secretos industriales. • Confidencialidad. • Indemnización. • Protección patrimonial. • Limitación de responsabilidad. • Conservación de evidencia. • Protección de datos. • Recuperación de daños. continuarán vigentes después de la terminac ión de la relación contractual cuando, por su naturaleza, deban producir efectos posteriores.
CAPÍTULO XVIII
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EXCLUSIÓN Y RENUNCIA A DAÑOS
INDIRECTOS, INCIDENTALES,
CONSECUENCIALES Y ESPECIALES
PRIMERA. OBJETO
El presente Capítulo tiene por objeto estable cer los límites de respo nsabilidad aplicables a BEITECH, respecto de aquellos daños o pérdidas que no constituyan una consecuencia directa, inmediata y razonablemente previsible del incumplimiento que, en su caso, resulte imputable a la empresa. La present e disposición forma parte integral del esquema de protección patrimonial y delimitación de riesgos de BEITECH y deberá interpretarse conjuntamente con el Capítulo de Limitación de Responsabilidad, sin perjuicio de las responsabilidades que legalmente no pu edan excluirse o limitarse.
SEGUNDA. EXCLUSIÓN DE DAÑOS INDIRECTOS
En la medida permitida por la legislación aplicable, BEITECH no será responsable por daños indirectos que deriven de manera secundaria, remota o mediata de la utilización, imposibilidad de utilización, interrupción, suspensión o funcionamiento de sus productos, servicios, plataformas, aplicaciones, dispositivos, sistemas o contenidos. Para efectos de esta disposición, se considerarán daños indirectos aquellos que no constituyan una consecue ncia inmediata y directa del hecho que haya originado la reclamación.
TERCERA. DAÑOS CONSECUENCIALES
En la medida legalmente permitida, BEITECH no será responsable por pérdidas o daños consecuenciales derivados de acontecimientos posteriores o adicionales al hecho que haya originado una eventual responsabilidad. Lo anterior podrá comprender, de manera enunciativa y no limitativa:
I. Pérdida de oportunidades comerciales.
II. Pérdida de negocios.
III. Pérdida de contratos con terceros.
IV. Pérdida de cliente s.
V. Pérdida de inversiones.
VI. Pérdida de ventajas competitivas.
VII. Interrupción de actividades comerciales.
VIII. Pérdida de productividad.
IX. Pérdida de ingresos futuros.
X. Afectaciones derivadas de decisiones comerciales adoptadas por el usuario o por
terceros.
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CUARTA. LUCRO CESANTE
Salvo que una disposición legal imperativa establezca lo contrario, BEITECH no será responsable por lucro cesante, entendido como las ganancias, ingresos, beneficios económicos o utilidades que el usuario manifieste haber dejado de obtener como consecuencia indirecta de un evento relacionado con los productos o servicios de BEITECH. La presente exclusión será aplicable únicamente respecto de conceptos que legalmente puedan ser objeto de limitación contractual.
QUINTA . PÉRDIDA DE INFORMACIÓN
En la medida permitida por la legislación aplicable, BEITECH no será responsable por pérdidas, alteraciones o daños a información que deriven exclusivamente de:
I. Falta de respaldo por parte del usuario.
II. Eliminación voluntaria de información.
III. Uso incorrecto del sistema.
IV. Manipulación no autorizada.
V. Uso de software o hardware incompatible.
VI. Modificaciones realizadas por terceros no autorizados.
VII. Fallas de infraestructura bajo control exclusivo del usuario.
VIII . Incumplimiento de las recomendaciones técnicas de BEITECH.
IX. Actos de terceros fuera del control razonable de BEITECH.
X. Caso Fortuito o Fuerza Mayor.
Lo anterior no será aplicable cuando la pérdida de información sea directamente atribuible a un incu mplimiento imputable a BEITECH respecto de obligaciones que legalmente le correspondan.
SEXTA. PÉRDIDA DE OPORTUNIDADES COMERCIALES
BEITECH no responderá, en la medida legalmente permitida, por oportunidades comerciales, negocios, contratos, inversiones, asociaciones, operaciones o proyectos que el usuario manifieste haber perdido como consecuencia indirecta de una interrupción, retraso, modificación o indisponibilidad de los productos o servicios. El usuario reconoce que las decisiones comerciales, financ ieras o empresariales que adopte con base en los productos o servicios de BEITECH son realizadas bajo su propia responsabilidad.
SÉPTIMA. AFECTACIONES REPUTACIONALES
En la medida permitida por la legislación aplicable, BEITECH no será responsable por afec taciones reputacionales, pérdida de prestigio, pérdida de confianza comercial o cualquier daño similar que no constituya un daño directo jurídicamente acreditado y atribuible a un incumplimiento imputable a la empresa. Esta disposición no tendrá por objeto excluir responsabilidades que legalmente no puedan ser limitadas.
OCTAVA. DAÑOS INCIDENTALES Y ESPECIALES
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En la medida permitida por la legislación aplicable, BEITECH no será responsable por daños incidentales, especiales, extraordinarios o punitivos que se deriven indirectamente de la relación contractual. Dentro de esta categoría podrán encontrarse, cuando legalmente proceda:
I. Costos extraordinarios derivados de la contratación de servicios sustitutos.
II. Gastos adicionales no razonablemente previsib les.
III. Costos derivados de decisiones comerciales independientes del usuario.
IV. Pérdidas económicas secundarias.
V. Gastos derivados de relaciones contractuales celebradas entre el usuario y terceros.
NOVENA. RELACIONES CON TERCEROS
BEITECH no será r esponsable por pérdidas o daños derivados de contratos, operaciones, acuerdos o relaciones comerciales celebradas entre el usuario y terceros. El usuario será responsable de evaluar los riesgos derivados de sus propias relaciones comerciales y de establece r los mecanismos contractuales correspondientes con sus clientes, proveedores, colaboradores o socios comerciales.
DÉCIMA. PRODUCTOS Y SERVICIOS DE TERCEROS
Cuando un producto o servicio de BEITECH dependa de infraestructura, software, plataformas, APIs, servicios de nube, telecomunicaciones, pasarelas de pago, sistemas operativos u otros servicios proporcionados por terceros, BEITECH no será responsable por daños indirectos derivados exclusivamente de la interrupción, modificación, suspensión o falla de d ichos servicios, cuando éstos se encuentren fuera de su control razonable. Lo anterior se aplicará sin perjuicio de las obligaciones que legalmente correspondan a BEITECH respecto de la selección, gestión o supervisión de sus proveedores.
DÉCIMA PRIMERA. CIBERSEGURIDAD
BEITECH implementará medidas razonables de seguridad destinadas a proteger sus sistemas e información; sin embargo, el usuario reconoce que ningún sistema tecnológico puede garantizar de manera absoluta la inexistencia de ataques, vulnerabil idades o incidentes de seguridad. En consecuencia, en la medida legalmente permitida, BEITECH no será responsable por daños indirectos derivados exclusivamente de: • Ataques informáticos de terceros. • Malware. • Ransomware. • Ataques de denegación de serv icio. • Suplantación de identidad. • Fraudes de terceros. • Vulnerabilidades de sistemas de terceros. • Interrupciones generalizadas de Internet. • Fallas de proveedores tecnológicos. Esta exclusión no será aplicable cuando el daño sea consecuencia de dolo , negligencia o incumplimiento imputable a BEITECH respecto de obligaciones legalmente exigibles.
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DÉCIMA SEGUNDA. USO INDEBIDO
Las exclusiones previstas en este Capítulo serán particularmente aplicables cuando el daño indirecto derive de un uso:
I. No aut orizado.
II. Ilícito.
III. Fraudulento.
IV. Contrario a las instrucciones de BEITECH.
V. Contrario al EULA.
VI. Contrario a los Términos y Condiciones.
VII. Contrario a las especificaciones técnicas.
VIII. Realizado mediante modificaciones no autorizadas.
IX. Realizado mediante integración tecnológica no autorizada.
DÉCIMA TERCERA. CARGA DE ACREDITACIÓN
Quien reclame un daño deberá acreditar, conforme a las reglas probatorias aplicables:
I. La existencia real del daño.
II. Su cuantía.
III. El hecho que pre suntamente lo originó.
IV. La relación causal entre dicho hecho y el daño.
V. La imputabilidad del daño a BEITECH.
VI. Que el concepto reclamado no se encuentre válidamente excluido por el contrato o por
la legislación aplicable. La mera existencia de una interrupción, falla o inconveniente no constituirá por sí misma prueba de la existencia de un daño indemnizable.
DÉCIMA CUARTA. DAÑOS DIRECTOS
La presente exclusión no tendrá por objeto eliminar la responsabilidad que, en su caso, corresponda respecto de daños directos, ciertos, comprobables y jurídicamente imputables a BEITECH, cuando dicha responsabilidad resulte exigible conforme a la legislación aplicable. La determinación de cualquier daño indemnizable deberá realizarse atendiendo a la legislación apl icable, al contrato correspondiente y a la evidencia disponible.
DÉCIMA QUINTA. LÍMITE ECONÓMICO
Las exclusiones previstas en este Capítulo deberán complementarse con el límite económico de responsabilidad establecido en el Capítulo correspondiente. En co nsecuencia, aun cuando una reclamación pudiera comprender un concepto susceptible de indemnización, la responsabilidad económica de BEITECH estará sujeta al límite máximo expresamente establecido en el contrato, siempre que dicho límite sea legalmente váli do y exigible en el caso concreto. No serán aplicables límites o exclusiones respecto de responsabilidades que por disposición legal no puedan ser objeto de limitación.
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DÉCIMA SEXTA. DERECHOS DEL CONSUMIDOR
Cuando el usuario tenga la calidad de consumidor , ninguna disposición del presente
Capítulo deberá interpretarse como una renuncia anticipada a los derechos reconocidos por
la Ley Federal de Protección al Consumidor o por cualquier otra disposición de orden público. En caso de existir contradicción entr e una disposición de este Capítulo y una norma imperativa aplicable al consumidor, prevalecerá la disposición legal correspondiente.
DÉCIMA SÉPTIMA. EXCLUSIONES NO APLICABLES
Las exclusiones contenidas en este Capítulo no tendrán efectos respecto de aquel las responsabilidades que, conforme a la legislación aplicable, no puedan ser válidamente excluidas o limitadas mediante contrato. En particular, no deberán interpretarse como una autorización para excluir responsabilidades derivadas de conductas que legal mente no puedan ser objeto de exoneración contractual.
DÉCIMA OCTAVA. INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA
El presente Capítulo deberá interpretarse conjuntamente con:
I. El Capítulo VI. Limitación de Responsabilidad.
II. El Capítulo VII. Exclusión de Responsabilid ad Médica.
III. El Capítulo IX. Ciberseguridad y Uso Permitido.
IV. El Capítulo XV. Caso Fortuito y Fuerza Mayor.
V. El Capítulo XVII. Blindaje y Protección Patrimonial.
En caso de contradicción, deberá aplicarse la disposición específica correspondiente a la materia de que se trate, respetando en todo momento las disposiciones legales de orden público.
DÉCIMA NOVENA. SUPERVIVENCIA
Las disposiciones relativas a limitación y exclusión de responsabilidad continuarán vigentes después de la terminación de la r elación contractual respecto de hechos, operaciones o acontecimientos ocurridos durante la vigencia de la relación jurídica, en la medida permitida por la legislación aplicable.
VIGÉSIMA. ACEPTACIÓN
El usuario manifiesta que ha tenido acceso a las present es disposiciones y reconoce que las exclusiones y limitaciones establecidas forman parte integral del marco contractual aplicable a los productos y servicios de BEITECH. La aceptación electrónica de los Términos y Condiciones, contrato, EULA o documento co rrespondiente producirá los efectos jurídicos que determine la legislación aplicable.
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CAPÍTULO XIX
LIMITACIÓN ECONÓMICA DE
RESPONSABILIDAD
PRIMERA. OBJETO
El presente Capítulo tiene por objeto establecer el límite económico máximo de responsabilidad que, en su cas o, podrá ser exigible a BEITECH , derivado de reclamaciones relacionadas con los productos, servicios, plataformas, aplicaciones, dispositivos, software, firmware, licencias o demás soluciones tecnológicas proporcionadas por la empresa. La present e limitación constituye un mecanismo de asignación contractual de riesgos y protección patrimonial, y deberá interpretarse conjuntamente con las disposiciones relativas a limitación de responsabilidad, exclusión de daños indirectos, fuerza mayor, cibersegu ridad, protección patrimonial, garantías y demás disposiciones aplicables.
SEGUNDA. LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD
Salvo que una disposición legal imperativa establezca un límite diferente o prohíba limitar la responsabilidad, la responsabilidad económi ca acumulada de BEITECH derivada de una misma relación contractual, producto, servicio, operación o evento estará limitada, como máximo, al monto efectivamente pagado por E l usuario a BEITECH por el producto o servicio específico que haya dado origen direc to a la reclamación durante los [DOCE] meses inmediatamente anteriores al acontecimiento que haya generado la reclamación. Cuando la relación contractual tenga una duración inferior a dicho periodo, el límite se determinará con base en las cantidades efect ivamente pagadas durante la vigencia de la relación correspondiente.
TERCERA. LÍMITE APLICABLE A SERVICIOS GRATUITOS
Cuando BEITECH proporcione determinados servicios, funcionalidades, periodos de prueba o herramientas sin costo, y la legislación aplicabl e permita establecer una limitación contractual de responsabilidad, el límite económico de responsabilidad podrá establecerse en una cantidad razonable expresamente determinada en el contrato correspondiente. La ausencia de pago no implicará, por sí misma, una renuncia de BEITECH a las obligaciones que legalmente le correspondan.
CUARTA. RESPONSABILIDAD POR PRODUCTOS O
SERVICIOS ESPECÍFICOS
Cuando el usuario contrate varios productos o servicios independientes, el límite de responsabilidad se determinará r especto del producto o servicio que haya generado directamente la reclamación. No podrán acumularse automáticamente los precios de productos o servicios distintos que no tengan relación causal con el daño reclamado.
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QUINTA. RESPONSABILIDAD ACUMULADA
Salvo disposición legal en contrario, las cantidades que BEITECH deba cubrir por distintas reclamaciones relacionadas con un mismo producto, servicio, contrato o acontecimiento no podrán exceder conjuntamente el límite máximo establecido en este Capítulo. El lí mite económico será acumulativo respecto de las reclamaciones que deriven de una misma causa o conjunto de hechos sustancialmente relacionados.
SEXTA. EXCLUSIÓN DE DAÑOS INDIRECTOS
El límite económico previsto en este Capítulo deberá interpretarse conjunt amente con la exclusión de daños indirectos establecida en el capítulo correspondiente. En consecuencia, cuando legalmente resulte procedente, no serán considerados para efectos del cálculo de responsabilidad de BEITECH:
I. Lucro cesante.
II. Pérdida de ut ilidades futuras.
III. Pérdida de oportunidades comerciales.
IV. Pérdida de negocios.
V. Pérdida de contratos con terceros.
VI. Pérdida de clientes.
VII. Daños consecuenciales.
VIII. Daños incidentales.
IX. Daños especiales.
X. Daños punitivos cuando legal mente no resulten exigibles.
XI. Costos derivados de decisiones comerciales independientes del usuario.
XII. Cualquier otro concepto que legalmente tenga naturaleza indirecta o consecuencial y
cuya exclusión contractual sea válida.
SÉPTIMA. DAÑOS DIRECTOS
La presente cláusula no tiene por objeto excluir aquellos daños directos, ciertos, comprobables y jurídicamente imputables a BEITECH que, conforme a la legislación aplicable, deban ser indemnizados. En caso de que exista responsabilidad legalmente exigibl e, ésta quedará sujeta al límite económico establecido en este Capítulo, salvo respecto de aquellos conceptos que legalmente no puedan ser limitados.
OCTAVA. EXCEPCIONES AL LÍMITE ECONÓMICO
El límite establecido en el presente Capítulo no será aplicable c uando una disposición legal imperativa establezca expresamente que determinada responsabilidad no puede ser excluida o limitada mediante contrato. Asimismo, ninguna disposición de este Capítulo deberá interpretarse como una autorización para excluir o limi tar responsabilidades respecto de las cuales la legislación aplicable establezca expresamente una prohibición.
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NOVENA. DOLO, CULPA O NEGLIGENCIA
La aplicación de cualquier límite económico estará sujeta a la legislación aplicable respecto de los efectos j urídicos que correspondan a conductas realizadas con dolo, culpa grave o negligencia, cuando legalmente no sea posible limitar la responsabilidad derivada de dichas conductas. Por tanto, el presente Capítulo no deberá interpretarse como una autorización pa ra que BEITECH se exonere anticipadamente de responsabilidades que legalmente no puedan ser objeto de limitación contractual.
DÉCIMA. PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
Cuando el usuario tenga la calidad de consumidor, cualquier límite económico establecido en este Capítulo quedará sujeto a las disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y demás legislación aplicable. En consecuencia, si una disposición legal establece un derecho, garantía, indemnización o responsabilidad que no pueda ser limitada co ntractualmente, dicha disposición prevalecerá sobre el límite establecido en este Capítulo. Ningún límite económico podrá utilizarse para privar al consumidor de derechos reconocidos por disposiciones de orden público.
DÉCIMA PRIMERA. PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES
Tratándose de reclamaciones relacionadas con datos personales, datos personales sensibles o datos biométricos, cualquier limitación económica estará sujeta a la legislación aplicable en materia de protección de datos personales. El presente Capí tulo no tendrá por objeto excluir las obligaciones legales de BEITECH respecto de la seguridad, confidencialidad y tratamiento lícito de los datos personales.
DÉCIMA SEGUNDA. PROPIEDAD INTELECTUAL
Las reclamaciones relacionadas con infracciones a derechos de propiedad intelectual serán atendidas conforme a la legislación aplicable. La limitación económica prevista en este Capítulo no deberá interpretarse como una autorización para utilizar, reproducir, explotar o infringir derechos de propiedad intelectual de terceros. Cuando legalmente proceda establecer límites económicos respecto de una reclamación, éstos se determinarán conforme a la legislación y al contrato aplicable.
DÉCIMA TERCERA. RESPONSABILIDAD POR ACTOS DEL
USUARIO
BEITECH no será responsable p or daños ocasionados como consecuencia directa del incumplimiento, uso indebido, fraude, negligencia o conducta ilícita atribuible al usuario.
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Cuando la conducta del usuario haya contribuido causalmente a la generación del daño, la responsabilidad que, en su caso, corresponda se determinará atendiendo a la legislación aplicable y a la participación causal de cada parte.
DÉCIMA CUARTA. RESPONSABILIDAD POR TERCEROS
BEITECH no será responsable por daños derivados exclusivamente de actos de terceros que se enc uentren fuera de su control razonable, incluyendo proveedores de telecomunicaciones, Internet, servicios de nube, plataformas de pago, sistemas operativos, proveedores de infraestructura y demás terceros tecnológicos. Esta disposición se aplicará sin perju icio de las obligaciones legales que correspondan a BEITECH respecto de sus propios actos u omisiones.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR
No serán considerados responsabilidad indemnizable de BEITECH aquellos daños que deriven directamente de un supuesto válido de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, en los términos establecidos en el Capítulo correspondiente. La presente disposición no será aplicable cuando la legislación establezca una responsabilidad que no pueda excluirse o limitarse.
DÉCIMA SEXTA. CIBERATAQUES
BEITECH no será responsable, dentro de los límites permitidos por la legislación aplicable, por daños que sean consecuencia directa de ataques informáticos extraordinarios ejecutados por terceros cuando BEITECH haya implementado medidas razona bles de seguridad y haya actuado diligentemente para prevenir, contener y mitigar sus efectos. Cuando un incidente de ciberseguridad sea consecuencia de una conducta imputable a BEITECH, la responsabilidad se determinará conforme a la legislación aplicable .
DÉCIMA SÉPTIMA. SEGUROS
Cuando exista una póliza de seguro relacionada con el producto o servicio objeto de reclamación, la existencia de dicha póliza no modificará por sí misma el límite contractual establecido en este Capítulo. La cobertura dependerá de los términos, condiciones, exclusiones, límites y deducibles establecidos en la póliza correspondiente.
DÉCIMA OCTAVA. PROHIBICIÓN DE DOBLE
RECUPERACIÓN
El usuario no podrá obtener una doble indemnización por un mismo daño mediante reclamaciones formul adas simultáneamente contra BEITECH bajo diferentes conceptos contractuales. Cualquier cantidad previamente recibida por el mismo hecho deberá considerarse para determinar, cuando legalmente corresponda, el monto pendiente de indemnización.
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DÉCIMA NOVENA. CARGA DE ACREDITACIÓN
La persona que formule una reclamación deberá acreditar, conforme a las reglas probatorias aplicables:
I. La existencia del daño.
II. La cuantía del daño.
III. La relación causal.
IV. La imputabilidad a BEITECH.
V. La procedencia jur ídica de la indemnización.
VI. Que el concepto reclamado no se encuentre válidamente excluido o limitado.
La existencia de una falla, interrupción o inconveniente no acreditará por sí misma la existencia de un daño indemnizable.
VIGÉSIMA. RECLAMACIONES CO NTRA TERCEROS
Cuando el daño alegado sea atribuible total o parcialmente a un tercero, BEITECH podrá solicitar al reclamante que dirija la reclamación correspondiente contra dicho tercero, cuando legalmente proceda. Lo anterior no impedirá que BEITECH asum a las responsabilidades que legalmente le correspondan por sus propios actos u omisiones.
VIGÉSIMA PRIMERA. NATURALEZA DEL LÍMITE
El límite económico establecido en este Capítulo constituye una condición esencial de la asignación contractual de riesgos en tre las partes. El usuario reconoce que la determinación de dicho límite forma parte de la estructura económica bajo la cual BEITECH ofrece sus productos y servicios. La aceptación de los presentes Términos y Condiciones implica el reconocimiento de esta d istribución de riesgos, siempre dentro de los límites establecidos por la legislación aplicable.
VIGÉSIMA SEGUNDA. NO RENUNCIA A DERECHOS
IRRENUNCIABLES
Ninguna disposición de este Capítulo constituirá una renuncia anticipada a derechos irrenunciables ni tendrá por objeto excluir responsabilidades que legalmente no puedan ser objeto de limitación contractual. En caso de contradicción entre este Capítulo y una disposición legal imperativa, prevalecerá la disposición legal correspondiente.
VIGÉSIMA TERCERA. INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA
El presente Capítulo deberá interpretarse conjuntamente con:
I. Capítulo VI. Limitación de Responsabilidad.
II. Capítulo VII. Exclusión de Responsabilidad Médica.
III. Capítulo VIII. Protección de Datos Biométricos y Datos Perso nales Sensibles.
IV. Capítulo IX. Ciberseguridad y Uso Permitido.
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V. Capítulo XV. Caso Fortuito y Fuerza Mayor.
VI. Capítulo XVII. Blindaje y Protección Patrimonial.
VII. Capítulo XVIII. Exclusión de Daños Indirectos.
En caso de contradicción, deberá aplic arse la disposición específica correspondiente, siempre respetando las disposiciones legales de orden público.
VIGÉSIMA CUARTA. SUPERVIVENCIA
Las disposiciones relativas a limitación económica de responsabilidad continuarán vigentes respecto de hechos, op eraciones o acontecimientos ocurridos durante la vigencia de la relación contractual, aun después de su terminación, en la medida permitida por la legislación aplicable.
VIGÉSIMA QUINTA. ACEPTACIÓN ELECTRÓNICA
El usuario reconoce que la presente limitació n económica forma parte integral de los Términos y Condiciones aplicables a los productos y servicios de BEITECH. La aceptación mediante medios electrónicos, cuando cumpla con los requisitos establecidos por la legislación aplicable, constituirá manifestac ión de voluntad respecto de las condiciones aquí establecidas.
CAPÍTULO XX
USO DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL,
ALGORITMOS Y PROTECCIÓN DE DATOS
BIOMÉTRICOS
SECCIÓN PRIMERA. USO DE
INTELIGENCIA ARTIFICIAL
PRIMERA. IMPLEMENTACIÓN DE INTELIGENCIA
ARTIFICIAL
BEI TECH podrá incorporar, utilizar, desarrollar, implementar o poner a disposición, dentro de sus productos, servicios, aplicaciones, plataformas y soluciones tecnológicas, sistemas, modelos, herramientas o funcionalidades basadas en Inteligencia Artificial ( IA), aprendizaje automático, aprendizaje profundo, procesamiento automatizado de información, análisis predictivo, reconocimiento de patrones u otras tecnologías similares. La utilización de dichas tecnologías tendrá como finalidad exclusiva la prestación, optimización, personalización, seguridad, mantenimiento, análisis técnico o mejora de los
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productos y servicios proporcionados por BEITECH, de conformidad con la legislación aplicable.
SEGUNDA. NATURALEZA DE LOS SISTEMAS DE
INTELIGENCIA ARTIFICIAL
E l usu ario reconoce que los sistemas de Inteligencia Artificial constituyen herramientas tecnológicas destinadas a procesar información y generar resultados mediante modelos computacionales y algoritmos. Los resultados generados por dichos sistemas podrán depend er de la información proporcionada, de los parámetros utilizados, de la configuración tecnológica, de fuentes de información y de otros factores técnicos. Por lo anterior, cuando por la naturaleza del servicio resulte aplicable, los resultados generados po r sistemas automatizados deberán considerarse como información de apoyo, y no necesariamente como una determinación definitiva, diagnóstico profesional, asesoría especializada o garantía de un resultado específico.
TERCERA. AUSENCIA DE GARANTÍA DE RESULTA DOS
DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL
BEITECH no garantiza que los resultados generados mediante herramientas de Inteligencia Artificial sean:
I. Absolutamente exactos.
II. Invariables.
III. Libres de errores.
IV. Adecuados para cualquier finalidad particular.
V. Libres de sesgos derivados de los datos o modelos utilizados.
VI. Sustitutivos de la intervención de un profesional cuando resulte legal o técnicamente
necesaria. E l usuario será responsable de valorar los resultados obtenidos mediante herramientas de Int eligencia Artificial antes de utilizarlos para adoptar decisiones que puedan producir consecuencias jurídicas, médicas, financieras, laborales o de cualquier otra naturaleza relevante.
CUARTA. USOS PROHIBIDOS DE LA INTELIGENCIA
ARTIFICIAL
E l usuario no po drá utilizar las funcionalidades de Inteligencia Artificial proporcionadas por BEITECH para:
a) Realizar actividades ilícitas.
b) Suplantar la identidad de personas.
c) Generar contenido destinado a cometer fraude.
d) Obtener información confidencial de te rceros sin autorización.
e) Vulnerar derechos de terceros.
f) Evadir mecanismos de seguridad.
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g) Realizar ataques contra sistemas informáticos.
h) Extraer, copiar o reconstruir modelos de Inteligencia Artificial de BEITECH.
i) Entrenar sistemas competidore s mediante extracción no autorizada de información.
j) Realizar ingeniería inversa sobre los modelos o sistemas de BEITECH.
k) Cualquier otro uso prohibido por la legislación aplicable.
QUINTA. PROPIEDAD DE LOS SISTEMAS DE
INTELIGENCIA ARTIFICIAL
Salvo qu e expresamente se establezca lo contrario mediante contrato escrito, BEITECH conservará todos los derechos que legalmente le correspondan respecto de sus sistemas de Inteligencia Artificial, incluyendo, en su caso:
I. Modelos.
II. Arquitecturas.
III. Algor itmos.
IV. Parámetros.
V. Configuraciones.
VI. Código fuente.
VII. Código objeto.
VIII. Documentación técnica.
IX. Bases de datos.
X. Procesos de entrenamiento.
XI. Metodologías.
XII. Interfaces.
XIII. Sistemas de integración.
XIV. Know - how.
El acceso del usuario a una funcionalidad basada en Inteligencia Artificial no constituirá una cesión de derechos de propiedad intelectual sobre dicha tecnología.
SECCIÓN SEGUNDA. USO Y PROTECCIÓN
DE ALGORITMOS
SEXTA. PROTECCIÓN DE ALGORITMOS
Los algoritmos, modelos m atemáticos, reglas de procesamiento, métodos computacionales, arquitecturas, procesos automatizados, estructuras lógicas y demás elementos tecnológicos desarrollados, adquiridos o utilizados legítimamente por BEITECH constituyen activos tecnológicos y patr imoniales de la empresa y estarán protegidos en la medida reconocida por la legislación aplicable. Cuando dichos elementos reúnan los requisitos legales correspondientes, podrán encontrarse protegidos como secretos industriales, obras, programas de cómputo , conocimientos técnicos o mediante cualquier otra figura jurídica aplicable.
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SÉPTIMA. PROHIBICIÓN DE INGENIERÍA INVERSA
Salvo cuando una disposición legal expresamente lo permita, el usuario no podrá:
I. Descompilar.
II. Desensamblar.
III. Realizar ingen iería inversa.
IV. Extraer algoritmos.
V. Intentar reconstruir modelos.
VI. Obtener el código fuente.
VII. Extraer parámetros.
VIII. Analizar o manipular deliberadamente los mecanismos internos con la finalidad de
reproducirlos.
IX. Crear productos derivad os mediante la utilización no autorizada de los elementos
tecnológicos de BEITECH.
X. Utilizar técnicas de extracción de modelos o datos para replicar los sistemas tecnológicos
de BEITECH.
OCTAVA. PROTECCIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS
ALGORITMOS
El usuario se obliga a no realizar acciones destinadas a alterar, interferir, manipular o comprometer el funcionamiento normal de los algoritmos utilizados por BEITECH. Asimismo, queda prohibido utilizar mecanismos automatizados destinados a sobrecargar, saturar, ma nipular o extraer información de los sistemas de BEITECH de manera abusiva o no autorizada.
NOVENA. RESULTADOS GENERADOS POR ALGORITMOS
Cuando un producto o servicio genere resultados mediante algoritmos, dichos resultados se producirán conforme a las reg las, parámetros, información y condiciones técnicas existentes al momento de su procesamiento. BEITECH podrá modificar, actualizar, sustituir, optimizar o retirar algoritmos cuando resulte necesario por razones técnicas, de seguridad, cumplimiento normativ o, mejora del servicio o evolución tecnológica. Dichas modificaciones no implicarán, por sí mismas, una cesión de los algoritmos al usuario ni le conferirán derechos sobre su estructura interna.
DÉCIMA. ACTUALIZACIÓN TECNOLÓGICA
BEITECH podrá actualizar s us algoritmos y modelos tecnológicos con la finalidad de:
I. Mejorar su funcionamiento.
II. Corregir errores.
III. Incrementar la seguridad.
IV. Adaptarse a cambios regulatorios.
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V. Prevenir fraudes.
VI. Mejorar la experiencia del usuario.
VII. Incorporar nuevas funcionalidades.
VIII. Mitigar vulnerabilidades.
IX. Optimizar el rendimiento.
X. Adaptar los servicios a nuevas tecnologías.
Las actualizaciones podrán modificar determinados resultados o funcionalidades, siempre que ello sea compatible con las obl igaciones contractuales y legales aplicables.
SECCIÓN TERCERA. DATOS
BIOMÉTRICOS
DÉCIMA PRIMERA. NATURALEZA DE LOS DATOS
BIOMÉTRICOS
Cuando BEITECH recabe, utilice, almacene, analice o trate información que permita identificar o hacer identificable a una persona mediante características físicas, fisiológicas, conductuales o cualquier otro elemento biométrico, dicho tratamiento se sujetará a la legislación aplicable en materia de protección de datos personales. Los datos biométricos serán tratados bajo med idas reforzadas de seguridad, confidencialidad y control de acceso, atendiendo a su naturaleza y al riesgo que represente su tratamiento.
DÉCIMA SEGUNDA. FINALIDADES DEL TRATAMIENTO
Los datos biométricos únicamente serán tratados para las finalidades info rmadas al titular y que resulten jurídica y técnicamente procedentes. Dependiendo del producto o servicio contratado, dichas finalidades podrán incluir, cuando corresponda:
I. Autenticación.
II. Identificación.
III. Control de acceso.
IV. Verificación de i dentidad.
V. Seguridad.
VI. Prevención de fraude.
VII. Funcionamiento de determinadas funcionalidades tecnológicas.
VIII. Prestación del servicio contratado.
IX. Cumplimiento de obligaciones legales.
X. Atención de incidentes de seguridad.
Cualquier finali dad adicional que requiera una base jurídica distinta deberá sujetarse a los requisitos establecidos por la legislación aplicable.
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DÉCIMA TERCERA. CONSENTIMIENTO Y BASE JURÍDICA
Cuando el tratamiento de datos biométricos requiera consentimiento del titula r, BEITECH deberá obtenerlo de conformidad con los requisitos establecidos en la legislación aplicable. El consentimiento podrá recabarse mediante mecanismos físicos o electrónicos que permitan acreditar razonablemente la manifestación de voluntad del titu lar. La aceptación de los Términos y Condiciones no deberá entenderse automáticamente como consentimiento para cualquier tratamiento de datos personales que requiera una manifestación específica conforme a la legislación aplicable.
DÉCIMA CUARTA. INFORMAC IÓN AL TITULAR
BEITECH proporcionará al titular la información correspondiente mediante su Aviso de Privacidad, en el cual se identificarán, según corresponda:
I. La identidad y domicilio del responsable.
II. Los datos personales que serán tratados.
III. L as finalidades del tratamiento.
IV. Los mecanismos para ejercer los derechos correspondientes.
V. Las transferencias que, en su caso, se realicen.
VI. Los mecanismos para revocar el consentimiento cuando legalmente proceda.
VII. Los medios de contacto rela cionados con el tratamiento.
VIII. Las demás obligaciones previstas por la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. MINIMIZACIÓN DE DATOS
BEITECH procurará que la obtención y tratamiento de datos biométricos se limite a aquellos datos que resulten adecuados, relevantes y necesarios para las finalidades legítimas previamente informadas. No deberán recabarse datos biométricos adicionales cuando no exista una finalidad legítima que justifique razonablemente su tratamiento.
DÉCIMA SEXTA. SEGURIDAD DE LOS DATOS
B IOMÉTRICOS
BEITECH implementará medidas administrativas, técnicas y físicas razonables y proporcionales para proteger los datos biométricos contra:
I. Daño.
II. Pérdida.
III. Alteración.
IV. Destrucción.
V. Acceso no autorizado.
VI. Tratamiento no autoriza do.
VII. Divulgación indebida.
Las medidas de seguridad serán determinadas atendiendo a la naturaleza de los datos, los riesgos existentes, la tecnología disponible y las características del tratamiento.
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DÉCIMA SÉPTIMA. ACCESO RESTRINGIDO
El acceso a dato s biométricos estará limitado al personal, proveedores o terceros que legítimamente requieran acceder a ellos para cumplir las finalidades autorizadas y bajo las obligaciones de confidencialidad y seguridad correspondientes. BEITECH podrá implementar mecan ismos de control de acceso, autenticación, registro de actividades y monitoreo para proteger dichos datos.
DÉCIMA OCTAVA. CONSERVACIÓN Y ELIMINACIÓN
Los datos biométricos serán conservados únicamente durante el periodo que resulte necesario para cumplir l as finalidades correspondientes y de conformidad con las obligaciones legales aplicables. Una vez cumplidas las finalidades o cuando legalmente corresponda su eliminación, BEITECH implementará los procedimientos aplicables para su supresión, bloqueo, anoni mización o destrucción, según corresponda.
DÉCIMA NOVENA. PROVEEDORES Y TERCEROS
Cuando BEITECH requiera contratar proveedores tecnológicos para el tratamiento, almacenamiento, procesamiento o seguridad de datos biométricos, procurará establecer las oblig aciones contractuales necesarias para garantizar la confidencialidad, seguridad y tratamiento conforme a las instrucciones y finalidades autorizadas. Los terceros que tengan acceso a dichos datos deberán sujetarse a las obligaciones legales y contractuales correspondientes.
VIGÉSIMA. TRANSFERENCIAS
Las transferencias de datos biométricos a terceros se realizarán únicamente cuando exista una base jurídica que permita realizarlas y se cumplan los requisitos establecidos por la legislación aplicable. Cuando s ea necesario obtener consentimiento del titular, éste será recabado conforme a los requisitos legales correspondientes.
VIGÉSIMA PRIMERA. INCIDENTES DE SEGURIDAD
Cuando BEITECH tenga conocimiento de una vulneración de seguridad que afecte datos personales y ésta pueda generar una afectación significativa a los titulares, se realizarán las acciones que legalmente correspondan, incluyendo las medidas de contención, investigación, mitigación y, cuando resulte jurídicamente exigible, comunicación al titular. B EITECH conservará evidencia razonable de las acciones realizadas para atender y documentar el incidente.
VIGÉSIMA SEGUNDA. PROHIBICIÓN DE USO INDEBIDO
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El usuario no podrá utilizar, extraer, copiar, transferir, comercializar, divulgar o procesar datos biom étricos obtenidos mediante los productos o servicios de BEITECH para finalidades distintas de aquellas expresamente autorizadas. Cualquier utilización contraria a esta disposición podrá generar la suspensión de la cuenta o servicio y, en su caso, las respo nsabilidades legales correspondientes.
VIGÉSIMA TERCERA. DATOS BIOMÉTRICOS DE
TERCEROS
Cuando el usuario proporcione a BEITECH datos biométricos pertenecientes a terceros, el usuario será responsable de contar con la legitimación, autorización o base jurí dica necesaria para proporcionar dichos datos y solicitar su tratamiento, cuando ello sea requerido por la legislación aplicable. El usuario deberá informar a los titulares sobre el tratamiento correspondiente cuando así lo exija la legislación. El usuario mantendrá indemne a BEITECH respecto de reclamaciones que deriven directamente de la falta de legitimación del usuario para proporcionar dichos datos, sin perjuicio de las responsabilidades propias que legalmente correspondan a BEITECH.
VIGÉSIMA CUARTA. PROHIBICIÓN DE EXTRACCIÓN DE
IDENTIDAD
Queda prohibido utilizar los sistemas de BEITECH con la finalidad de extraer, reconstruir, inferir o identificar información biométrica de una persona para fines distintos de aquellos expresamente autorizados. Esta pr ohibición comprende cualquier mecanismo destinado a eludir controles de seguridad o extraer información biométrica mediante técnicas automatizadas.
VIGÉSIMA QUINTA. RELACIÓN CON EL AVISO DE
PRIVACIDAD
Las disposiciones contenidas en este Capítulo deberán interpretarse conjuntamente con el
Capítulo II. Aviso de Privacidad y con cualquier documento específico relativo al tratamiento
de datos personales. En caso de contradicción entre una disposición contractual y una disposición legal imperativa en materia d e protección de datos personales, prevalecerá la legislación aplicable.
VIGÉSIMA SEXTA. RESPONSABILIDAD EN EL
TRATAMIENTO
BEITECH adoptará las medidas necesarias para cumplir las obligaciones que legalmente le correspondan como responsable o, en su caso, como encargado del tratamiento de datos personales.
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La responsabilidad de cada parte se determinará atendiendo a sus funciones, obligaciones, instrucciones, controles y participación efectiva en el tratamiento correspondiente.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. SUPERVIVEN CIA
Las obligaciones de confidencialidad, seguridad y protección relacionadas con datos biométricos continuarán vigentes durante el tiempo que resulte necesario conforme a la legislación aplicable y a la naturaleza de la información, aun después de termina da la relación contractual.
VIGÉSIMA OCTAVA. VINCULACIÓN CON EL AVISO DE
PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
El uso de Inteligencia Artificial, algoritmos, modelos automatizados, aprendizaje automático, sistemas de reconocimiento de patrones o cua lquier tecnología similar que implique el tratamiento de datos personales deberá realizarse de manera compatible con el
Capítulo II. Aviso de Privacidad y con el Capítulo VIII. Protección de Datos Biométricos y
Datos Personales Sensibles. BEITECH no utiliz ará sistemas de Inteligencia Artificial, algoritmos o modelos automatizados como mecanismo para ampliar por sí mismos las finalidades autorizadas para el tratamiento de datos personales. Cuando los datos personales sean utilizados como insumo, parámetro, i nformación de entrenamiento, elemento de análisis o fuente de procesamiento para sistemas de Inteligencia Artificial o algoritmos, dicho tratamiento deberá encontrarse comprendido dentro de las finalidades informadas al titular y contar con la base jurídic a correspondiente. La utilización de datos personales para el desarrollo, entrenamiento, validación, mejora o evaluación de modelos de Inteligencia Artificial deberá realizarse únicamente cuando dicha actividad resulte jurídicamente procedente y haya sido debidamente informada al titular cuando así lo exija la legislación aplicable. Cuando sea técnica y jurídicamente viable, BEITECH podrá utilizar información anonimizada, disociada o agregada para fines de análisis, estadística, investigación, desarrollo, s eguridad, mejora de productos o servicios y optimización tecnológica, siempre que dicha información ya no permita identificar o hacer identificable a una persona y se cumplan las disposiciones legales aplicables. La utilización de algoritmos o sistemas aut omatizados no autoriza a BEITECH a desconocer los derechos que correspondan a los titulares de los datos personales ni a realizar tratamientos incompatibles con el Aviso de Privacidad. Cualquier tratamiento de datos biométricos mediante Inteligencia Artifi cial, algoritmos o sistemas automatizados deberá sujetarse adicionalmente a las medidas reforzadas de seguridad y demás obligaciones establecidas en el Capítulo VIII.
CAPÍTULO XXI
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TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
PRIMERA. OB JETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente Capítulo establece las disposiciones aplicables al tratamiento de información y datos personales relacionados con niñas, niños y adolescentes que, en su caso, puedan utilizar, contratar, acceder o encontrarse vincula dos con los productos, servicios, aplicaciones, plataformas, dispositivos o soluciones tecnológicas proporcionadas por
BEITECH.
BEITECH reconoce que el tratamiento de información relacionada con personas menores de edad requiere especial diligencia y deber á realizarse atendiendo al interés superior de la niñez, así como a la legislación aplicable en materia de protección de datos personales, derechos de niñas, niños y adolescentes, protección al consumidor y demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUND A. RESTRICCIÓN DE USO POR PERSONAS
MENORES DE EDAD
Salvo que un producto o servicio de BEITECH se encuentre expresamente diseñado y habilitado para ser utilizado por personas menores de edad, éstos no deberán registrarse, contratar servicios, proporcionar información personal ni utilizar funcionalidades que requieran capacidad jurídica o contractual. Cuando BEITECH determine que un servicio está destinado exclusivamente a personas mayores de edad, podrá establecer mecanismos razonables de verificación de ed ad y restringir el acceso cuando detecte que una persona menor de edad intenta utilizarlo sin la autorización correspondiente. La declaración de edad proporcionada por el usuario deberá realizarse de buena fe y bajo protesta de decir verdad.
TERCERA. DATO S PERSONALES DE MENORES
Cuando BEITECH tenga conocimiento de que se encuentra tratando datos personales correspondientes a una niña, niño o adolescente, adoptará las medidas razonables para determinar la legitimidad del tratamiento y, cuando corresponda, r ecabar la autorización, consentimiento o intervención de quien legalmente deba proporcionarla. El tratamiento de dichos datos deberá limitarse a las finalidades legítimas, específicas y necesarias previamente informadas. BEITECH no utilizará los datos pers onales de menores para finalidades incompatibles con aquellas informadas al titular o a quien legalmente corresponda otorgar la autorización.
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CUARTA. INTERVENCIÓN DE PADRES, TUTORES O
REPRESENTANTES LEGALES
Cuando legalmente resulte necesario, el tratamie nto de datos personales de una persona menor de edad deberá contar con la intervención de quien ejerza legítimamente la patria potestad, tutela, guarda, custodia o representación correspondiente. BEITECH podrá implementar mecanismos razonables destinados a verificar la identidad y calidad de la persona que manifieste actuar como padre, madre, tutor o representante legal. La información proporcionada para acreditar dicha calidad deberá limitarse a aquella estrictamente necesaria para realizar la verificación correspondiente.
QUINTA. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN
La persona que proporcione a BEITECH información relativa a una persona menor de edad manifiesta, bajo su responsabilidad, que cuenta con las facultades, autorizaciones o legitimación necesarias para p roporcionar dicha información y solicitar su tratamiento cuando así lo exija la legislación aplicable. Cuando una persona proporcione datos de un menor sin contar con la autorización o legitimación correspondiente, será responsable de las consecuencias jur ídicas derivadas de dicha conducta, sin perjuicio de las obligaciones que legalmente correspondan a BEITECH.
SEXTA. INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ
Cualquier tratamiento de datos personales relacionado con niñas, niños y adolescentes deberá realizarse consid erando primordialmente el interés superior de la niñez. BEITECH evitará realizar tratamientos que puedan generar un perjuicio injustificado, discriminación, exposición innecesaria, perfilamiento indebido o afectación a los derechos de las personas menores de edad.
SÉPTIMA. DATOS BIOMÉTRICOS DE MENORES
Cuando un producto o servicio implique el tratamiento de datos biométricos correspondientes a una persona menor de edad, BEITECH aplicará medidas reforzadas de protección y seguridad. Dicho tratamiento únicam ente podrá realizarse cuando exista una finalidad legítima y una base jurídica suficiente para ello, y cuando resulte necesario obtener la autorización o consentimiento de quien legalmente corresponda, éste deberá recabarse conforme a la legislación aplica ble. BEITECH evitará recabar datos biométricos de menores cuando éstos no resulten necesarios para la prestación del servicio correspondiente.
OCTAVA. DATOS PERSONALES SENSIBLES DE MENORES
Cuando la información correspondiente a una persona menor de edad tenga además la naturaleza de dato personal sensible, su tratamiento estará sujeto a las disposiciones
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específicas previstas en el Capítulo VIII. Protección de Datos Biométricos y Datos Personales Sensibles, así como al Aviso de Privacidad correspondiente. La existencia de una autorización para tratar datos personales de un menor no implicará, por sí misma, autorización para realizar cualquier tratamiento adicional de datos personales sensibles.
NOVENA. INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y ALGORITMOS
BEITECH no utili zará información personal de niñas, niños o adolescentes para entrenar, desarrollar, probar o mejorar modelos de Inteligencia Artificial, algoritmos o sistemas automatizados para finalidades distintas de aquellas expresamente informadas y jurídicamente per mitidas. Cuando técnicamente resulte posible, BEITECH podrá utilizar información anonimizada, disociada o agregada para actividades de investigación, desarrollo, seguridad, estadística u optimización tecnológica, siempre que dicha información no permita id entificar o hacer identificable a la persona menor de edad y se cumplan las disposiciones legales aplicables. El tratamiento automatizado de información de menores no deberá interpretarse como una autorización para ampliar las finalidades establecidas en e l Aviso de Privacidad.
DÉCIMA. PUBLICIDAD, MARKETING Y PERFILAMIENTO
BEITECH no utilizará los datos personales de niñas, niños o adolescentes para realizar actividades de publicidad, marketing, perfilamiento, segmentación comercial o análisis de comportam iento cuando dicho tratamiento resulte contrario a la legislación aplicable o a los derechos de la persona menor de edad. Cualquier tratamiento con fines comerciales deberá sujetarse a las obligaciones previstas en la legislación aplicable y a las finalida des informadas en el Aviso de Privacidad correspondiente.
DÉCIMA PRIMERA. DATOS PROPORCIONADOS POR
TERCEROS
Cuando los datos personales de una persona menor de edad sean proporcionados por padres, tutores, representantes legales, instituciones educativas, organizaciones, empresas u otros terceros, BEITECH podrá solicitar información razonablemente necesaria para verificar la legitimidad de la solicitud. El tercero que proporcione información de un menor deberá contar con la autorización o facultades necesa rias para hacerlo cuando así lo exija la legislación aplicable.
DÉCIMA SEGUNDA. CONSENTIMIENTO Y
AUTORIZACIÓN
Cuando el tratamiento de datos personales de una persona menor de edad requiera consentimiento o autorización, BEITECH implementará mecanismos de stinados a obtener y conservar evidencia de la manifestación correspondiente.
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El consentimiento para el tratamiento de datos personales de un menor deberá ser diferenciado de cualquier aceptación contractual cuando la legislación aplicable así lo requiera. La aceptación de los Términos y Condiciones por una persona adulta implicará automáticamente autorización para cualquier tratamiento de datos personales de terceros menores de edad, debido que BEITECH, no tendrá al alcance documentación fehaciente que acr edite que el usuario es mayor de edad, es por ello que siempre le brindara a sus usuarios confiabilidad en su buena fe.
DÉCIMA TERCERA. DERECHOS DE LOS TITULARES
Los derechos relacionados con los datos personales de niñas, niños y adolescentes podrán ejer cerse por quien legalmente se encuentre facultado para ello, conforme a la legislación aplicable. BEITECH establecerá en su Aviso de Privacidad los mecanismos, medios de contacto y procedimientos correspondientes para la atención de solicitudes relacionada s con el ejercicio de derechos sobre los datos personales.
DÉCIMA CUARTA. CONSERVACIÓN Y ELIMINACIÓN
BEITECH conservará los datos personales de personas menores de edad únicamente durante el tiempo necesario para cumplir las finalidades para las cuales fu eron recabados o durante el periodo que resulte necesario para cumplir obligaciones legales. Cuando desaparezca la finalidad que justificó el tratamiento o exista una solicitud jurídicamente procedente de eliminación, BEITECH aplicará los procedimientos co rrespondientes de bloqueo, eliminación, destrucción o anonimización, según resulte aplicable.
DÉCIMA QUINTA. SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD
BEITECH implementará medidas administrativas, técnicas y físicas razonables y proporcionales para proteger los datos personales de niñas, niños y adolescentes contra daño, pérdida, alteración, destrucción, acceso o tratamiento no autorizado. El acceso a dicha información estará restringido al personal o terceros que legítimamente requieran conocerla para cumplir con las finalidades autorizadas. Las personas que tengan acceso a dichos datos estarán sujetas a obligaciones de confidencialidad conforme a la legislación y a los instrumentos contractuales aplicables.
DÉCIMA SEXTA. INCIDENTES DE SEGURIDAD
En caso de que BEITECH identifique una vulneración de seguridad que involucre datos personales de niñas, niños o adolescentes, realizará las acciones de contención, investigación, mitigación y documentación que correspondan. Cuando la legislación aplicable determine la obligaci ón de comunicar el incidente a los titulares, padres, tutores, representantes legales o autoridades competentes, BEITECH realizará las comunicaciones correspondientes en los términos legalmente establecidos.
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DÉCIMA SÉPTIMA. PROHIBICIÓN DE PROPORCIONAR
DAT OS FALACES
Queda prohibido proporcionar información falsa, utilizar datos de terceros o emplear mecanismos destinados a evadir controles de edad o restricciones establecidas por BEITECH para impedir el acceso no autorizado de personas menores de edad. La d etección de conductas destinadas a evadir dichos mecanismos podrá dar lugar a la suspensión o cancelación de la cuenta correspondiente, sin perjuicio de las acciones legales que, en su caso, resulten procedentes.
DÉCIMA OCTAVA. VINCULACIÓN CON EL AVISO DE
PRIVACIDAD
El presente Capítulo deberá interpretarse conjuntamente con el Capítulo II. Aviso de Privacidad, el Capítulo VIII. Protección de Datos Biométricos y Datos Personales Sensibles y el capítulo relativo a Uso de Inteligencia Artificial y Algoritmos . El presente Capítulo no constituye por sí mismo una autorización para ampliar las finalidades de tratamiento establecidas en el Aviso de Privacidad. Cuando exista alguna contradicción respecto del tratamiento de datos personales, prevalecerán las disposi ciones de carácter obligatorio establecidas en la legislación aplicable y las condiciones específicas informadas al titular conforme al Aviso de Privacidad.
DÉCIMA NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL USUARIO
Cuando una persona adulta proporcione a BEITECH datos p ersonales pertenecientes a una persona menor de edad, dicha persona será responsable de proporcionar información veraz y de contar con la legitimación o autorización correspondiente cuando legalmente sea necesaria. BEITECH no asumirá responsabilidad por in formación proporcionada por el usuario bajo una representación falsa o sin contar con las facultades necesarias, sin perjuicio de las responsabilidades que correspondan a BEITECH por sus propios actos u omisiones.
VIGÉSIMA. PREVALENCIA DE LA LEGISLACIÓN
AP LICABLE
Ninguna disposición del presente Capítulo podrá interpretarse como una renuncia a los derechos reconocidos a niñas, niños y adolescentes por la legislación aplicable. En caso de contradicción entre el presente Capítulo y una disposición legal de ca rácter obligatorio, prevalecerá la disposición legal correspondiente.
VIGÉSIMA PRIMERA. ACTUALIZACIÓN
BEITECH podrá actualizar las disposiciones contenidas en este Capítulo cuando resulte necesario para adecuarlas a cambios tecnológicos, operativos, contr actuales o regulatorios.
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Las modificaciones que impliquen cambios en las finalidades o condiciones del tratamiento de datos personales serán comunicadas y, cuando legalmente resulte necesario, se recabará nuevamente el consentimiento correspondiente.
CAPÍ TULO XXII
CONSENTIMIENTO ELECTRÓNICO,
FIRMA ELECTRÓNICA Y VALIDEZ DE LOS
ACTOS DIGITALES
PRIMERA. OBJETO
El presente Capítulo tiene por objeto establecer las reglas aplicables a la manifestación de voluntad, aceptación, contratación, autorización, firma, autenticación, conservación y acreditación de actos realizados por medios electrónicos entre BEITECH y sus usuarios, clientes, proveedores o terceros. Las partes reconocen que determinadas relaciones jurídicas podrán perfeccionarse mediante medios electrón icos, mensajes de datos, plataformas digitales, aplicaciones, sitios web, sistemas de autenticación, firmas electrónicas u otros mecanismos tecnológicos legalmente permitidos.
SEGUNDA. VALIDEZ DE LOS ACTOS ELECTRÓNICOS
Las partes reconocen la validez jurí dica de los actos, comunicaciones, contratos, autorizaciones, aceptaciones y manifestaciones de voluntad realizados mediante medios electrónicos, siempre que éstos cumplan con los requisitos establecidos por la legislación aplicable. La utilización de medi os electrónicos no afectará, por sí misma, la validez o exigibilidad de un acto jurídico por el solo hecho de haberse realizado en formato electrónico. BEITECH podrá utilizar medios electrónicos para la contratación, aceptación de términos, prestación de s ervicios, actualización de información, emisión de comunicaciones, gestión de cuentas, autorizaciones y demás operaciones relacionadas con sus servicios.
TERCERA. CONSENTIMIENTO ELECTRÓNICO
El consentimiento electrónico constituirá la manifestación de vol untad realizada por una persona mediante un mecanismo digital que permita identificar razonablemente su intención de aceptar, autorizar, contratar, reconocer o aprobar un acto determinado. Dependiendo de la operación, el consentimiento podrá manifestarse m ediante los siguientes métodos, sin que ello implique que sea de manera conjunta puesto que, para su validez, debido que puede realizarse únicamente con solo una de las opciones que a la letra se mencionan:
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a) Selección de una casilla de aceptación.
b) Pul sación de botones o controles digitales destinados expresamente a aceptar.
c) Ingreso de usuario y contraseña.
d) Código de verificación.
e) Código enviado mediante correo electrónico, mensaje de texto u otro medio autorizado.
f) Autenticación multifactor.
g) Firma electrónica.
h) Firma electrónica avanzada, cuando corresponda.
i) Confirmación mediante una aplicación o plataforma.
j) Cualquier otro mecanismo que permita acreditar razonablemente la manifestación de
voluntad.
CUARTA. ACEPTACIÓN EXPRESA
Cuand o la legislación aplicable o la naturaleza del acto requiera una aceptación expresa, BEITECH utilizará mecanismos que permitan distinguir claramente la aceptación de cualquier otra interacción realizada por el usuario. La simple navegación por un sitio web no deberá considerarse, por sí misma, aceptación expresa de obligaciones contractuales cuando la legislación aplicable requiera una manifestación específica de voluntad. Cuando se requiera aceptación expresa, BEITECH podrá implementar mecanismos como casi llas de aceptación no preseleccionadas, botones específicos, firma electrónica, códigos de autenticación u otros mecanismos equivalentes.
QUINTA. ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS Y CONDICIONES
El usuario podrá aceptar los Términos y Condiciones, EULA, Aviso de Priv acidad, políticas y demás documentos aplicables mediante mecanismos electrónicos implementados por
BEITECH.
Cuando sea técnicamente posible, el sistema registrará la versión del documento aceptado, fecha y hora de aceptación, identificador de usuario, meca nismo utilizado y demás información técnica necesaria para acreditar razonablemente el acto. La aceptación de una nueva versión de un documento no implicará, por sí misma, la aceptación de documentos distintos que no hayan sido puestos a disposición del us uario.
SEXTA. CONSENTIMIENTOS ESPECÍFICOS
Cuando determinada actividad requiera un consentimiento específico conforme a la legislación aplicable, dicho consentimiento deberá recabarse mediante un mecanismo diferenciado y claramente identificable. En parti cular, cuando resulte jurídicamente necesario, BEITECH podrá requerir consentimientos separados para:
I. Tratamiento de determinados datos personales.
II. Tratamiento de datos personales sensibles.
III. Tratamiento de datos biométricos.
IV. Finalidades sec undarias.
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V. Comunicaciones comerciales.
VI. Transferencias de datos.
VII. Uso de determinadas funcionalidades.
VIII. Otros tratamientos que requieran autorización específica.
La aceptación general de los Términos y Condiciones no sustituirá los consentimi entos específicos que legalmente deban obtenerse.
SECCIÓN SEGUNDA
FIRMA ELECTRÓNICA
SÉPTIMA. FIRMA ELECTRÓNICA
Para efectos del presente Capítulo, BEITECH podrá utilizar mecanismos de firma electrónica que permitan identificar al firmante y vincularlo co n el acto electrónico correspondiente, de conformidad con la legislación aplicable. La firma electrónica podrá utilizarse para celebrar contratos, aceptar documentos, autorizar operaciones, emitir instrucciones, aprobar modificaciones y realizar cualquier otro acto para el cual resulte jurídicamente procedente.
OCTAVA. FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA
Cuando la naturaleza del acto jurídico requiera o resulte conveniente utilizar una Firma Electrónica Avanzada, BEITECH podrá utilizar certificados y mecanismos emi tidos o administrados por una autoridad certificadora o prestador de servicios de certificación legalmente autorizado, conforme a las disposiciones aplicables. La utilización de una firma electrónica avanzada estará sujeta a los requisitos legales y técnic os correspondientes.
NOVENA. IDENTIFICACIÓN DEL FIRMANTE
Los mecanismos de firma o autenticación implementados por BEITECH estarán destinados a permitir la identificación razonable de la persona que realiza el acto electrónico. El usuario será responsable de mantener bajo su control los elementos de autenticación que le hayan sido proporcionados, incluyendo, cuando corresponda:
I. Usuario.
II. Contraseña.
III. Código de acceso.
IV. Llaves de autenticación.
V. Dispositivos vinculados.
VI. Certificados digit ales.
VII. Factores biométricos.
VIII. Códigos de verificación.
IX. Cualquier otro mecanismo de autenticación.
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DÉCIMA. CUSTODIA DE CREDENCIALES
El usuario deberá mantener bajo estricta confidencialidad sus credenciales y mecanismos de autenticación. Queda prohibido compartir, transferir, prestar, vender o permitir que terceros utilicen las credenciales personales del usuario. El usuario será responsable de notificar inmediatamente a BEITECH cualquier pérdida, robo, vulneración, uso no autorizado o sospecha de compromiso de sus mecanismos de autenticación.
DÉCIMA PRIMERA. ATRIBUCIÓN DEL ACTO
ELECTRÓNICO
Cuando un acto electrónico haya sido realizado mediante las credenciales, mecanismos de autenticación o firma electrónica asociados a una cuenta determinada , BEITECH podrá considerar, sujeto a la legislación aplicable y a la evidencia disponible, que dicho acto provino del usuario correspondiente. Lo anterior no impedirá que el usuario acredite, por los medios legalmente procedentes, la existencia de un acces o no autorizado, suplantación, fraude o circunstancia que afecte la atribución del acto.
DÉCIMA SEGUNDA. INTEGRIDAD DEL DOCUMENTO
ELECTRÓNICO
BEITECH podrá implementar mecanismos técnicos destinados a preservar la integridad de los documentos, mensajes de datos, contratos y demás información electrónica generada mediante sus sistemas. Dichos mecanismos podrán incluir controles de acceso, registros electrónicos, sellos de tiempo, funciones criptográficas, registros de auditoría, bitácoras, hashes, certifica dos digitales u otras tecnologías apropiadas.
DÉCIMA TERCERA. EVIDENCIA DIGITAL
BEITECH podrá conservar como evidencia de las operaciones electrónicas, entre otros elementos:
a) Fecha y hora de aceptación.
b) Identificador de usuario.
c) Dirección IP, cua ndo legalmente proceda y sea recabada.
d) Identificadores de sesión.
e) Registros de autenticación.
f) Versiones de documentos aceptados.
g) Correos electrónicos de confirmación.
h) Códigos de verificación.
i) Registros de firma.
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j) Sellos digitales de tie mpo.
k) Registros de actividad.
l) Huellas digitales o valores hash de documentos.
m) Bitácoras de sistema.
n) Evidencia de envío y recepción.
o) Cualquier otro elemento técnico legalmente permitido que contribuya a acreditar la
operación. El tratamiento d e dichos registros deberá realizarse conforme al Aviso de Privacidad y a la legislación aplicable.
DÉCIMA CUARTA. CONSERVACIÓN DE MENSAJES DE
DATOS
Cuando resulte aplicable, BEITECH podrá implementar mecanismos de conservación de mensajes de datos y docum entos electrónicos de conformidad con el Código de Comercio y la NOM - 151 - SCFI - 2016, particularmente cuando se requiera preservar evidencia sobre la existencia, integridad y disponibilidad de determinada información electrónica. La conservación podrá realiz arse directamente por BEITECH o mediante terceros legalmente habilitados para prestar los servicios correspondientes, dependiendo de la naturaleza y requisitos de la operación.
DÉCIMA QUINTA. SELLO DIGITAL DE TIEMPO
Cuando resulte conveniente o jurídicame nte necesario, BEITECH podrá utilizar mecanismos de sellado digital de tiempo para acreditar la existencia de determinada información electrónica en una fecha y hora determinadas. El sello digital de tiempo podrá utilizarse como mecanismo complementario de conservación y acreditación de evidencia digital.
DÉCIMA SEXTA. VERSIONAMIENTO DE DOCUMENTOS
BEITECH podrá asignar números de versión, fechas de vigencia, identificadores únicos o mecanismos equivalentes a sus Términos y Condiciones, políticas, EULA, con tratos y demás documentos electrónicos. Cuando un usuario acepte electrónicamente una versión determinada, BEITECH podrá conservar evidencia de la versión que se encontraba vigente al momento de la aceptación. Esto permitirá acreditar, en su caso, qué docu mento fue puesto a disposición del usuario, cuál fue aceptado y en qué momento ocurrió dicha aceptación.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIÓN DE DOCUMENTOS
BEITECH podrá actualizar sus Términos y Condiciones, políticas, EULA y demás documentos conforme a los meca nismos de modificación establecidos en dichos instrumentos y dentro de los límites permitidos por la legislación aplicable. Cuando una modificación requiera aceptación expresa del usuario, BEITECH podrá solicitar nuevamente su consentimiento mediante mecan ismos electrónicos.
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La actualización de documentos no implicará una modificación retroactiva de los actos perfeccionados bajo versiones anteriores, salvo que legalmente resulte procedente.
DÉCIMA OCTAVA. CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA
Las partes podrán celebrar contratos mediante plataformas electrónicas sin necesidad de intercambio físico de documentos cuando la legislación aplicable permita dicha modalidad. La contratación podrá perfeccionarse mediante la aceptación electrónica de la oferta, términos contractu ales, cotización, orden de compra, contrato, EULA u otro instrumento correspondiente.
DÉCIMA NOVENA. RECHAZO DE LA FIRMA O
CONSENTIMIENTO
Cuando el usuario no acepte un documento o se niegue a proporcionar un consentimiento legalmente requerido, BEITECH p odrá impedir el acceso a la funcionalidad o servicio que dependa necesariamente de dicha aceptación, siempre que dicha medida sea legalmente procedente. La negativa a otorgar un consentimiento que sea opcional no deberá generar consecuencias distintas de a quellas previamente informadas al usuario.
VIGÉSIMA. FRAUDE Y SUPLANTACIÓN
BEITECH podrá implementar mecanismos de detección y prevención de fraude, suplantación de identidad, accesos no autorizados y utilización indebida de cuentas. Cuando existan indici os razonables de una operación fraudulenta o no autorizada, BEITECH podrá suspender temporalmente la operación, solicitar mecanismos adicionales de autenticación o limitar determinados accesos mientras realiza las verificaciones correspondientes, siempre d e conformidad con la legislación aplicable.
VIGÉSIMA PRIMERA. FIRMA POR TERCEROS
Ninguna persona podrá utilizar los mecanismos de firma, autenticación o consentimiento de otra persona sin contar con la autorización o facultades legales correspondientes. C uando una persona actúe en representación de una empresa, organización o tercero, será responsable de contar con las facultades necesarias para realizar el acto correspondiente. La utilización de mecanismos electrónicos no sustituirá la acreditación de fac ultades de representación cuando ésta sea jurídicamente necesaria.
VIGÉSIMA SEGUNDA. PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES
Los datos utilizados para identificar, autenticar o verificar al usuario mediante mecanismos electrónicos estarán sujetos al Capítulo II. A viso de Privacidad, al Capítulo VIII. Protección
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de Datos Biométricos y Datos Personales Sensibles y demás disposiciones aplicables en materia de protección de datos personales. Cuando se utilicen datos biométricos como factor de autenticación, BEITECH deb erá sujetar dicho tratamiento a las finalidades y condiciones previamente informadas y a la base jurídica correspondiente.
VIGÉSIMA TERCERA. FALLAS TÉCNICAS
La existencia de una falla temporal en un mecanismo electrónico no invalidará automáticamente los actos realizados mediante otros medios de contratación o comunicación que resulten legalmente válidos. BEITECH podrá implementar mecanismos alternativos de autenticación, contratación o confirmación cuando existan fallas técnicas que impidan temporalmente utilizar el mecanismo ordinario.
VIGÉSIMA CUARTA. RESPONSABILIDAD DEL USUARIO
El usuario será responsable de:
I. Proporcionar información veraz.
II. Mantener actualizados sus datos.
III. Proteger sus credenciales.
IV. No compartir sus mecanismos de autent icación.
V. Revisar los documentos antes de aceptarlos.
VI. Informar oportunamente cualquier acceso no autorizado.
VII. Contar con facultades suficientes cuando actúe en representación de terceros.
VIII. Revisar las confirmaciones electrónicas recibidas.
I X. Utilizar los mecanismos electrónicos de conformidad con la legislación aplicable.
VIGÉSIMA QUINTA. VINCULACIÓN CON OTROS
CAPÍTULOS
El presente Capítulo deberá interpretarse conjuntamente con:
I. Capítulo I. Términos y Condiciones Generales.
II. Capítul o II. Aviso de Privacidad.
III. Capítulo VIII. Protección de Datos Biométricos y Datos Personales Sensibles.
IV. Capítulo IX. Ciberseguridad y Uso Permitido.
V. Capítulo XIII. Cumplimiento Normativo (Compliance).
VI. Capítulo XIV. Confidencialidad.
VII. Ca pítulo XX. Uso de Inteligencia Artificial, Algoritmos y Datos Biométricos.
VIII. Capítulo relativo a Conservación de Evidencia Digital y NOM - 151 - SCFI - 2016, cuando
resulte aplicable. En materia de datos personales, prevalecerán las disposiciones legales apl icables y el Aviso de Privacidad correspondiente. En materia de firma y contratación electrónica, prevalecerán las disposiciones imperativas del Código de Comercio y demás legislación aplicable.
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VIGÉSIMA SEXTA. PREVALENCIA DE LA LEGISLACIÓN
Ninguna dispos ición del presente Capítulo deberá interpretarse como una renuncia a derechos irrenunciables ni como una modificación de los requisitos legales que resulten aplicables a determinados actos jurídicos. Cuando una disposición legal establezca requisitos espec íficos para la validez, perfeccionamiento, firma, conservación o prueba de determinado acto, BEITECH y el usuario deberán observar dichos requisitos.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. SUPERVIVENCIA
Las disposiciones relativas a conservación de evidencia, registros electr ónicos, confidencialidad, seguridad, atribución de actos, propiedad intelectual y obligaciones derivadas de operaciones electrónicas continuarán vigentes después de la terminación de la relación contractual durante el periodo que resulte necesario conforme a la legislación aplicable.
VIGÉSIMA OCTAVA. ACEPTACIÓN
El usuario reconoce que la utilización de las plataformas, aplicaciones y servicios electrónicos de BEITECH podrá implicar la celebración de actos jurídicos mediante medios electrónicos. Cuando el u suario utilice los mecanismos habilitados por BEITECH para aceptar, contratar, autorizar, firmar o confirmar una operación, dicha actuación constituirá una manifestación de voluntad en los términos y con los efectos que establezca la legislación aplicable. El usuario declara conocer que determinadas operaciones podrán generar registros electrónicos destinados a acreditar la identidad, fecha, hora, contenido, aceptación e integridad de la operación correspondiente.
CAPÍTULO XXIII
MONITOREO, GEOLOCALIZACIÓN,
AUDIO, VIDEO Y ACCESO REMOTO
PRIMERA. OBJETO Y ALCANCE
El presente Capítulo establece las condiciones aplicables al uso de las funcionalidades de monitoreo, geolocalización, ubicación en tiempo real, historial de recorridos, geocercas, comunicaciones de audio y video, activación remota de cámara y micrófono, alertas, botón SOS y demás funcionalidades de acceso remoto que, dependiendo del producto contratado, puedan encontrarse disponibles en los dispositivos, aplicaciones, plataformas y servicios proporci onados por BEITECH. Las funcionalidades disponibles podrán variar dependiendo del modelo de dispositivo,
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versión de software o firmware, aplicación, sistema operativo, plan contratado, cobertura de red, configuración del equipo y demás condiciones técnicas aplicables. El presente Capítulo deberá interpretarse conjuntamente con los Términos y Condiciones Generales, Aviso de Privacidad, Política de Cookies, Licencia de Uso de la Aplicación, Capítulo de Protección de Datos Biométricos y Datos Personales Sensibl es,
Capítulo de Tratamiento de Menores, Capítulo de Ciberseguridad y Uso Permitido y
Capítulo de Limitación de Responsabilidad.
SEGUNDA. NATURALEZA DEL SERVICIO DE
MONITOREO
BEITECH proporciona herramientas tecnológicas destinadas a facilitar determinadas funciones de localización, comunicación, monitoreo y generación de alertas. El servicio de BEITECH no constituye por sí mismo un servicio de vigilancia privada, seguridad pública, rescate, protección civil, atención médica, emergencia, investigación, inte ligencia o respuesta policial . Las funcionalidades tecnológicas deberán utilizarse exclusivamente para las finalidades legítimas y autorizadas por el usuario y de conformidad con la legislación aplicable. BEITECH no garantiza que el uso de una determinada funcionalidad evite la ocurrencia de accidentes, extravíos, delitos, emergencias, lesiones, daños o cualquier otro acontecimiento.
TERCERA. GEOLOCALIZACIÓN
Dependiendo del producto, el dispositivo podrá permitir la consulta de su ubicación mediante tecnol ogías de posicionamiento y comunicación disponibles. La información de ubicación podrá presentarse en tiempo real o con el nivel de actualización que técnicamente permita el dispositivo y la infraestructura tecnológica utilizada. El usuario reconoce que la precisión, disponibilidad y actualización de la ubicación pueden verse afectadas por factores tales como:
I. Cobertura de red móvil.
II. Disponibilidad de señal GPS.
III. Condiciones atmosféricas.
IV. Ubicación del dispositivo.
V. Interferencia electromag nética.
VI. Espacios cerrados o subterráneos.
VII. Obstáculos físicos.
VIII. Estado de la batería.
IX. Fallas del dispositivo.
X. Fallas de conectividad.
XI. Interrupciones de servidores o servicios tecnológicos.
XII. Configuración del dispositivo.
XIII. A ctualizaciones de software o firmware.
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XIV. Circunstancias ajenas al control razonable de BEITECH.
En consecuencia, la ubicación mostrada por la plataforma deberá considerarse una referencia tecnológica y no necesariamente como una determinación exacta de la ubicación física del dispositivo o de la persona, animal u objeto que lo porte.
CUARTA. HISTORIAL DE UBICACIONES Y RECORRIDOS
Cuando el producto contratado permita almacenar o consultar historiales de ubicación, dicha información estará sujeta a las co ndiciones de conservación, disponibilidad y tratamiento establecidas por BEITECH. El usuario reconoce que el historial podrá presentar interrupciones, imprecisiones, periodos sin información o diferencias respecto del desplazamiento real cuando existan lim itaciones técnicas en la obtención o transmisión de la información. La disponibilidad del historial estará igualmente condicionada a la capacidad técnica del dispositivo, aplicación, servidores y plan contratado.
QUINTA. GEO - CERCAS O ZONAS DE SEGURIDAD
Cu ando la funcionalidad se encuentre disponible, el usuario podrá configurar determinadas zonas geográficas o geocercas para recibir alertas cuando el dispositivo entre o salga de los límites establecidos. Las geocercas constituyen una herramienta tecnológic a de apoyo y no representan una barrera física ni impiden que el dispositivo salga de una zona determinada. El usuario reconoce que las alertas podrán presentar retrasos, errores o no generarse cuando existan fallas de conectividad, GPS, batería, configura ción, dispositivo, servidores o cualquier otra circunstancia técnica. BEITECH no garantiza que una geocerca detecte de manera inmediata o absolutamente precisa el ingreso o salida del dispositivo de una zona determinada.
SEXTA. ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS
AUTORIZADOS
Cuando la aplicación permita administrar personas con acceso a la ubicación o información del dispositivo, el titular de la cuenta será responsable de configurar y administrar correctamente los usuarios autorizados. EL USUARIO deberá asegurarse de que únicamente personas legítimamente autorizadas tengan acceso a:
I. Ubicación.
II. Historial de recorridos.
III. Alertas.
IV. Información del dispositivo.
V. Comunicaciones.
VI. Audio.
VII. Video.
VIII. Cualquier otra información generada por el serv icio.
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El usuario será responsable de retirar oportunamente los permisos de cualquier persona que deje de estar autorizada para acceder a la información.
SÉPTIMA. RESPONSABILIDAD SOBRE LOS USUARIOS
AUTORIZADOS
BEITECH proporcionará mecanismos tecnológicos para administrar los permisos disponibles dentro de la plataforma. Sin embargo, la autorización material para que una persona tenga acceso a la información de otra persona será responsabilidad del titular de la cuenta y deberá contar con la legitimación ju rídica correspondiente. BEITECH no será responsable por el uso que realice un usuario autorizado de la información a la que legítimamente haya obtenido acceso, cuando dicho uso exceda las finalidades permitidas y ello sea atribuible a dicho usuario. Lo ant erior se entenderá sin perjuicio de las obligaciones legales que correspondan a BEITECH por sus propios actos u omisiones.
SECCIÓN SEGUNDA
AUDIO, VIDEO Y ACCESO REMOTO
OCTAVA. FUNCIONES DE AUDIO Y VIDEO
Dependiendo del modelo contratado, determinados dis positivos podrán permitir llamadas, videollamadas, comunicación bidireccional, transmisión de audio, transmisión de video o determinadas funciones de acceso remoto. La disponibilidad de dichas funcionalidades dependerá de las características técnicas del p roducto, aplicación, conectividad y demás condiciones aplicables. El usuario reconoce que dichas funcionalidades implican potencialmente el tratamiento de información que puede incluir voz, imagen, comunicaciones y datos relacionados con las personas que s e encuentren en el entorno del dispositivo.
NOVENA. ACTIVACIÓN REMOTA DE CÁMARA Y
MICRÓFONO
Cuando el producto contratado expresamente contemple la funcionalidad correspondiente, podrá existir la posibilidad técnica de activar remotamente determinados com ponentes del dispositivo, incluyendo cámara o micrófono. Esta funcionalidad únicamente deberá utilizarse para finalidades legítimas y conforme a la autorización y condiciones aplicables. Queda estrictamente prohibido utilizar dicha funcionalidad para reali zar vigilancia ilícita, espionaje, hostigamiento, acoso, intimidación, obtención clandestina de información o cualquier otra actividad contraria a la legislación.
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DÉCIMA. PROHIBICIÓN DE VIGILANCIA NO
AUTORIZADA
El usuario se obliga a no utilizar los dispos itivos, aplicaciones, cámaras, micrófonos, sistemas de localización o cualquier otra funcionalidad proporcionada por BEITECH para vigilar, monitorear, grabar, localizar, escuchar o visualizar a una persona sin contar con la autorización, consentimiento, le gitimación o base jurídica necesaria cuando ésta sea exigible. Esta prohibición será especialmente aplicable cuando el usuario pretenda utilizar el dispositivo respecto de:
I. Cónyuges o parejas.
II. Familiares.
III. Empleados.
IV. Colaboradores.
V. Clien tes.
VI. Personas menores de edad.
VII. Personas adultas mayores.
VIII. Personas en situación de vulnerabilidad.
IX. Cualquier tercero.
La adquisición del dispositivo no constituye por sí misma autorización para vigilar a terceros .
DÉCIMA PRIMERA. GRABACI ÓN Y CAPTURA DE
INFORMACIÓN
Cuando las funcionalidades contratadas permitan generar, transmitir o almacenar audio, video, imágenes u otras comunicaciones, el usuario será responsable de utilizar dichas funciones conforme a la legislación aplicable. El usua rio no deberá utilizar las funcionalidades para obtener, conservar, divulgar, comercializar o transferir información de terceros cuando carezca de autorización o legitimación para ello. BEITECH podrá establecer límites técnicos de almacenamiento, transmisi ón o conservación de dicha información de acuerdo con el producto y servicio contratado.
DÉCIMA SEGUNDA. INFORMACIÓN DE TERCEROS
CAPTADA INCIDENTALMENTE
El usuario reconoce que el uso de cámaras, micrófonos y sistemas de monitoreo puede generar informació n correspondiente incidentalmente a personas distintas del usuario principal o de la persona que porta el dispositivo. En consecuencia, el usuario deberá adoptar las medidas razonables necesarias para evitar el uso, divulgación, conservación o tratamiento indebido de dicha información. El usuario será responsable de cumplir con las obligaciones legales que le correspondan respecto de la información de terceros que obtenga mediante el uso del dispositivo.
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SECCIÓN TERCERA
ALERTAS Y FUNCIONES SOS
DÉCIMA TERC ERA. ALERTAS
Dependiendo del modelo, los dispositivos podrán generar determinadas alertas, incluyendo, entre otras:
I. Alertas de caída.
II. Alertas de batería baja.
III. Alertas de salida de geocerca.
IV. Alertas mediante botón SOS.
V. Alertas de ubicació n.
VI. Otras alertas disponibles en el producto.
Las alertas constituyen herramientas tecnológicas de apoyo y no representan una garantía de detección de todos los acontecimientos ni de transmisión o recepción inmediata .
DÉCIMA CUARTA. BOTÓN SOS
Cuando el dispositivo cuente con botón SOS, su activación podrá generar una señal o comunicación conforme a la configuración y características del servicio contratado. El usuario reconoce que la generación de una alerta depende de factores técnicos y externos, incl uyendo, entre otros, disponibilidad de batería, conectividad, cobertura de red, funcionamiento del dispositivo, servidores y configuración de contactos. BEITECH no garantiza que una alerta SOS sea recibida inmediatamente por una persona determinada ni que genere automáticamente una respuesta de emergencia.
DÉCIMA QUINTA. SERVICIOS DE EMERGENCIA
Salvo que BEITECH haya contratado expresamente y por escrito un servicio específico de atención o coordinación de emergencias, el funcionamiento de un botón SOS, al erta o mecanismo de comunicación no constituye un servicio de respuesta de emergencia . BEITECH no sustituye a los servicios de emergencia, autoridades, instituciones médicas, cuerpos de seguridad, protección civil ni servicios profesionales de asistencia. Cuando una funcionalidad permita configurar contactos de emergencia o autoridades, el usuario será responsable de proporcionar información correcta y mantenerla actualizada.
SECCIÓN CUARTA
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DISPOSITIVOS DESTINADOS A
MENORES, ADULTOS MAYORES Y
PERSONAS VULN ERABLES
DÉCIMA SEXTA. DISPOSITIVOS DESTINADOS A
MENORES
Cuando el dispositivo sea destinado a una niña, niño o adolescente, el usuario deberá ser una persona legalmente facultada para contratar y administrar el servicio. El uso del dispositivo deberá real izarse atendiendo al interés superior de la niñez y a las disposiciones aplicables en materia de protección de datos personales. El usuario deberá contar con la autorización o legitimación necesaria para realizar el monitoreo y tratamiento de la informació n correspondiente. Las disposiciones de este Capítulo deberán interpretarse conjuntamente con el
Capítulo XXI. Tratamiento de Niñas, Niños y Adolescentes .
DÉCIMA SÉPTIMA. ADULTOS MAYORES Y PERSONAS
EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD
Cuando los dispositivos se an utilizados para apoyar el cuidado o seguridad de personas adultas mayores o personas en situación de vulnerabilidad, las funcionalidades proporcionadas por BEITECH deberán considerarse herramientas tecnológicas de apoyo. BEITECH no asume por ello la cus todia, cuidado personal, vigilancia física o responsabilidad directa sobre la persona que porte el dispositivo. La contratación del servicio no sustituye la supervisión, asistencia, acompañamiento o atención que corresponda proporcionar a la persona confor me a sus circunstancias particulares.
SECCIÓN QUINTA
PROTECCIÓN DE DATOS Y PRIVACIDAD
DÉCIMA OCTAVA. TRATAMIENTO DE DATOS DE
GEOLOCALIZACIÓN
La información relativa a ubicación, recorridos, geocercas y demás información generada por las funcionalidades d e localización será tratada conforme al Capítulo II. Aviso de Privacidad y al resto de las disposiciones aplicables en materia de protección de datos personales.
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BEITECH únicamente deberá tratar dicha información para las finalidades informadas y jurídicam ente permitidas.
DÉCIMA NOVENA. AUDIO, VIDEO E IMAGEN
Cuando las funcionalidades del dispositivo permitan captar o transmitir audio, video, imagen o voz, el tratamiento de dicha información deberá sujetarse al Aviso de Privacidad y a las disposiciones apl icables. EL USUARIO será responsable de contar con la autorización o legitimación correspondiente respecto de terceros cuando legalmente resulte necesario.
VIGÉSIMA. DATOS BIOMÉTRICOS Y DE SALUD
Cuando como consecuencia del funcionamiento del dispositivo se obtenga información biométrica o información relacionada con la salud, su tratamiento deberá sujetarse al
Capítulo VIII. Protección de Datos Biométricos y Datos Personales Sensibles , así como
al Aviso de Privacidad correspondiente. Ninguna funcionalidad de monitoreo, geolocalización, audio o video deberá interpretarse como una autorización para realizar tratamientos adicionales de datos personales no informados.
SECCIÓN SEXTA
SEGURIDAD Y USO INDEBIDO
VIGÉSIMA PRIMERA. SEGURIDAD DE LA CUENTA
El usuario será responsable de mantener bajo control sus credenciales de acceso a la aplicación y de implementar medidas razonables para evitar accesos no autorizados. Queda prohibido compartir contraseñas, códigos, cuentas o mecanismos de autenticación con personas que no deban tener acceso a la información.
VIGÉSIMA SEGUNDA. USO INDEBIDO
Queda prohibido utilizar los servicios de BEITECH para:
a) Espiar.
b) Hostigar.
c) Acosar.
d) Intimidar.
e) Perseguir.
f) Vigilar clandestinamente.
g) Obtener información privada s in autorización.
h) Interceptar comunicaciones ilícitamente.
i) Grabar conversaciones o imágenes sin la autorización o legitimación
correspondiente.
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j) Realizar actividades ilícitas.
k) Vulnerar sistemas de seguridad.
l) Acceder a cuentas de terceros.
m) E vadir controles de acceso.
n) Utilizar el dispositivo para fines distintos de aquellos permitidos.
VIGÉSIMA TERCERA. SUSPENSIÓN POR USO INDEBIDO
Cuando BEITECH tenga conocimiento o indicios razonables de que una cuenta, dispositivo o servicio está siendo utilizado para realizar actividades ilícitas, fraudulentas, abusivas o contrarias a los presentes Términos y Condiciones, podrá adoptar medidas proporcionales, incluyendo:
I. Solicitar información adicional.
II. Restringir temporalmente determinadas funcio nalidades.
III. Suspender temporalmente la cuenta.
IV. Suspender determinados accesos.
V. Cancelar la cuenta cuando legalmente proceda.
VI. Preservar evidencia relacionada con el incidente.
VII. Dar aviso a las autoridades competentes cuando exista obligac ión legal o resulte
jurídicamente procedente.
SECCIÓN SÉPTIMA
LIMITACIONES TÉCNICAS
VIGÉSIMA CUARTA. DEPENDENCIA DE TERCEROS
El usuario reconoce que determinadas funcionalidades dependen de infraestructura y servicios de terceros, incluyendo, según corre sponda:
I. Redes de telecomunicaciones.
II. GPS.
III. Internet.
IV. Servidores.
V. Servicios de almacenamiento.
VI. Servicios de nube.
VII. Sistemas operativos.
VIII. Tiendas de aplicaciones.
IX. Proveedores tecnológicos.
X. Servicios de mapas.
XI. Servici os de mensajería.
XII. Otros servicios necesarios para la operación.
BEITECH no será responsable por interrupciones o fallas originadas exclusivamente por terceros o por circunstancias fuera de su control razonable, sin perjuicio de las obligaciones que le galmente le correspondan.
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VIGÉSIMA QUINTA. AUSENCIA DE GARANTÍA DE
DISPONIBILIDAD ABSOLUTA
BEITECH realizará esfuerzos razonables para mantener disponibles las funcionalidades contratadas. No obstante, no garantiza que el servicio se encuentre disponible de manera permanente, ininterrumpida, instantánea o libre de errores. La indisponibilidad temporal derivada de mantenimiento, actualizaciones, fallas de infraestructura, interrupciones de terceros, fuerza mayor, ciberataques u otras circunstancias técnicam ente justificadas no constituirá por sí misma un incumplimiento imputable a BEITECH cuando se hayan adoptado las medidas razonables correspondientes.
VIGÉSIMA SEXTA. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
POR GEOLOCALIZACIÓN
BEITECH no garantiza que la información de ubicación corresponda en todo momento y con exactitud absoluta a la ubicación física del dispositivo. En consecuencia, el usuario no deberá utilizar exclusivamente la información proporcionada por el dispositivo como único mecanismo para adoptar decisi ones relacionadas con la seguridad, integridad física o atención de una persona.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. LIMITACIÓN DE
RESPONSABILIDAD POR AUDIO Y VIDEO
BEITECH no garantiza que las transmisiones de audio o video sean permanentes, ininterrumpidas, instantáneas o libres de fallas. La calidad de las transmisiones podrá depender de las condiciones de red, dispositivo, servidores, ancho de banda, ubicación y demás factores técnicos.
VIGÉSIMA OCTAVA. RESPONSABILIDAD DEL USUARIO
El usuario será responsable de utiliza r las funcionalidades de monitoreo, geolocalización, audio, video y acceso remoto de manera lícita, ética y conforme a los presentes Términos y Condiciones. La adquisición o contratación de un dispositivo BEITECH no otorga al usuario derechos adicionales s obre la privacidad, datos personales, imagen, voz, comunicaciones o información de terceros.
SECCIÓN OCTAVA
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VINCULACIÓN CON EL MARCO
CONTRACTUAL
VIGÉSIMA NOVENA. INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA
El presente Capítulo deberá interpretarse conjuntamente con:
I. C apítulo I. Términos y Condiciones Generales.
II. Capítulo II. Aviso de Privacidad.
III. Capítulo IV. Licencia de Uso de la App.
IV. Capítulo VI. Limitación de Responsabilidad.
V. Capítulo VII. Exclusión de Responsabilidad Médica.
VI. Capítulo VIII. Protecc ión de Datos Biométricos y Datos Personales Sensibles.
VII. Capítulo IX. Ciberseguridad y Uso Permitido.
VIII. Capítulo XXI. Tratamiento de Niñas, Niños y Adolescentes.
IX. Capítulo XXII. Consentimiento Electrónico y Firma Electrónica.
X. Capítulo XXIV. Al ertas, Servicios de Emergencia y Exclusión de Garantía de Respuesta.
En caso de contradicción, se aplicará el orden de prelación establecido en los Términos y Condiciones Generales y, en materia de protección de datos personales, prevalecerán las disposici ones legales de carácter obligatorio y el Aviso de Privacidad en los términos jurídicamente aplicables.
TRIGÉSIMA. ACEPTACIÓN DE RESPONSABILIDAD
SOBRE EL USO
Mediante la contratación o utilización de las funcionalidades correspondientes, el usuario declar a conocer que las herramientas de monitoreo, geolocalización, audio, video y acceso remoto son medios tecnológicos de apoyo y que su funcionamiento puede estar sujeto a limitaciones técnicas. El usuario se obliga a utilizar dichas funcionalidades exclusiva mente para fines lícitos y bajo su propia responsabilidad respecto de las personas, bienes o situaciones sobre las cuales tenga autorización legal para realizar el monitoreo.
TRIGÉSIMA PRIMERA. PROHIBICIÓN DE
INTERPRETACIÓN COMO GARANTÍA DE SEGURIDAD
Ning una disposición comercial, publicitaria, contractual o técnica relacionada con las funcionalidades de monitoreo, geolocalización, audio, video, SOS o acceso remoto deberá interpretarse como una garantía absoluta de seguridad, prevención de accidentes, prev ención de delitos, localización permanente, respuesta de emergencia o protección física de la persona que porte el dispositivo. Las funcionalidades constituyen herramientas tecnológicas destinadas a proporcionar información, comunicación o alertas bajo las condiciones técnicas correspondientes.
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TRIGÉSIMA SEGUNDA. SUPERVIVENCIA
Las obligaciones relacionadas con confidencialidad, protección de datos personales, uso lícito de la información, prohibición de vigilancia no autorizada y responsabilidad derivada del uso de las funcionalidades continuarán vigentes en la medida necesaria para cumplir con la legislación aplicable y proteger los derechos de las personas involucradas.
CAPÍTULO XXIV
SERVICIOS DE EMERGENCIA, ALERTAS Y
RESPUESTA DE TERCEROS
PRIMERA. OBJ ETO Y NATURALEZA DE LAS
FUNCIONALIDADES DE EMERGENCIA
El presente Capítulo establece las condiciones aplicables a las funcionalidades de alerta, botón SOS, botón de pánico, detección de determinados eventos, notificaciones, comunicaciones y demás mecanismo s tecnológicos de auxilio o aviso que, dependiendo del dispositivo, aplicación, plan o servicio contratado, puedan encontrarse disponibles para los usuarios de BEITECH. Las funcionalidades previstas en el presente Capítulo constituyen herramientas tecnológ icas de comunicación y generación de alertas y no deberán interpretarse, bajo ninguna circunstancia, como la prestación directa de servicios de emergencia, rescate, seguridad pública, seguridad privada, protección civil, atención médica, asistencia paraméd ica, intervención policial o cualquier otro servicio profesional de respuesta. BEITECH no sustituye ni reemplaza a las autoridades, instituciones, cuerpos de emergencia, servicios médicos, servicios de rescate o personas encargadas del cuidado y protección del usuario o de la persona que porte el dispositivo.
SEGUNDA. FUNCIONALIDADES DE ALERTA
Dependiendo de las características del producto contratado, BEITECH podrá proporcionar funcionalidades destinadas a generar o transmitir determinados avisos, entre e llos:
I. Botón SOS.
II. Botón de pánico.
III. Alertas de emergencia.
IV. Alertas derivadas de determinados eventos detectados por el dispositivo.
V. Alertas relacionadas con geocercas.
VI. Alertas relacionadas con ubicación.
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VII. Alertas relacionadas con b atería o funcionamiento.
VIII. Notificaciones a contactos previamente configurados.
IX. Comunicaciones mediante llamadas o mensajes.
X. Cualquier otra funcionalidad expresamente incorporada al producto o servicio
contratado. La existencia de una determinad a funcionalidad dependerá del modelo de dispositivo, configuración, plan contratado, versión de software o firmware y disponibilidad técnica correspondiente.
TERCERA. BOTÓN SOS Y BOTÓN DE PÁNICO
Cuando el dispositivo contratado cuente con botón SOS o botó n de pánico, su activación tendrá como finalidad generar una señal o comunicación de alerta conforme a la configuración del dispositivo y del servicio contratado. La activación del botón no constituye por sí misma una solicitud directa de intervención de B EITECH ni genera una obligación de BEITECH de acudir físicamente al lugar donde se encuentre el dispositivo. La funcionalidad podrá generar una comunicación hacia los contactos, plataformas o servicios que hayan sido previamente configurados, siempre que l as condiciones técnicas permitan su transmisión.
CUARTA. AUSENCIA DE GARANTÍA DE RESPUESTA DE
EMERGENCIA
BEITECH NO GARANTIZA que la activación de una alerta, botón SOS o botón de pánico produzca:
a) Una respuesta inmediata.
b) Una respuesta de autoridade s.
c) Una intervención policial.
d) Una ambulancia.
e) Atención médica.
f) Rescate.
g) Protección física.
h) Localización exacta de la persona.
i) Intervención de protección civil.
j) Contacto exitoso con familiares o personas autorizadas.
k) Prevención de un accidente, delito, lesión, extravío o cualquier otro acontecimiento.
Las funcionalidades tecnológicas únicamente permiten generar, transmitir o facilitar determinadas comunicaciones o alertas bajo las condiciones técnicas disponibles en cada momento.
QUINTA. RESPONSABILIDAD DEL USUARIO ANTE UNA
EMERGENCIA
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En caso de encontrarse ante una situación que implique un riesgo para la vida, integridad física, salud o seguridad de una persona, el usuario deberá utilizar directamente los servicios de emergencia y asistencia correspondientes. Las funcionalidades de BEITECH no deberán utilizarse como único mecanismo de respuesta ante una situación de emergencia . El usuario deberá mantener disponibles y actualizados los medios de contacto y los servicios de emergenc ia que correspondan a su ubicación. BEITECH recomienda que los usuarios conozcan previamente los servicios de emergencia disponibles en su localidad y no dependan exclusivamente del funcionamiento de un dispositivo tecnológico.
SEXTA. CONTACTOS DE EMERGEN CIA
Cuando el servicio permita configurar contactos de emergencia, el usuario será responsable de proporcionar información correcta, suficiente y actualizada respecto de las personas que deberán recibir las alertas. El usuario deberá asegurarse de que dich as personas:
I. Sean efectivamente las personas que deben recibir las alertas.
II. Hayan sido informadas, cuando corresponda, de su incorporación como contacto.
III. Mantengan actualizados sus medios de comunicación.
IV. Tengan capacidad para recibir y ate nder las alertas.
V. Conozcan las condiciones y limitaciones del servicio.
BEITECH no será responsable por la falta de respuesta, negativa, indisponibilidad, cambio de número telefónico, pérdida de dispositivo, falta de cobertura o cualquier otra circunsta ncia atribuible al contacto de emergencia.
SÉPTIMA . COMUNICACIÓN CON AUTORIDADES
Cuando alguna funcionalidad permita al usuario configurar, comunicar o transmitir información a autoridades o servicios públicos de emergencia, dicha funcionalidad deberá en tenderse exclusivamente como un mecanismo tecnológico de comunicación . BEITECH no representa a ninguna autoridad, corporación policial, institución médica, servicio de emergencia o dependencia gubernamental. La recepción, atención, valoración y respuesta d e una alerta corresponderá exclusivamente a la autoridad o tercero receptor, conforme a sus propios protocolos, capacidades, facultades y disponibilidad. BEITECH no podrá garantizar que una autoridad:
I. Reciba una alerta.
II. Conteste una comunicación.
II I. Verifique la información.
IV. Acuda al lugar.
V. Realice una intervención.
VI. Proporcione asistencia.
VII. Ejecute un rescate.
VIII. Adopte alguna medida determinada.
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OCTAVA . INFORMACIÓN TRANSMITIDA A TERCEROS
Cuando una alerta implique la transmisión de determinada información a un contacto, autoridad o tercero autorizado, la información podrá incluir, dependiendo de la funcionalidad contratada:
a) Identificación del dispositivo.
b) Ubicación disponible.
c) Fecha y hora de la alerta.
d) Tipo de alerta .
e) Información proporcionada por el usuario.
La información que se transmita estará sujeta al Aviso de Privacidad y a las condiciones aplicables al servicio.
NOVENA . EXACTITUD DE LA INFORMACIÓN
El usuario será responsable de proporcionar información cor recta y actualizada para la configuración de los servicios de alerta. BEITECH no será responsable por las consecuencias derivadas de información incorrecta, incompleta, desactualizada o falsa proporcionada por el usuario, incluyendo:
I. Nombres.
II. Teléfo nos.
III. Correos electrónicos.
IV. Contactos de emergencia.
V. Datos de ubicación.
VI. Información médica proporcionada por el usuario.
VII. Información de la persona que porta el dispositivo.
VIII. Cualquier otro dato requerido para la operación del serv icio.
DÉCIMA . LIMITACIONES DERIVADAS DE LA
CONECTIVIDAD
La generación y transmisión de una alerta podrá depender de la disponibilidad y funcionamiento de:
I. Red celular.
II. Internet.
III. GPS.
IV. Servidores.
V. Servicios de nube.
VI. Aplicaciones.
VII. Sistemas operativos.
VIII. Servicios de mensajería.
IX. Dispositivo.
X. Batería.
XI. Infraestructura de terceros.
XII. Cualquier otro componente técnico necesario para transmitir la alerta.
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En consecuencia, BEITECH no garantiza que una alerta pueda genera rse, transmitirse o recibirse cuando alguno de dichos elementos se encuentre indisponible o presente una falla.
DÉCIMA PRIMERA . FALLAS DE RED Y
TELECOMUNICACIONES
BEITECH no será responsable por interrupciones, retrasos, pérdidas de comunicación o imposib ilidad de transmisión ocasionados exclusivamente por fallas de los operadores de telecomunicaciones, proveedores de internet, servicios de mensajería, sistemas de posicionamiento, infraestructura tecnológica de terceros u otros servicios que no se encuentr en bajo el control razonable de BEITECH. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de las responsabilidades que legalmente correspondan a BEITECH por sus propios actos u omisiones.
DÉCIMA SEGUNDA . ALERTAS AUTOMÁTICAS
Cuando un dispositivo cuente con mecanism os destinados a detectar determinados eventos, como caídas u otros eventos configurados por el fabricante o proveedor, el usuario reconoce que dichas funciones tienen carácter tecnológico y auxiliar , por lo que no garantizan la detección de todos los acont ecimientos ni la generación de una alerta en todos los casos. La detección automática podrá verse afectada por:
a) Posición del dispositivo.
b) Forma de utilización.
c) Ajuste o colocación.
d) Movimiento.
e) Batería.
f) Conectividad.
g) Condiciones ambient ales.
h) Características físicas del evento.
i) Algoritmos utilizados.
j) Software y firmware.
k) Actualizaciones.
l) Cualquier otra circunstancia técnica.
DÉCIMA TERCERA . FALSOS POSITIVOS Y FALSOS
NEGATIVOS
El usuario reconoce que los sistemas automatiza dos de detección y generación de alertas pueden producir falsos positivos o falsos negativos . Por lo tanto, la generación de una alerta no necesariamente significa que se haya producido una emergencia real, y la ausencia de una alerta no significa que no h aya ocurrido un evento que requiera asistencia. BEITECH no garantiza que los sistemas automatizados detecten todos los acontecimientos susceptibles de generar una emergencia.
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DÉCIMA CUARTA . RESPONSABILIDAD MÉDICA
Las funcionalidades de alerta no constituy en diagnóstico, tratamiento, valoración médica ni atención sanitaria. La generación de una alerta relacionada con una caída, condición fisiológica u otro evento no implica que BEITECH haya determinado médicamente la existencia, gravedad o naturaleza de una condición. El usuario deberá acudir a profesionales de la salud cuando la situación lo requiera. El presente artículo deberá interpretarse conjuntamente con el Capítulo VII. Exclusión de Responsabilidad Médica y con las disposiciones relativas al tratamie nto de datos de salud.
DÉCIMA QUINTA . MENORES DE EDAD
Cuando las funcionalidades de emergencia sean utilizadas respecto de niñas, niños o adolescentes, el padre, madre, tutor o persona legalmente facultada será responsable de configurar adecuadamente los contactos de emergencia y de supervisar el uso del dispositivo. El dispositivo no sustituye la supervisión, cuidado, protección y acompañamiento que corresponda proporcionar al menor. BEITECH no asumirá la custodia física del menor por el simple hecho de p roporcionar un dispositivo o servicio de monitoreo. Las disposiciones del presente artículo deberán interpretarse conjuntamente con el
Capítulo XXI. Tratamiento de Niñas, Niños y Adolescentes .
DÉCIMA SEXTA. ADULTOS MAYORES Y PERSONAS EN
SITUACIÓN DE VULNE RABILIDAD
Cuando el dispositivo sea utilizado para apoyar la seguridad o cuidado de personas adultas mayores o personas en situación de vulnerabilidad, las alertas deberán considerarse mecanismos tecnológicos complementarios. La contratación del servicio n o implica que BEITECH asuma obligaciones de custodia, vigilancia física, cuidado personal, acompañamiento o asistencia directa. La persona responsable del usuario deberá establecer los mecanismos adicionales de atención que correspondan a las circunstancia s particulares de la persona monitoreada.
DÉCIMA SÉPTIMA. RESPONSABILIDAD POR LA
CONFIGURACIÓN DEL SERVICIO
El usuario será responsable de configurar correctamente:
I. Contactos de emergencia.
II. Números telefónicos.
III. Parámetros de alerta.
IV. Geocer cas.
V. Información de la persona monitoreada.
VI. Permisos de la aplicación.
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VII. Dispositivos vinculados.
VIII. Cualquier otra configuración necesaria.
BEITECH no será responsable por consecuencias derivadas de una configuración incorrecta realizada por el usuario.
DÉCIMA OCTAVA. PRUEBAS Y VERIFICACIONES
Cuando el servicio permita realizar pruebas de funcionamiento, el usuario deberá efectuar las verificaciones correspondientes de conformidad con las instrucciones proporcionadas por BEITECH. Las pruebas no constituyen una garantía de funcionamiento permanente. El usuario deberá verificar periódicamente:
a) Nivel de batería.
b) Conectividad.
c) Funcionamiento del dispositivo.
d) Actualización de la aplicación.
e) Datos de contacto.
f) Configuración de aler tas.
g) Permisos correspondientes.
h) Cualquier otro elemento necesario para el funcionamiento del servicio.
DÉCIMA NOVENA. MANTENIMIENTO Y
ACTUALIZACIONES
BEITECH podrá implementar actualizaciones de software, firmware, aplicación, servidores o infraestr uctura necesarias para mantener, mejorar, corregir o proteger las funcionalidades del servicio. Dichas actualizaciones podrán modificar determinadas características técnicas, interfaces o mecanismos de operación, siempre dentro de los límites permitidos po r la legislación aplicable y las condiciones contractuales correspondientes.
VIGÉSIMA. USO INDEBIDO DEL SISTEMA DE ALERTAS
Queda prohibido utilizar las funcionalidades de emergencia para:
I. Generar alertas falsas deliberadamente.
II. Saturar los sistemas .
III. Hostigar a terceros.
IV. Realizar bromas que puedan provocar movilización innecesaria de servicios de
emergencia.
V. Generar reportes fraudulentos.
VI. Suplantar a otra persona.
VII. Obtener indebidamente información de terceros.
VIII. Realizar acti vidades ilícitas.
IX. Manipular deliberadamente el dispositivo para generar información falsa.
X. Cualquier otra conducta contraria a la legislación aplicable o a los presentes
Términos y Condiciones.
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VIGÉSIMA PRIMERA. SUSPENSIÓN POR ABUSO
En caso de dete ctar un uso fraudulento, abusivo, ilícito o contrario a los presentes Términos y Condiciones, BEITECH podrá, en la medida legalmente procedente:
a) Solicitar información adicional.
b) Restringir determinadas funcionalidades.
c) Suspender temporalmente la c uenta.
d) Suspender determinados servicios.
e) Cancelar la cuenta.
f) Preservar evidencia digital.
g) Adoptar medidas de seguridad.
h) Informar a las autoridades cuando exista obligación legal o resulte jurídicamente
procedente.
VIGÉSIMA SEGUNDA. EVIDENCI A DIGITAL DE LAS
ALERTAS
BEITECH podrá conservar registros técnicos relacionados con la generación, transmisión, recepción y procesamiento de alertas, incluyendo, cuando resulte aplicable:
I. Fecha y hora.
II. Identificador del dispositivo.
III. Identifica dor de usuario.
IV. Tipo de alerta.
V. Información de ubicación disponible.
VI. Registros de comunicación.
VII. Registros de autenticación.
VIII. Bitácoras de sistema.
IX. Registros de servidores.
X. Información técnica necesaria para investigar incidentes .
La conservación y tratamiento de dicha información se realizará conforme al Aviso de Privacidad, las obligaciones legales aplicables y las políticas internas de conservación de información.
VIGÉSIMA TERCERA. CONSERVACIÓN DE EVIDENCIA
Cuando exista un in cidente relacionado con una alerta, fraude, uso indebido, acceso no autorizado o controversia, BEITECH podrá preservar los registros electrónicos correspondientes durante el tiempo necesario para atender obligaciones legales, contractuales, administrativas o judiciales. Cuando resulte jurídicamente aplicable, la conservación de mensajes de datos y evidencia electrónica podrá realizarse mediante mecanismos que permitan acreditar su existencia, integridad y disponibilidad, incluyendo los previstos por la legi slación mercantil aplicable y la NOM - 151 - SCFI - 2016 .
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VIGÉSIMA CUARTA. TERCEROS PRESTADORES DE
SERVICIOS
Para la operación de las funcionalidades de alerta, BEITECH podrá apoyarse en terceros proveedores de servicios tecnológicos, telecomunicaciones, almace namiento, infraestructura, mensajería, mapas, nube u otros servicios necesarios para la prestación del servicio. La participación de dichos terceros no implica que BEITECH controle las decisiones, tiempos de respuesta o actuaciones que correspondan exclusi vamente a dichos terceros.
VIGÉSIMA QUINTA. ACTUACIÓN DE AUTORIDADES Y
TERCEROS
Una vez que una alerta sea transmitida a una autoridad, contacto de emergencia o tercero autorizado, la atención de dicha alerta quedará sujeta a las capacidades, protocolos, disponibilidad y decisiones del receptor. BEITECH no podrá garantizar ni controlar:
I. El tiempo de respuesta.
II. La decisión de intervenir.
III. Los recursos disponibles.
IV. La capacidad operativa.
V. La ubicación del tercero.
VI. La recepción efectiva.
VII. La interpretación de la información.
VIII. Las acciones que posteriormente sean realizadas.
VIGÉSIMA SEXTA. EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD
POR ACTUACIONES DE TERCEROS
BEITECH no será responsable por daños, pérdidas o consecuencias derivadas exclusivam ente de actos, omisiones, retrasos, errores, decisiones o falta de actuación de autoridades, servicios de emergencia, instituciones médicas, operadores de telecomunicaciones, contactos de emergencia o cualquier otro tercero receptor de una alerta. Lo anter ior se entenderá sin perjuicio de las responsabilidades que legalmente correspondan a BEITECH por sus propios actos u omisiones.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. AUSENCIA DE GARANTÍA DE
PREVENCIÓN
Las funcionalidades de alerta y emergencia no constituyen sistemas destin ados a garantizar la prevención de:
a) Accidentes.
b) Lesiones.
c) Enfermedades.
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d) Delitos.
e) Secuestros.
f) Extravíos.
g) Robos.
h) Fallecimientos.
i) Daños materiales.
j) Cualquier otro evento adverso.
El usuario reconoce que ningún mecanismo tecnológi co puede garantizar la eliminación o prevención absoluta de dichos riesgos.
VIGÉSIMA OCTAVA. NO SUSTITUCIÓN DE SERVICIOS
PROFESIONALES
Las funcionalidades de BEITECH no sustituyen:
I. Servicios médicos.
II. Servicios de emergencia.
III. Servicios policial es.
IV. Protección civil.
V. Servicios de rescate.
VI. Seguridad privada.
VII. Supervisión parental.
VIII. Cuidado de adultos mayores.
IX. Cualquier otro servicio profesional especializado.
Cuando exista una situación que requiera atención profesional, el usuario deberá recurrir directamente al servicio correspondiente.
VIGÉSIMA NOVENA. RELACIÓN CON EL CAPÍTULO DE
LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Las disposiciones contenidas en este Capítulo deberán interpretarse conjuntamente con el Capítulo VI. Limitación d e Responsabilidad , el Capítulo XVII. Blindaje Patrimonial de BEITECH , el Capítulo XVIII. Renuncia a Daños Indirectos y el Capítulo XIX. Limitación Económica de Responsabilidad . Ninguna disposición de este Capítulo tendrá por objeto excluir responsabilidade s que legalmente no puedan ser excluidas o limitadas.
TRIGÉSIMA. INTERPRETACIÓN CONFORME A LA
LEGISLACIÓN APLICABLE
Las disposiciones del presente Capítulo deberán interpretarse de manera sistemática con el resto de los documentos contractuales de BEITECH y conforme a la legislación aplicable. En ningún caso podrá interpretarse una disposición del presente Capítulo como una autorización para incumplir disposiciones imperativas en materia de protección de datos personales, derechos del consumidor, contratac ión electrónica, responsabilidad civil o cualquier otra materia aplicable.
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TRIGÉSIMA PRIMERA. ACEPTACIÓN DEL USUARIO
Mediante la contratación o utilización de las funcionalidades de alerta, SOS, comunicación o emergencia, EL USUARIO reconoce expresamente que:
I. Se trata de herramientas tecnológicas de apoyo.
II. Su funcionamiento depende de condiciones técnicas y de terceros.
III. No constituyen un servicio de emergencia por sí mismas.
IV. No garantizan una respuesta inmediata.
V. No sustituyen servicios médicos, policiales o de rescate.
VI. El usuario es responsable de mantener actualizada la configuración del servicio.
VII. El usuario deberá recurrir directamente a los servicios de emergencia
correspondientes cuando la situación lo requiera.
VIII. La uti lización del servicio se encuentra sujeta a las limitaciones establecidas en los
presentes Términos y Condiciones.
CAPÍTULO XXV
INFORMACIÓN DE SALUD Y FUNCIONES
DE MONITOREO FISIOLÓGICO
PRIMERA. OBJETO Y ALCANCE
El presente Capítulo establece las condic iones aplicables a las funcionalidades tecnológicas que, dependiendo del dispositivo, aplicación, plataforma, versión de software o firmware y plan contratado, permitan obtener, registrar, visualizar, procesar o transmitir información relacionada con deter minados parámetros fisiológicos o de salud. Entre las funcionalidades que podrán encontrarse disponibles, dependiendo del producto contratado, se encuentran aquellas relacionadas con:
I. Frecuencia o pulso cardiaco.
II. Oxigenación.
III. Presión arterial.
IV. Detección de determinados eventos, incluyendo caídas del dispositivo.
V. Historial de determinados parámetros.
VI. Alertas relacionadas con determinados parámetros.
VII. Información proporcionada por el usuario relacionada con su estado de salud.
VIII. Cualquier otra funcionalidad expresamente descrita para el producto
correspondiente. Las funcionalidades efectivamente disponibles serán exclusivamente aquellas expresamente incorporadas al dispositivo, aplicación o servicio contratado.
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SEGUNDA. NATURALE ZA TECNOLÓGICA DE LAS
FUNCIONALIDADES
Las funcionalidades de monitoreo fisiológico proporcionadas por BEITECH constituyen herramientas tecnológicas de apoyo e información y no deberán interpretarse como servicios médicos, diagnósticos, terapéuticos o de at ención sanitaria. La información generada, calculada, estimada, procesada o presentada mediante el dispositivo o aplicación no constituye por sí misma:
a) Un diagnóstico médico.
b) Una valoración clínica.
c) Una indicación médica.
d) Una prescripción.
e) U n tratamiento.
f) Una valoración de emergencia.
g) Una determinación sobre el estado de salud de una persona.
h) Una sustitución de la consulta con un profesional de la salud.
i) Una certificación de condición médica.
j) Una garantía de ausencia o presenci a de una enfermedad.
TERCERA. INFORMACIÓN DE SALUD
Cuando las funcionalidades del producto permitan obtener o procesar información relacionada con el estado físico o fisiológico de una persona, dicha información será tratada conforme al Aviso de Privacida d de BEITECH y a las disposiciones aplicables en materia de protección de datos personales. La información podrá incluir, dependiendo del producto y de las funcionalidades disponibles, determinados valores, mediciones, registros, alertas o información prop orcionada por el propio usuario. BEITECH no deberá interpretar automáticamente dicha información como una condición médica ni utilizarla para emitir diagnósticos, salvo que exista una autorización legal, regulatoria y contractual expresa para realizar una actividad específica de dicha naturaleza.
CUARTA. INFORMACIÓN RELATIVA A SIGNOS O
PARÁMETROS FISIOLÓGICOS
Cuando un dispositivo permita consultar determinados parámetros fisiológicos, los valores mostrados deberán entenderse como información obtenida medi ante los mecanismos tecnológicos incorporados al producto , sujeta a las características y limitaciones propias de dichos mecanismos. La información obtenida puede variar dependiendo, entre otros factores, de:
I. Características individuales de la persona.
II. Forma de colocación del dispositivo.
III. Ajuste del dispositivo.
IV. Movimiento.
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V. Actividad física.
VI. Temperatura.
VII. Condiciones ambientales.
VIII. Estado de la batería.
IX. Funcionamiento de sensores.
X. Software.
XI. Firmware.
XII. Actualizac iones.
XIII. Condiciones de conectividad.
XIV. Características técnicas del dispositivo.
XV. Cualquier otra circunstancia que pueda afectar la obtención o procesamiento de la
información.
QUINTA. PRESIÓN ARTERIAL
Cuando un dispositivo comercializado por B EITECH contemple una funcionalidad relacionada con presión arterial, los valores proporcionados deberán considerarse información obtenida mediante la tecnología correspondiente y no deberán utilizarse como sustituto de una medición clínica, valoración médi ca o diagnóstico profesional . El usuario reconoce que las condiciones de medición, características físicas de la persona, colocación del dispositivo, movimiento, condiciones ambientales y demás factores pueden influir en los resultados obtenidos. En consec uencia, ninguna lectura deberá utilizarse por sí sola para iniciar, modificar, suspender o sustituir un tratamiento médico. Cuando exista una preocupación respecto de la presión arterial de una persona, deberá acudirse a un profesional de la salud.
SEXTA. FRECUENCIA O PULSO CARDIACO
Cuando el producto permita obtener información relativa al pulso o frecuencia cardiaca, dicha información tendrá carácter tecnológico e informativo. Los valores mostrados no constituyen por sí mismos una evaluación cardiológica ni permiten determinar de manera autónoma la existencia o inexistencia de una enfermedad, padecimiento o condición médica. El usuario deberá evitar utilizar una lectura aislada como fundamento exclusivo para tomar decisiones relacionadas con su salud.
SÉP TIMA. OXIGENACIÓN
Cuando el dispositivo permita obtener información relacionada con oxigenación, los resultados deberán interpretarse como información generada mediante los mecanismos tecnológicos disponibles en el dispositivo. Dicha información no deberá considerarse, por sí sola, como una determinación médica respecto del estado de salud de la persona. Las lecturas pueden verse afectadas por las características de la persona, movimiento, colocación del dispositivo, condiciones ambientales, funcionamiento del sensor y demás factores técnicos.
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Ante cualquier preocupación relacionada con el estado de salud de una persona, deberá solicitarse atención de un profesional de la salud.
OCTAVA. DETECCIÓN DE CAÍDAS
Cuando el dispositivo contemple una función de dete cción de caídas, ésta tendrá carácter automatizado y tecnológico y estará basada en determinados parámetros, sensores o algoritmos. La funcionalidad no garantiza la detección de todas las caídas o eventos físicos. Asimismo, la detección de un evento no nec esariamente significa que haya ocurrido una caída real, por lo que podrán existir:
I. Falsos positivos.
II. Falsos negativos.
III. Alertas retrasadas.
IV. Ausencia de alertas.
V. Eventos no detectados.
La función de detección de caídas no sustituye la supe rvisión, cuidado, atención médica o asistencia personal que requiera la persona.
NOVENA. ALERTAS RELACIONADAS CON
PARÁMETROS FISIOLÓGICOS
Cuando el producto permita generar alertas relacionadas con determinados parámetros fisiológicos, dichas alertas tend rán carácter informativo y tecnológico. La generación de una alerta no constituye un diagnóstico ni significa que BEITECH haya determinado que existe una emergencia médica. La ausencia de una alerta tampoco significa que la persona se encuentre fuera de ri esgo o que no requiera atención. Las alertas podrán depender de parámetros previamente configurados, algoritmos, sensores, conectividad, batería, software, firmware y demás elementos técnicos.
DÉCIMA. ALGORITMOS Y PROCESAMIENTO
AUTOMATIZADO
Cuando las fun cionalidades de monitoreo fisiológico utilicen algoritmos, modelos matemáticos, sistemas automatizados o mecanismos de procesamiento de información, estos tendrán como finalidad procesar los datos obtenidos por el dispositivo de acuerdo con las característ icas técnicas del producto. El resultado generado por un algoritmo deberá entenderse como una salida tecnológica basada en los datos disponibles , y no como una determinación médica. Los algoritmos pueden estar sujetos a limitaciones, actualizaciones, ajust es y modificaciones técnicas. BEITECH podrá realizar actualizaciones destinadas a mejorar el funcionamiento, seguridad, precisión técnica o desempeño de sus sistemas, conforme a las condiciones contractuales aplicables.
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DÉCIMA PRIMERA. AUSENCIA DE GARANTÍ A DE
EXACTITUD MÉDICA
BEITECH no garantiza que los valores, mediciones, estimaciones o resultados obtenidos mediante el dispositivo sean equivalentes a los obtenidos mediante equipos clínicos, procedimientos médicos o instrumentos profesionales. La informa ción proporcionada por el dispositivo no deberá presentarse como clínicamente equivalente a una valoración realizada por un profesional de la salud, salvo que BEITECH cuente expresamente con la autorización, certificación o respaldo regulatorio correspondi ente para realizar dicha afirmación.
DÉCIMA SEGUNDA. PROHIBICIÓN DE
AUTODIAGNÓSTICO
El usuario se obliga a no utilizar las funcionalidades de monitoreo fisiológico como único fundamento para realizar un autodiagnóstico o determinar la existencia, evolució n o gravedad de una enfermedad o condición médica. Asimismo, el usuario no deberá utilizar la información proporcionada por el dispositivo para:
I. Modificar medicamentos.
II. Suspender medicamentos.
III. Iniciar tratamientos.
IV. Modificar tratamientos.
V . Determinar dosis.
VI. Sustituir consultas médicas.
VII. Determinar la necesidad de hospitalización.
VIII. Determinar la inexistencia de una emergencia.
IX. Adoptar decisiones médicas respecto de terceros.
DÉCIMA TERCERA. NO SUSTITUCIÓN DE ATENCIÓN
MÉDI CA
Las funcionalidades de BEITECH no sustituyen la atención, valoración, diagnóstico o tratamiento de un profesional de la salud . En caso de presentar síntomas, malestar, alteraciones físicas o cualquier situación que pueda comprometer la salud o integrida d física, el usuario deberá solicitar la atención profesional correspondiente. Cuando exista una emergencia médica, el usuario deberá recurrir directamente a los servicios de emergencia correspondientes.
DÉCIMA CUARTA. RESPONSABILIDAD DEL USUARIO
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EL USUAR IO será responsable de utilizar la información obtenida mediante el dispositivo de manera prudente y conforme a su finalidad tecnológica. BEITECH no será responsable por decisiones médicas, terapéuticas o de salud adoptadas exclusivamente por el usuario co n base en información obtenida mediante el dispositivo. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de las responsabilidades que legalmente correspondan a BEITECH por sus propios actos u omisiones.
DÉCIMA QUINTA. DATOS PERSONALES SENSIBLES
Cuando la informació n obtenida mediante las funcionalidades de monitoreo fisiológico constituya un dato personal relacionado con la salud o se encuentre comprendida dentro de una categoría legalmente considerada sensible, su tratamiento estará sujeto al Capítulo VIII. Protecc ión de Datos Biométricos y Datos Personales Sensibles , así como al Aviso de Privacidad correspondiente. BEITECH implementará las medidas de protección, seguridad y tratamiento que correspondan conforme al marco jurídico aplicable.
DÉCIMA SEXTA. DATOS BIOM ÉTRICOS
Cuando el funcionamiento del dispositivo implique el procesamiento de características físicas, fisiológicas o comportamentales que legalmente sean consideradas datos biométricos, su tratamiento deberá sujetarse a las disposiciones específicas estab lecidas en el Aviso de Privacidad y en el Capítulo VIII. Protección de Datos Biométricos y Datos Personales Sensibles . La utilización de una funcionalidad tecnológica no deberá interpretarse como autorización para utilizar los datos obtenidos para finalida des distintas de aquellas informadas y jurídicamente permitidas.
DÉCIMA SÉPTIMA. DATOS DE TERCEROS
Cuando el dispositivo sea utilizado para monitorear a una persona distinta del titular de la cuenta, el usuario será responsable de contar con la autorizaci ón, consentimiento o legitimación jurídica que corresponda para realizar dicho monitoreo y tratamiento de información. Esta obligación será particularmente relevante cuando se trate de:
I. Niñas, niños o adolescentes.
II. Adultos mayores.
III. Personas en situación de vulnerabilidad.
IV. Personas que no administren directamente su cuenta.
V. Cualquier tercero cuyos datos sean obtenidos mediante el dispositivo.
La adquisición del dispositivo no constituye, por sí misma, autorización para obtener o tratar inf ormación de terceros.
DÉCIMA OCTAVA. MENORES DE EDAD
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Cuando las funcionalidades de monitoreo fisiológico se utilicen respecto de niñas, niños o adolescentes, deberán observarse las disposiciones específicas previstas en el
Capítulo XXI. Tratamiento de Niñ as, Niños y Adolescentes .
El uso del dispositivo respecto de menores deberá realizarse bajo la responsabilidad de la persona legalmente facultada para ello y atendiendo a las disposiciones aplicables en materia de protección de datos personales y derechos de niñas, niños y adolescentes. BEITECH no asumirá la custodia, cuidado físico o responsabilidad médica del menor por la prestación de una funcionalidad tecnológica.
DÉCIMA NOVENA. ADULTOS MAYORES Y PERSONAS
EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD
Cuando el dispos itivo sea utilizado para apoyar el monitoreo de adultos mayores o personas en situación de vulnerabilidad, sus funcionalidades deberán considerarse herramientas complementarias de información y comunicación. El servicio no sustituye la supervisión, asisten cia, cuidado o atención profesional que requiera la persona. El responsable del cuidado deberá establecer mecanismos adicionales de atención adecuados a las circunstancias particulares de la persona monitoreada.
VIGÉSIMA. INFORMACIÓN HISTÓRICA
Cuando la p lataforma permita conservar historiales de determinados parámetros fisiológicos, dicha información estará sujeta a las condiciones de almacenamiento, conservación y eliminación establecidas por BEITECH y comunicadas al usuario. La existencia de un historia l no significa que BEITECH esté realizando seguimiento médico permanente ni supervisión clínica de la persona. La información histórica deberá utilizarse únicamente para las finalidades permitidas y comunicadas al usuario.
VIGÉSIMA PRIMERA. TRANSMISIÓN A TERCEROS
Cuando el usuario configure funcionalidades que permitan compartir información fisiológica con familiares, cuidadores, contactos autorizados o terceros, el usuario deberá verificar que dichas personas se encuentren debidamente autorizadas. BEITECH no será responsable por el uso posterior que un tercero autorizado realice de la información cuando dicha utilización sea ajena a BEITECH y resulte atribuible exclusivamente a dicho tercero, sin perjuicio de las obligaciones legales que correspondan a BEI TECH.
VIGÉSIMA SEGUNDA. DEPENDENCIA DE
INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA
Las funcionalidades de monitoreo fisiológico pueden depender de:
a) Sensores.
b) Batería.
c) Software.
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d) Firmware.
e) Aplicación móvil.
f) Servidores.
g) Conectividad.
h) Internet.
i) Red es de telecomunicaciones.
j) Algoritmos.
k) Actualizaciones.
l) Servicios de terceros.
m) Condiciones físicas y ambientales.
Por lo anterior, BEITECH no garantiza que la información pueda obtenerse, transmitirse o visualizarse permanentemente y sin interru pciones.
VIGÉSIMA TERCERA. FALLAS, INTERRUPCIONES Y
PÉRDIDA DE INFORMACIÓN
BEITECH no será responsable por la pérdida, retraso, alteración, falta de transmisión o indisponibilidad de información fisiológica cuando sea consecuencia de circunstancias técnic as ajenas a su control razonable. Entre ellas podrán encontrarse fallas de conectividad, batería, sensores, dispositivos, redes, servidores, servicios de terceros, actualizaciones, fuerza mayor o caso fortuito. Lo anterior no excluye las responsabilidades que legalmente correspondan a BEITECH por sus propios actos u omisiones.
VIGÉSIMA CUARTA. NO GARANTÍA DE DETECCIÓN DE
EMERGENCIAS MÉDICAS
Las funcionalidades de monitoreo fisiológico no deberán interpretarse como mecanismos capaces de detectar todas las e mergencias médicas. La existencia o ausencia de una determinada lectura, alerta o variación fisiológica no constituye una determinación respecto de la existencia o inexistencia de una emergencia. Cuando exista una situación que pueda poner en riesgo la vid a o integridad de una persona, deberán utilizarse directamente los servicios médicos o de emergencia correspondientes.
VIGÉSIMA QUINTA. RELACIÓN CON EL CAPÍTULO DE
EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD MÉDICA
Las disposiciones del presente Capítulo deberán interpr etarse conjuntamente con el
Capítulo VII. Exclusión de Responsabilidad Médica .
En consecuencia, ninguna funcionalidad de monitoreo fisiológico deberá interpretarse como una obligación de BEITECH de proporcionar diagnóstico, tratamiento, vigilancia médica o atención sanitaria.
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VIGÉSIMA SEXTA. RELACIÓN CON LA PROTECCIÓN DE
DATOS PERSONALES
El tratamiento de información de salud, datos biométricos y demás información personal obtenida mediante las funcionalidades descritas en este Capítulo deberá realizarse d e conformidad con:
I. El Aviso de Privacidad.
II. El Capítulo VIII. Protección de Datos Biométricos y Datos Personales Sensibles.
III. Las medidas de seguridad aplicables.
IV. Las finalidades informadas al titular.
V. La legislación aplicable en materia de protección de datos personales.
BEITECH no deberá utilizar la información obtenida para finalidades incompatibles con aquellas informadas y jurídicamente permitidas.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. PUBLICIDAD Y AFIRMACIONES
SOBRE SALUD
Toda afirmación comercial relaci onada con las funcionalidades de monitoreo fisiológico deberá corresponder con las capacidades técnicas reales del producto y encontrarse sustentada en información técnica verificable. Por lo cual BEITECH no induce al usuario a considerar que el dispositiv o:
a) Diagnostica enfermedades.
b) Garantiza la detección de una emergencia.
c) Sustituye un equipo médico.
d) Sustituye una consulta profesional.
e) Garantiza resultados clínicos.
f) Garantiza la prevención de enfermedades.
g) Garantiza la seguridad o sup ervivencia de una persona.
Las características técnicas y los alcances comerciales de cada producto deberán coincidir con la documentación técnica, regulatoria y comercial aplicable.
VIGÉSIMA OCTAVA. RESPONSABILIDAD POR
INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR EL US UARIO
Cuando el usuario introduzca manualmente información relacionada con su salud, antecedentes, medicamentos, condiciones físicas o cualquier otro dato personal, será responsable de proporcionar información verdadera, exacta y actualizada. BEITECH no se rá responsable por decisiones adoptadas con base en información falsa, incompleta, desactualizada o incorrectamente proporcionada por el usuario.
VIGÉSIMA NOVENA. ACTUALIZACIONES
TECNOLÓGICAS
BEITECH podrá implementar actualizaciones, correcciones o modif icaciones en software, firmware, algoritmos, aplicaciones o sistemas destinados a mejorar la seguridad, funcionamiento o desempeño de las funcionalidades.
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Las actualizaciones podrán modificar determinados aspectos técnicos del servicio dentro de los límite s permitidos por la legislación aplicable y las condiciones contractuales correspondientes.
TRIGÉSIMA. INTERPRETACIÓN RESTRICTIVA DE LAS
FUNCIONES DE SALUD
Las funcionalidades de monitoreo fisiológico deberán interpretarse estrictamente conforme a las car acterísticas técnicas expresamente ofrecidas para cada producto. No podrá presumirse que una funcionalidad permite realizar una medición, diagnóstico, tratamiento o evaluación que no haya sido expresamente informada y técnicamente sustentada por BEITECH.
TRIGÉSIMA PRIMERA. ACEPTACIÓN DEL USUARIO
Mediante la contratación o utilización de las funcionalidades comprendidas en este
Capítulo, el usuario declara conocer y aceptar que:
I. Las funcionalidades tienen carácter tecnológico e informativo.
II. No consti tuyen servicios médicos.
III. No sustituyen atención profesional.
IV. Los resultados pueden estar sujetos a limitaciones técnicas.
V. Las mediciones pueden presentar variaciones.
VI. Las alertas pueden generar falsos positivos o falsos negativos.
VII. La a usencia de una alerta no significa ausencia de riesgo.
VIII. La información obtenida no deberá utilizarse como único fundamento para tomar
decisiones médicas.
IX. El usuario deberá solicitar atención profesional cuando resulte necesario.
X. El tratamiento de la información estará sujeto al Aviso de Privacidad y a las
disposiciones aplicables.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. PREVALENCIA DE LA
LEGISLACIÓN APLICABLE
En caso de que alguna disposición del presente Capítulo sea considerada incompatible con una disposición le gal de carácter obligatorio, prevalecerá esta última, sin que ello afecte la validez de las demás disposiciones del Capítulo. Ninguna disposición deberá interpretarse como una renuncia anticipada de derechos irrenunciables reconocidos por la legislación ap licable.
TRIGÉSIMA TERCERA. VINCULACIÓN CON OTROS
CAPÍTULOS
El presente Capítulo forma parte integral de los Términos y Condiciones de BEITECH y deberá interpretarse conjuntamente con:
I. Capítulo II. Aviso de Privacidad.
II. Capítulo VI. Limitación de R esponsabilidad.
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III. Capítulo VII. Exclusión de Responsabilidad Médica.
IV. Capítulo VIII. Protección de Datos Biométricos y Datos Personales Sensibles.
V. Capítulo IX. Ciberseguridad y Uso Permitido.
VI. Capítulo XXIII. Monitoreo, Geolocalización, Audio, Video y Acceso Remoto.
VII. Capítulo XXIV. Servicios de Emergencia, Alertas y Respuesta de Terceros.
VIII. Capítulo XXI. Tratamiento de Niñas, Niños y Adolescentes.
Las disposiciones deberán interpretarse de manera sistemática y conforme a la legislación a plicable, evitando interpretaciones aisladas que alteren el alcance técnico o jurídico de las funcionalidades contratadas.
CAPÍTULO XXVI
USO RESPONSABLE DEL DISPOSITIVO Y
PROHIBICIÓN DE VIGILANCIA ILÍCITA
PRIMERA. OBJETO Y FINALIDAD
El presente Capítulo establece las reglas y condiciones aplicables al uso legítimo, responsable, seguro y autorizado de los dispositivos, aplicaciones, plataformas, sistemas, funcionalidades y servicios tecnológicos proporcionados por BEITECH. Su finalidad es establecer los l ímites de utilización de la tecnología proporcionada por BEITECH, particularmente respecto de las funcionalidades que puedan permitir:
I. Geolocalización.
II. Ubicación en tiempo real.
III. Historial de recorridos.
IV. Configuración de geocercas.
V. Comuni cación mediante llamadas.
VI. Videollamadas.
VII. Captura o transmisión de audio.
VIII. Captura o transmisión de video.
IX. Activación remota de cámara o micrófono, cuando dicha función se encuentre
disponible.
X. Botones SOS o de pánico.
XI. Alertas.
XII. Monitoreo de determinados parámetros.
XIII. Cualquier otra funcionalidad de monitoreo o acceso remoto incorporada al
producto contratado. El uso de dichas funcionalidades deberá realizarse exclusivamente para fines lícitos y de conformidad con la legislac ión aplicable, los presentes Términos y Condiciones y las demás políticas y documentos contractuales de BEITECH.
SEGUNDA. PRINCIPIO DE USO LEGÍTIMO
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EL USUARIO se obliga a utilizar los dispositivos, aplicaciones, plataformas y funcionalidades de BEITECH ex clusivamente para fines lícitos, legítimos y compatibles con la finalidad para la cual fueron diseñados y contratados. EL USUARIO será responsable de asegurarse de que el uso que realice de la tecnología no vulnere derechos de terceros, incluyendo, de mane ra enunciativa mas no limitativa:
a) Derecho a la privacidad.
b) Protección de datos personales.
c) Derecho a la propia imagen.
d) Derecho a la intimidad.
e) Confidencialidad de las comunicaciones.
f) Derechos de niñas, niños y adolescentes.
g) Derechos la borales.
h) Derechos de personas en situación de vulnerabilidad.
i) Cualquier otro derecho reconocido por la legislación aplicable.
TERCERA. LA ADQUISICIÓN DEL DISPOSITIVO NO
AUTORIZA LA VIGILANCIA DE TERCEROS
La adquisición, contratación o utilización de un dispositivo BEITECH no constituye, por sí misma, autorización para localizar, monitorear, escuchar, grabar, visualizar, fotografiar, seguir o vigilar a una persona distinta del usuario . Cuando el funcionamiento del dispositivo implique el tratamiento d e información correspondiente a terceros, el usuario será responsable de contar previamente con el consentimiento, autorización, facultad, representación, interés legítimo o cualquier otra base jurídica que legalmente corresponda, según la naturaleza del t ratamiento y las circunstancias particulares. BEITECH no otorga al usuario ninguna autorización adicional sobre los derechos de terceros por el simple hecho de proporcionar el dispositivo o la plataforma.
CUARTA. PROHIBICIÓN DE VIGILANCIA CLANDESTINA
O IL ÍCITA
Queda expresamente prohibido utilizar los dispositivos, aplicaciones o servicios de BEITECH para realizar vigilancia clandestina, espionaje, seguimiento no autorizado o cualquier otra actividad que implique la obtención ilegítima de información de un a persona. En particular, el usuario no podrá utilizar las funcionalidades de BEITECH para:
I. Vigilar clandestinamente a una persona.
II. Seguir los movimientos de una persona sin contar con la legitimación
correspondiente.
III. Escuchar conversaciones pr ivadas de terceros sin autorización o base jurídica
aplicable.
IV. Grabar audio de manera ilícita.
V. Capturar imágenes o video sin la autorización o legitimación correspondiente.
VI. Activar remotamente una cámara o micrófono con una finalidad ilícita.
VI I. Obtener información privada de terceros sin autorización.
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VIII. Vigilar a una pareja, cónyuge o expareja sin la legitimación correspondiente.
IX. Vigilar a trabajadores o colaboradores fuera de los supuestos legalmente permitidos.
X. Utilizar el disposi tivo para acosar, hostigar, intimidar o perseguir a una persona.
XI. Utilizar la tecnología para cometer, facilitar o encubrir una conducta ilícita.
XII. Cualquier otra conducta que vulnere derechos de terceros o contravenga la
legislación aplicable.
QUIN TA. MONITOREO DE PERSONAS
Cuando el dispositivo sea utilizado respecto de una persona distinta del titular de la cuenta, el usuario deberá determinar previamente si cuenta con las facultades jurídicas necesarias para realizar el monitoreo. La responsabilid ad de obtener, documentar y conservar, cuando corresponda, la autorización o consentimiento necesario será del usuario que decida implementar el monitoreo. BEITECH proporciona la herramienta tecnológica, pero no determina la legitimidad de cada relación pa rticular existente entre el usuario y la persona monitoreada . Lo anterior exime a BEITECH de las obligaciones que legalmente le correspondan como responsable o encargado del tratamiento de datos personales, según corresponda.
SEXTA. MONITOREO DE NIÑAS, NI ÑOS Y
ADOLESCENTES
Cuando un dispositivo sea destinado a una niña, niño o adolescente, su utilización deberá realizarse exclusivamente por personas legalmente facultadas para ello y atendiendo al interés superior de la niñez y a las disposiciones aplicable s en materia de protección de datos personales. El padre, madre, tutor o persona legalmente facultada será responsable de utilizar el dispositivo para finalidades legítimas de cuidado, comunicación, localización o protección, según corresponda. El uso de l as funcionalidades no podrá extenderse a finalidades incompatibles con la protección de los derechos del menor. Las disposiciones del presente artículo deberán interpretarse conjuntamente con el
Capítulo XXI. Tratamiento de Niñas, Niños y Adolescentes y el Capítulo VIII. Protección
de Datos Biométricos y Datos Personales Sensibles .
SÉPTIMA. MONITOREO DE ADULTOS MAYORES Y
PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD
Cuando el dispositivo sea utilizado respecto de personas adultas mayores o personas en situación de vulnerabilidad, su finalidad deberá estar relacionada con las funciones legítimamente contratadas, tales como comunicación, localización, generación de alertas o apoyo tecnológico. La utilización del dispositivo no implica que BEITECH asuma la custodia, cuidado personal, vigilancia física o responsabilidad directa sobre la persona monitoreada.
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El usuario deberá adoptar las medidas adicionales de cuidado que correspondan de acuerdo con las circunstancias particulares de la persona.
OCTAVA. USO RESPONSABL E DE LA
GEOLOCALIZACIÓN
Las funcionalidades de geolocalización deberán utilizarse exclusivamente para finalidades legítimas y autorizadas. El usuario no podrá utilizar la información de ubicación para:
a) Perseguir a terceros.
b) Hostigar.
c) Intimidar.
d) Amenazar.
e) Vigilar clandestinamente.
f) Obtener información sobre los movimientos privados de una persona sin
autorización.
g) Realizar actividades ilícitas.
h) Comercializar información de ubicación sin autorización.
i) Transferir información de ubicac ión a terceros no autorizados.
j) Cualquier otra finalidad contraria a la legislación aplicable.
NOVENA. USO RESPONSABLE DE AUDIO Y VIDEO
Cuando el dispositivo permita utilizar funciones de audio o video, el usuario será responsable de utilizarlas de mane ra lícita. La captación de audio, imágenes o video deberá realizarse respetando los derechos de las personas que puedan encontrarse dentro del área de captación. El usuario no deberá utilizar estas funcionalidades para obtener información privada, confiden cial o reservada de terceros cuando carezca de autorización o legitimación para ello.
DÉCIMA. ACTIVACIÓN REMOTA DE CÁMARA Y
MICRÓFONO
Cuando el producto contemple técnicamente la activación remota de cámara o micrófono, dicha función deberá utilizarse exc lusivamente para finalidades lícitas y autorizadas. Queda prohibido emplear dicha funcionalidad como mecanismo de espionaje, vigilancia clandestina, interceptación ilícita de comunicaciones o invasión de la privacidad de terceros. EL USUARIO reconoce que l a existencia de esta funcionalidad no implica que BEITECH autorice su utilización para fines distintos de aquellos legalmente permitidos.
DÉCIMA PRIMERA. PROHIBICIÓN DE
INTERCEPTACIÓN DE COMUNICACIONES
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Queda prohibido utilizar cualquier dispositivo, aplic ación o funcionalidad de BEITECH para interceptar, obtener, escuchar, grabar o divulgar comunicaciones privadas de terceros cuando dicha conducta carezca de la autorización o legitimación legal correspondiente. El usuario deberá abstenerse de utilizar los sistemas de BEITECH para acceder a comunicaciones ajenas o información respecto de la cual no tenga derecho legítimo de acceso.
DÉCIMA SEGUNDA. INFORMACIÓN DE TERCEROS
CAPTADA INCIDENTALMENTE
El usuario reconoce que determinadas funcionalidades, particula rmente las relacionadas con audio, video, ubicación y comunicación, pueden captar incidentalmente información correspondiente a personas distintas de aquella que porta el dispositivo. En tales casos, el usuario deberá adoptar las medidas razonables para ev itar:
I. La utilización indebida.
II. La divulgación no autorizada.
III. La transferencia indebida.
IV. La publicación.
V. La comercialización.
VI. La conservación innecesaria.
VII. Cualquier otro tratamiento contrario a la legislación aplicable.
DÉCIMA T ERCERA. USO EN EL ÁMBITO LABORAL
Cuando un dispositivo BEITECH sea utilizado respecto de trabajadores, colaboradores o prestadores de servicios, el usuario deberá asegurarse de que el monitoreo se encuentre jurídicamente justificado y sea proporcional a la finalidad perseguida. El usuario deberá cumplir, según corresponda, con las obligaciones aplicables en materia laboral, protección de datos personales, privacidad y demás disposiciones relacionadas. BEITECH no será responsable por la implementación de esq uemas de monitoreo laboral que sean diseñados o ejecutados directamente por el cliente de manera contraria a la legislación aplicable.
DÉCIMA CUARTA. PROHIBICIÓN DE USO COMO
MECANISMO DE CONTROL ABUSIVO
Los dispositivos y servicios de BEITECH no deberán u tilizarse como mecanismos de control, sometimiento, intimidación, persecución o violencia contra una persona. Se prohíbe utilizar las funcionalidades tecnológicas para facilitar conductas de:
a) Acoso.
b) Hostigamiento.
c) Intimidación.
d) Amenazas.
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e) Per secución.
f) Violencia.
g) Extorsión.
h) Chantaje.
i) Control abusivo.
j) Cualquier conducta ilícita.
DÉCIMA QUINTA. RESPONSABILIDAD SOBRE LAS
CREDENCIALES
El usuario será responsable de mantener bajo control sus credenciales de acceso a la aplicación, pl ataforma y demás servicios asociados. Queda prohibido:
I. Compartir contraseñas con personas no autorizadas.
II. Facilitar códigos de acceso a terceros.
III. Permitir accesos innecesarios.
IV. Utilizar cuentas pertenecientes a terceros.
V. Intentar acceder a cuentas ajenas.
VI. Permitir deliberadamente el acceso a personas no autorizadas.
Cuando el usuario detecte o sospeche un acceso no autorizado, deberá notificarlo a BEITECH y adoptar las medidas de seguridad correspondientes.
DÉCIMA SEXTA. PROHIBICIÓN DE MANIPULACIÓN DEL
DISPOSITIVO
El usuario no podrá alterar, modificar, desarmar, manipular o intervenir técnicamente el dispositivo con la finalidad de:
a) Evadir mecanismos de seguridad.
b) Alterar registros.
c) Obtener información no autorizada.
d) Acce der al código fuente.
e) Modificar firmware.
f) Alterar mecanismos de geolocalización.
g) Deshabilitar medidas de seguridad.
h) Obtener acceso no autorizado.
i) Interferir con el funcionamiento de la plataforma.
j) Facilitar actividades ilícitas.
DÉCIMA S ÉPTIMA. INGENIERÍA INVERSA Y ELUSIÓN
DE CONTROLES
Queda prohibido realizar ingeniería inversa, descompilar, desensamblar, modificar, adaptar, traducir, intentar obtener el código fuente o alterar el funcionamiento del software, firmware, aplicación, API o cualquier componente tecnológico de BEITECH, salvo en los casos expresamente permitidos por la legislación aplicable.
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Asimismo, queda prohibido intentar evadir, desactivar o vulnerar mecanismos de autenticación, seguridad, cifrado, control de acceso o prot ección tecnológica.
DÉCIMA OCTAVA. PROHIBICIÓN DE USO
FRAUDULENTO
EL USUARIO no podrá utilizar los dispositivos, aplicaciones o servicios de BEITECH para:
I. Suplantar identidades.
II. Generar alertas falsas deliberadamente.
III. Manipular información.
IV . Alterar registros.
V. Obtener beneficios económicos indebidos.
VI. Engañar a terceros.
VII. Ocultar actividades ilícitas.
VIII. Facilitar fraudes.
IX. Utilizar cuentas de terceros sin autorización.
X. Realizar cualquier otra conducta fraudulenta.
DÉCIMA NOVENA. USO DE INFORMACIÓN OBTENIDA
MEDIANTE EL DISPOSITIVO
La información obtenida mediante el uso de los dispositivos y servicios de BEITECH deberá utilizarse exclusivamente para finalidades legítimas. El usuario será responsable de cualquier divulgació n, publicación, transferencia, comercialización o utilización indebida de información obtenida mediante el servicio cuando dicha conducta sea atribuible a éste. BEITECH no autoriza al usuario a utilizar la información obtenida para finalidades distintas de aquellas permitidas por la legislación y los documentos contractuales aplicables.
VIGÉSIMA. RESPONSABILIDAD DEL USUARIO FRENTE
A TERCEROS
El usuario será responsable frente a terceros por el uso que realice de los dispositivos y funcionalidades cuando di cho uso sea contrario a la legislación aplicable o implique una vulneración de derechos. En consecuencia, el usuario deberá mantener indemne a BEITECH, en los términos establecidos en el Capítulo correspondiente de Indemnización a Favor de BEITECH , respect o de reclamaciones de terceros que deriven directamente de un uso ilícito, no autorizado o contrario a los presentes Términos y Condiciones que sea atribuible al usuario. Lo anterior no aplicará respecto de responsabilidades que legalmente correspondan a B EITECH por sus propios actos u omisiones.
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VIGÉSIMA PRIMERA. SUSPENSIÓN DEL SERVICIO POR
USO ILÍCITO
Cuando BEITECH tenga conocimiento o indicios razonables de que un dispositivo, cuenta, aplicación o servicio está siendo utilizado para actividades ilícita s, fraudulentas, abusivas o contrarias a los presentes Términos y Condiciones, podrá adoptar medidas proporcionales y legalmente procedentes. Entre ellas:
I. Solicitar información adicional.
II. Restringir determinadas funcionalidades.
III. Suspender tempo ralmente la cuenta.
IV. Suspender determinados dispositivos.
V. Revocar accesos.
VI. Cancelar la cuenta cuando legalmente proceda.
VII. Preservar registros y evidencia digital.
VIII. Adoptar medidas de seguridad.
IX. Informar a las autoridades competentes cuando exista obligación legal o resulte
jurídicamente procedente.
VIGÉSIMA SEGUNDA. CONSERVACIÓN DE EVIDENCIA
DIGITAL
Cuando exista una sospecha razonable de uso ilícito, fraude, acceso no autorizado, vulneración de seguridad o controversia relacionada c on el uso de los servicios, BEITECH podrá preservar los registros técnicos correspondientes, de conformidad con la legislación aplicable. Los registros podrán comprender, cuando resulte técnicamente posible y jurídicamente procedente:
a) Registros de acces o.
b) Fecha y hora.
c) Identificadores de cuenta.
d) Identificadores de dispositivo.
e) Direcciones IP.
f) Registros de autenticación.
g) Bitácoras de sistema.
h) Registros de alertas.
i) Registros de configuración.
j) Información técnica relacionada con e l incidente.
La conservación de evidencia se realizará conforme a las políticas de BEITECH y a las obligaciones legales aplicables.
VIGÉSIMA TERCERA. REPORTE DE USO INDEBIDO
BEITECH podrá establecer mecanismos para que los usuarios reporten accesos no aut orizados, uso indebido, vulnerabilidades o actividades que puedan comprometer la seguridad de la plataforma.
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Cuando un usuario tenga conocimiento de que su cuenta o dispositivo está siendo utilizado de manera no autorizada, deberá informar oportunamente a BEITECH y adoptar las medidas razonables para proteger sus credenciales.
VIGÉSIMA CUARTA. NO AUTORIZACIÓN DE
ACTIVIDADES ILÍCITAS
La existencia de una funcionalidad tecnológica no deberá interpretarse como autorización, recomendación o consentimiento de B EITECH para realizar una actividad que se encuentre prohibida por la legislación aplicable. BEITECH proporciona herramientas tecnológicas para finalidades legítimas y no autoriza su utilización para vulnerar derechos de terceros.
VIGÉSIMA QUINTA. RESPONSA BILIDAD POR EL USO
POSTERIOR DE LA INFORMACIÓN
Cuando el usuario obtenga legítimamente información mediante las funcionalidades proporcionadas por BEITECH y posteriormente decida compartirla, publicarla, transferirla o utilizarla para una finalidad distint a, será responsable de verificar que dicha actuación sea jurídicamente procedente. BEITECH no autoriza ni promueve la divulgación ilícita de información obtenida mediante sus servicios.
VIGÉSIMA SEXTA. PROPORCIONALIDAD DEL
MONITOREO
El usuario deberá proc urar que cualquier actividad de monitoreo se limite a la finalidad legítima para la cual fue implementada y que las funcionalidades utilizadas sean proporcionales a dicha finalidad. Particularmente, cuando el monitoreo pueda involucrar información de ubica ción, audio, video, salud, datos biométricos o información de menores, el usuario deberá extremar las medidas de protección y limitar el tratamiento a lo estrictamente necesario.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. PROTECCIÓN DE LA PRIVACIDAD
Las funcionalidades de BEITECH deberán utilizarse respetando los derechos de privacidad y protección de datos personales de las personas involucradas. El tratamiento de datos personales realizado mediante los servicios deberá sujetarse al
Capítulo II. Aviso de Privacidad , al Capítulo V III. Protección de Datos Biométricos y
Datos Personales Sensibles y demás disposiciones aplicables. Cuando el usuario realice directamente un tratamiento de datos personales mediante las herramientas proporcionadas por BEITECH, deberá observar las obligaci ones que legalmente le correspondan.
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VIGÉSIMA OCTAVA. PROHIBICIÓN DE ELUDIR LAS
MEDIDAS DE SEGURIDAD
Queda estrictamente prohibido intentar:
I. Evadir controles de acceso.
II. Vulnerar mecanismos de autenticación.
III. Interferir con servidores.
IV. Alter ar comunicaciones.
V. Manipular APIs.
VI. Obtener credenciales de terceros.
VII. Acceder a información no autorizada.
VIII. Desactivar mecanismos de seguridad.
IX. Introducir código malicioso.
X. Realizar ataques contra la infraestructura tecnológica.
XI. Cualquier conducta que comprometa la confidencialidad, integridad o
disponibilidad del servicio. Estas conductas estarán sujetas además a las disposiciones del Capítulo IX. Ciberseguridad y Uso Permitido .
VIGÉSIMA NOVENA. AUSENCIA DE RESPONSABILIDAD
POR U SO ILÍCITO ATRIBUIBLE AL USUARIO
BEITECH no será responsable por las consecuencias jurídicas, administrativas, civiles, laborales o de cualquier otra naturaleza que deriven exclusivamente del uso ilícito, indebido, no autorizado o contrario a los presentes Términos y Condiciones realizado por EL USUARIO o por personas a quienes éste haya permitido el acceso. Lo anterior no implica una exclusión de responsabilidades que legalmente correspondan a BEITECH por sus propios actos u omisiones.
TRIGÉSIMA. OBLIGACI ÓN DE COOPERACIÓN
Cuando exista un incidente relacionado con uso indebido, acceso no autorizado, fraude, vulneración de seguridad o posible afectación a terceros, EL USUARIO se obliga a proporcionar a BEITECH la información razonablemente necesaria para in vestigar el incidente, siempre dentro de los límites establecidos por la legislación aplicable. La cooperación podrá comprender información relacionada con:
I. Cuenta.
II. Dispositivo.
III. Fecha y hora del incidente.
IV. Personas autorizadas.
V. Accesos.
VI. Configuración.
VII. Comunicaciones con BEITECH.
VIII. Cualquier otro elemento técnicamente necesario para investigar el incidente.
TRIGÉSIMA PRIMERA. INTERPRETACIÓN CONJUNTA
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El presente Capítulo deberá interpretarse conjuntamente con:
I. Capítulo I. T érminos y Condiciones Generales.
II. Capítulo II. Aviso de Privacidad.
III. Capítulo IV. Licencia de Uso de la App (EULA).
IV. Capítulo V. Propiedad Intelectual.
V. Capítulo VI. Limitación de Responsabilidad.
VI. Capítulo VIII. Protección de Datos Biométri cos y Datos Personales Sensibles.
VII. Capítulo IX. Ciberseguridad y Uso Permitido.
VIII. Capítulo XXI. Tratamiento de Niñas, Niños y Adolescentes.
IX. Capítulo XXIII. Monitoreo, Geolocalización, Audio, Video y Acceso Remoto.
X. Capítulo XXIV. Servicios de Emergencia, Alertas y Respuesta de Terceros.
XI. Capítulo XXV. Información de Salud y Funciones de Monitoreo Fisiológico.
XII. Capítulo de Indemnización a Favor de BEITECH.
Las disposiciones deberán interpretarse de manera sistemática y conforme a la legi slación aplicable.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. ACEPTACIÓN DEL USUARIO
Mediante la contratación, activación o utilización de cualquier dispositivo, aplicación o funcionalidad de BEITECH, el usuario declara conocer y aceptar que:
a) La tecnología deberá utilizarse e xclusivamente para fines lícitos.
b) La adquisición del dispositivo no autoriza la vigilancia de terceros.
c) El usuario es responsable de contar con la legitimación necesaria para monitorear a
terceros.
d) Las funcionalidades de geolocalización, audio y v ideo deberán utilizarse respetando
la privacidad y los derechos de las personas.
e) Queda prohibido utilizar los servicios para espionaje, acoso, hostigamiento,
persecución o vigilancia ilícita.
f) El usuario será responsable del uso que realice de la info rmación obtenida mediante
el dispositivo.
g) El usuario deberá proteger sus credenciales y accesos.
h) BEITECH podrá adoptar medidas de seguridad y suspensión cuando exista un uso
ilícito o contrario a los presentes Términos y Condiciones.
i) El uso de la tecnología no exime al usuario del cumplimiento de las obligaciones
legales que le correspondan.
TRIGÉSIMA TERCERA. VIGENCIA DE LAS
OBLIGACIONES
Las obligaciones relacionadas con el uso lícito de la tecnología, protección de datos personales, confidencial idad, privacidad, prohibición de vigilancia ilícita y responsabilidad por el uso de la información subsistirán durante el tiempo que resulte necesario conforme a su naturaleza y a la legislación aplicable, incluso después de la terminación o cancelación de l servicio cuando corresponda.
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CAPÍTULO XXVII
DEPENDENCIA DE REDES, GPS,
INTERNET Y TERCEROS TECNOLÓGICOS
PRIMERA. OBJETO Y ALCANCE
El presente Capítulo establece las condiciones aplicables a la prestación de los servicios tecnológicos de BEITECH que depe ndan, total o parcialmente, de redes de telecomunicaciones, sistemas de posicionamiento global (GPS), Internet, servicios de conectividad, infraestructura tecnológica, plataformas de terceros, servicios de nube, operadores de telecomunicaciones, proveedore s de software, hardware o cualquier otro tercero tecnológico. El usuario reconoce que determinadas funcionalidades de los dispositivos, aplicaciones y plataformas de BEITECH requieren la participación de infraestructura y servicios que pueden encontrarse f uera del control directo de BEITECH. En consecuencia, la disponibilidad y funcionamiento de determinadas funcionalidades pueden verse afectados por circunstancias externas a BEITECH.
SEGUNDA. DEPENDENCIA TECNOLÓGICA
El usuario reconoce que determinados se rvicios proporcionados por BEITECH pueden depender de una combinación de:
I. Redes de telefonía móvil.
II. Redes de datos.
III. Internet.
IV. Sistemas de posicionamiento global (GPS) y tecnologías equivalentes.
V. Satélites y sistemas de geolocalización.
V I. Operadores de telecomunicaciones.
VII. Servicios de alojamiento y almacenamiento en la nube.
VIII. Servidores.
IX. Centros de datos.
X. Sistemas de mapas y cartografía digital.
XI. Servicios de mensajería y notificaciones.
XII. Servicios de autenticació n.
XIII. APIs y servicios de terceros.
XIV. Sistemas operativos.
XV. Tiendas de aplicaciones.
XVI. Proveedores de software.
XVII. Proveedores de hardware.
XVIII. Infraestructura de ciberseguridad.
XIX. Servicios de energía eléctrica.
XX. Cualquier otra inf raestructura tecnológica necesaria para la prestación del servicio.
La participación de dichos elementos no implica que BEITECH tenga control directo sobre su disponibilidad, continuidad, capacidad, velocidad, cobertura o funcionamiento.
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TERCERA. REDES DE TELECOMUNICACIONES
Las funcionalidades de los dispositivos que requieran comunicación mediante redes móviles estarán sujetas a la disponibilidad, cobertura, capacidad y funcionamiento de los operadores de telecomunicaciones correspondientes. BEITECH no ga rantiza que exista cobertura permanente en todas las zonas geográficas ni que la comunicación pueda establecerse en todo momento. La disponibilidad del servicio podrá verse afectada por:
a) Ausencia de cobertura.
b) Cobertura insuficiente.
c) Saturación de la red.
d) Interferencias.
e) Fallas del operador.
f) Mantenimiento de infraestructura.
g) Interrupciones del servicio.
h) Condiciones geográficas.
i) Condiciones climáticas.
j) Obstáculos físicos.
k) Restricciones técnicas.
l) Cambios en las tecnologías de telecomunicaciones.
m) Cualquier otra circunstancia ajena al control razonable de BEITECH.
CUARTA. CONECTIVIDAD A INTERNET
Cuando una funcionalidad requiera conexión a Internet, el usuario reconoce que su funcionamiento dependerá de la disponibilidad y calidad de la conexión utilizada. BEITECH no será responsable por interrupciones, lentitud, pérdida de paquetes, latencia, inestabilidad o falta de disponibilidad de Internet que sean atribuibles al proveedor de conectividad utilizado por el usuario o a c ircunstancias externas a
BEITECH.
La falta de conexión a Internet podrá impedir o limitar determinadas funcionalidades de la aplicación o plataforma.
QUINTA. SISTEMAS GPS Y GEOLOCALIZACIÓN
Cuando el servicio incluya funcionalidades de geolocalización, el usuario reconoce que la determinación de ubicación puede depender de sistemas GPS, redes móviles, Wi - Fi, servicios cartográficos u otras tecnologías de posicionamiento. La información de ubicación podrá presentar:
I. Variaciones.
II. Imprecisiones.
III. Re trasos.
IV. Pérdida temporal de señal.
V. Ausencia de señal.
VI. Errores de posicionamiento.
VII. Diferencias entre la ubicación real y la ubicación mostrada.
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VIII. Imposibilidad temporal de determinar la ubicación.
Lo anterior puede ocurrir debido a condi ciones ambientales, ubicación física del dispositivo, obstáculos, interiores, estructuras, condiciones atmosféricas, disponibilidad satelital, cobertura de red, características técnicas del dispositivo o cualquier otra circunstancia tecnológica. Por lo tan to, la información de geolocalización no deberá interpretarse como una determinación absolutamente exacta de la ubicación física de una persona o dispositivo .
SEXTA. LIMITACIONES EN LA GEOLOCALIZACIÓN
El usuario reconoce que determinados lugares pueden pr esentar condiciones que reduzcan la precisión o disponibilidad de los servicios de ubicación. Entre ellos se encuentran, de manera enunciativa:
a) Edificios.
b) Estacionamientos subterráneos.
c) Túneles.
d) Elevadores.
e) Estructuras metálicas.
f) Zonas mo ntañosas.
g) Áreas rurales.
h) Lugares con cobertura limitada.
i) Espacios cerrados.
j) Zonas con interferencia electromagnética.
k) Cualquier lugar donde exista una limitación física o tecnológica para la recepción de
señales. BEITECH no podrá garantizar una precisión uniforme de geolocalización en todas las circunstancias.
SÉPTIMA. PÉRDIDA TEMPORAL DE CONECTIVIDAD
Cuando el dispositivo pierda temporalmente conexión con las redes disponibles, determinadas funcionalidades podrán:
I. Dejar de transmitir inf ormación.
II. Presentar información retrasada.
III. Almacenar temporalmente información, cuando técnicamente sea posible.
IV. Reanudar la transmisión una vez restablecida la conectividad, cuando dicha función
se encuentre disponible.
V. No generar determin adas alertas durante el periodo de desconexión.
La forma en que cada dispositivo gestione la pérdida de conectividad dependerá de sus características técnicas específicas.
OCTAVA. TRANSMISIÓN RETRASADA DE
INFORMACIÓN
Cuando una funcionalidad dependa de co nectividad en tiempo real, la pérdida o degradación de la conexión podrá generar retrasos en la transmisión de información.
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En consecuencia, la hora en que una información sea visualizada por el usuario podrá no coincidir necesariamente con el momento exac to en que ocurrió el evento físico o se generó el dato. El usuario deberá considerar esta circunstancia al utilizar funcionalidades relacionadas con ubicación, alertas, monitoreo o comunicación.
NOVENA. SERVICIOS DE TERCEROS
BEITECH podrá utilizar servici os tecnológicos proporcionados por terceros para complementar, soportar o permitir determinadas funcionalidades de sus productos y servicios. Entre dichos terceros podrán encontrarse:
I. Operadores de telecomunicaciones.
II. Proveedores de infraestructura en la nube.
III. Proveedores de almacenamiento.
IV. Proveedores de servicios cartográficos.
V. Proveedores de sistemas de posicionamiento.
VI. Proveedores de servicios de mensajería.
VII. Proveedores de autenticación.
VIII. Proveedores de infraestructura t ecnológica.
IX. Proveedores de software.
X. Proveedores de sistemas operativos.
XI. Proveedores de servicios de seguridad.
XII. Otros proveedores tecnológicos necesarios para la operación del servicio.
La participación de terceros podrá estar sujeta a sus propias condiciones técnicas y operativas.
DÉCIMA. FALLAS DE TERCEROS TECNOLÓGICOS
BEITECH no será responsable por interrupciones, retrasos o fallas que sean atribuibles exclusivamente a un tercero tecnológico fuera de su control razonable, incluyendo fal las de operadores de telecomunicaciones, proveedores de Internet, servicios de nube, plataformas externas, servicios cartográficos, sistemas de posicionamiento o proveedores de infraestructura. Esta disposición no tendrá por objeto excluir las responsabili dades que legalmente correspondan a BEITECH por sus propios actos u omisiones.
DÉCIMA PRIMERA. SERVICIOS CARTOGRÁFICOS Y
MAPAS
Cuando BEITECH utilice servicios de mapas, cartografía o representación geográfica proporcionados por terceros, la información v isualizada podrá depender de la actualización, disponibilidad y precisión de dichos servicios. BEITECH no garantiza que la representación cartográfica:
a) Se encuentre permanentemente actualizada.
b) Refleje modificaciones recientes de calles o caminos.
c) Identifique todos los lugares existentes.
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d) Represente con absoluta precisión las condiciones físicas del terreno.
e) Muestre correctamente restricciones temporales o permanentes.
f) Sea idéntica a la realidad física en todo momento.
DÉCIMA SEGUNDA. ACT UALIZACIONES DE SOFTWARE
Y FIRMWARE
BEITECH podrá proporcionar actualizaciones de software, firmware, aplicación o sistemas destinados a mejorar la seguridad, estabilidad, compatibilidad o funcionamiento del servicio. Las actualizaciones podrán requerir co nectividad a Internet, energía suficiente, espacio de almacenamiento o determinadas condiciones técnicas. El usuario reconoce que la falta de instalación de actualizaciones necesarias podrá afectar determinadas funcionalidades del dispositivo o aplicación.
DÉCIMA TERCERA. BATERÍA Y SUMINISTRO
ELÉCTRICO
Determinadas funcionalidades dependerán de la disponibilidad de energía eléctrica o de la batería del dispositivo. Cuando la batería se encuentre agotada o el dispositivo no reciba suministro eléctrico sufic iente, podrán dejar de funcionar temporalmente determinadas funciones, incluyendo, según corresponda:
I. Geolocalización.
II. Transmisión de información.
III. Alertas.
IV. Comunicación.
V. Monitoreo.
VI. Funciones de emergencia.
El usuario será responsable de mantener el dispositivo adecuadamente cargado cuando ello sea necesario para su funcionamiento.
DÉCIMA CUARTA. RESPONSABILIDAD DEL USUARIO
SOBRE LA CONECTIVIDAD
Cuando la prestación de una funcionalidad dependa de una conexión contratada directamente por el usuario, éste será responsable de mantener vigente y funcional dicha conexión. El usuario deberá contar, cuando sea necesario, con:
I. Acceso a Internet.
II. Cobertura de red.
III. Dispositivo compatible.
IV. Sistema operativo compatible.
V. Batería suficiente.
VI. Aplicación actualizada.
VII. Credenciales válidas.
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VIII. Cualquier otro requisito técnico informado por BEITECH.
DÉCIMA QUINTA. AUSENCIA DE GARANTÍA DE
DISPONIBILIDAD CONTINUA
BEITECH no garantiza que todas las funcionalidades estarán dis ponibles de manera:
a) Permanente.
b) Ininterrumpida.
c) Instantánea.
d) Sin errores.
e) Con cobertura universal.
f) Con precisión absoluta.
La disponibilidad estará condicionada por las características técnicas del servicio y por aquellos elementos tecnol ógicos externos necesarios para su funcionamiento. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las garantías y obligaciones que legalmente correspondan a BEITECH.
DÉCIMA SEXTA. SERVICIOS DE EMERGENCIA
El usuario reconoce expresamente que las funcionalidades de BEITECH relacionadas con alertas, ubicación, comunicación o eventos de emergencia no deberán considerarse un sustituto de los servicios públicos de emergencia . Cuando exista una emergencia real, el usuario deberá utilizar los mecanismos oficiales de ate nción correspondientes. BEITECH no garantiza que una alerta sea recibida, transmitida o atendida instantáneamente cuando existan fallas de conectividad, infraestructura, terceros tecnológicos u otras circunstancias externas. El presente artículo deberá int erpretarse conjuntamente con el Capítulo XXIV. Servicios de Emergencia, Alertas y Respuesta de Terceros .
DÉCIMA SÉPTIMA. NO GARANTÍA DE LOCALIZACIÓN
EN TIEMPO REAL
Cuando el servicio se comercialice con funcionalidades de localización, la expresión “tiemp o real” deberá entenderse conforme a las capacidades técnicas del producto y a la disponibilidad de las redes, GPS, Internet y demás infraestructura necesaria. No deberá interpretarse como una garantía de transmisión instantánea, continua o permanente de l a ubicación.
DÉCIMA OCTAVA. ALMACENAMIENTO TEMPORAL Y
SINCRONIZACIÓN
Cuando técnicamente se encuentre disponible, determinados dispositivos podrán almacenar temporalmente información durante periodos de falta de conectividad y transmitirla posteriormente cuando se restablezca la conexión.
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La existencia, duración y capacidad de dicho almacenamiento dependerá de las características específicas del dispositivo. BEITECH no garantiza que todos los dispositivos cuenten con esta funcionalidad.
DÉCIMA NOVENA. LIM ITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
POR SERVICIOS EXTERNOS
Salvo que legalmente se establezca lo contrario, BEITECH no será responsable por daños, pérdidas, retrasos o interrupciones que deriven exclusivamente de:
I. Fallas de Internet.
II. Fallas de redes móviles.
III. Falta de cobertura.
IV. Fallas de GPS o sistemas de posicionamiento.
V. Fallas de proveedores tecnológicos.
VI. Fallas de servicios de nube.
VII. Fallas de servicios cartográficos.
VIII. Fallas de sistemas operativos.
IX. Fallas de plataformas de ter ceros.
X. Interrupciones de suministro eléctrico.
XI. Mantenimiento realizado por terceros.
XII. Cambios tecnológicos de terceros.
XIII. Interrupciones de servicios externos.
XIV. Cualquier otro evento que se encuentre fuera del control razonable de BEITEC H.
Esta limitación no será aplicable cuando la legislación establezca una responsabilidad que no pueda ser válidamente excluida o limitada.
VIGÉSIMA. DEBER DE MITIGACIÓN
Cuando el usuario detecte una interrupción o anomalía, deberá adoptar medidas razonab les para reducir sus posibles consecuencias. Dependiendo de la naturaleza del servicio, dichas medidas podrán incluir:
a) Verificar la conectividad.
b) Verificar la batería.
c) Reiniciar el dispositivo.
d) Verificar la configuración.
e) Actualizar la aplic ación.
f) Verificar la cobertura.
g) Contactar al proveedor de Internet o telecomunicaciones.
h) Contactar al soporte técnico de BEITECH.
i) Utilizar medios alternativos de comunicación o emergencia cuando corresponda.
VIGÉSIMA . ACEPTACIÓN DEL USUARIO
Me diante la contratación o utilización de los servicios de BEITECH, el usuario declara conocer y aceptar que:
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I. Determinadas funcionalidades dependen de redes, Internet, GPS y terceros
tecnológicos.
II. La disponibilidad de dichos servicios no depende exclu sivamente de BEITECH.
III. La geolocalización puede presentar variaciones o imprecisiones.
IV. La pérdida de conectividad puede generar retrasos o interrupciones.
V. Los servicios de emergencia no deberán depender exclusivamente del dispositivo.
VI. El usu ario deberá mantener las condiciones técnicas necesarias para el
funcionamiento del servicio.
VII. BEITECH no garantiza disponibilidad absoluta e ininterrumpida de las
funcionalidades.
VIII. Las limitaciones derivadas exclusivamente de terceros tecnológico s serán tratadas
conforme a las disposiciones de este Capítulo.
IX. Las disposiciones anteriores se aplicarán sin perjuicio de los derechos y garantías
que correspondan al usuario conforme a la legislación aplicable.